Narodne novine · 16 Oct 2026 · 3 vistas
El Gobierno ha modificado el Reglamento sobre los pasos fronterizos y ha reorganizado las listas para el tráfico internacional
Por FactBox Admin

El Gobierno de la República de Croacia ha modificado el Reglamento sobre los pasos fronterizos y ha reestructurado íntegramente las listas de pasos fronterizos permanentes para el tráfico internacional de pasajeros y mercancías, para el tráfico internacional de pasajeros y para el tráfico fronterizo. El Reglamento de modificación del Reglamento sobre los pasos fronterizos de la República de Croacia fue publicado en el Narodne novine n.º 118/2026 del 16 de octubre de 2026, bajo el número de documento 1405. Fue aprobado por el gabinete del presidente del Gobierno, el Sr. sc. Andrej Plenković, en la sesión celebrada el 14 de octubre de 2026.
La base legal para la modificación es el artículo 9, párrafo 2, de la Ley de Control de la Frontera Estatal (»Narodne novine«, n.º 83/13., 27/16., 114/22., 151/22. y 13/26.). El nuevo reglamento modifica los artículos 6, 8 y 9 del Reglamento sobre los pasos fronterizos de la República de Croacia vigente (»Narodne novine«, n.º 79/13., 38/20., 68/20., 88/22. y 1/23.), sustituyendo cada uno de dichos artículos por un texto nuevo e íntegro. Se trata, por tanto, de una reorganización completa de las tres listas y no de adiciones individuales.
El reglamento entra en vigor al octavo día siguiente a su publicación en el »Narodne novine«, lo que significa que el nuevo régimen fronterizo se aplica a partir del 24 de octubre de 2026.
Dieciséis pasos para pasajeros y mercancías
El primer artículo del Reglamento sustituye el artículo 6 del reglamento matriz, que ahora reza: »Los pasos fronterizos permanentes para el tráfico internacional de pasajeros y mercancías en el transporte por carretera son:«
- Gunja
- Županja
- Slavonski Šamac
- Svilaj
- Slavonski Brod
- Gornji Varoš
- Jasenovac
- Maljevac
- Ličko Petrovo Selo
- Strmica
- Kamensko
- Vinjani Gornji
- Vinjani Donji
- Klek
- Zaton Doli
- Gornji Brgat
Esta es la lista más importante para el tráfico de carga: solo en estos pasos se permite el tráfico internacional de mercancías por carretera. La lista cubre los pasos hacia Bosnia y Herzegovina, desde las rutas de Eslavonia y Posavina (Gunja, Županja, Slavonski Šamac, Svilaj, Slavonski Brod, Gornji Varoš, Jasenovac, Maljevac), pasando por las de Lika y Dalmacia (Ličko Petrovo Selo, Strmica, Kamensko, Vinjani Gornji, Vinjani Donji), hasta el corredor de Neum (Klek, Zaton Doli), además de Gornji Brgat hacia Montenegro.
Dieciocho pasos solo para pasajeros
El segundo artículo sustituye el artículo 8, que regula los pasos fronterizos permanentes para el tráfico internacional de pasajeros en el transporte por carretera, sin tráfico de mercancías:
- Hrvatska Dubica
- Hrvatska Kostajnica
- Dvor
- Bogovolja
- Užljebić
- Bili Brig
- Aržano
- Aržano Pazar
- Dvorine
- Orah
- Slivno
- Mali Prolog
- Prud
- Gabela Polje
- Metković
- Imotica
- Čepikuće
- Slano
Se trata de pasos por los que los pasajeros pueden cruzar la frontera, pero los vehículos de carga no pueden hacerlo en el tráfico internacional. Para la población local que vive junto a la frontera, estos pasos son a menudo la única ruta diaria hacia el estado vecino.
Once pasos para el tráfico fronterizo
El tercer artículo modifica el artículo 9 y establece los pasos fronterizos permanentes para el tráfico fronterizo, destinados al cruce de personas con residencia en la zona fronteriza:
- Gejkovac
- Pašin Potok
- Kordunski Ljeskovac
- Lička Kaldrma
- Cera
- Jovića Most
- Sebišina
- Podprolog
- Unka
- Vukov Klanac
- Osojnik
Estos pasos tienen el régimen de uso más restringido y, en la práctica, sirven para flujos de población pequeños, estacionales y agrícolas de los municipios fronterizos.
Qué significa esto para los transportistas y los pasajeros
Para los transportistas, la primera lista es fundamental: cada camión de carga en el tráfico internacional debe utilizar exclusivamente uno de los dieciséis pasos mencionados, por lo que la distribución de estos puntos determina directamente las rutas, los tiempos de espera y los costes de transporte. Para los pasajeros, es importante la división entre dieciocho pasos para el tráfico internacional de pasajeros y once pasos para el tráfico fronterizo, ya que en ellos se aplican reglas diferentes sobre quién tiene acceso al paso. Para los municipios junto a la frontera, el cambio en las listas también significa una posible redirección del tráfico local hacia otro paso.
El decreto no contiene disposiciones transitorias ni plazos de adecuación, sino únicamente la disposición sobre su entrada en vigor al octavo día de su publicación. Esto significa que a partir del 24 de octubre de 2026 se aplicarán exclusivamente las nuevas listas, sin periodo de adaptación para los transportistas, pasajeros y los organismos que gestionan los pasos fronterizos.
Documento original: Narodne novine, boletín oficial de la República de Croacia, año CLXXXVIII, número 118, Zagreb, 16 de octubre de 2026, documento 1405 – Decreto sobre las modificaciones del Decreto sobre los pasos fronterizos de la República de Croacia. Clase: 022-03/26-03/65; Núm. de registro: 50301-04/32-26-7; Zagreb, 14 de octubre de 2026; firmado por el presidente del Gobierno de la República de Croacia mr. sc. Andrej Plenković, v. r.