BOP de A Coruña · 30 Sep 2026 · 26 vistas
Teo reduce al 8,10 % la reserva de suelo para vivienda protegida
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Teo reduce la reserva total de suelo para vivienda protegida del municipio del 20 % y del 30 % al 8,10 %. El acuerdo lo adoptó el Pleno de la Corporación en la sesión ordinaria del 27 de mayo de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña número 187, del 30 de septiembre de 2026, bajo el número de anuncio 2026/6283. La modificación afecta al Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) vigente en el ayuntamiento.
Una bajada avalada por la Xunta
La decisión plenaria sustituye los dos porcentajes que el PGOM fijaba para la reserva de suelo destinado a vivienda protegida —el 20 % y el 30 %— por un único 8,10 %. El cambio se apoya en la Resolución del Instituto Galego da Vivenda e do Solo del 25 de marzo de 2025, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 69, del 9 de abril de 2025.
El PGOM de Teo establecía dos porcentajes distintos de reserva de suelo para vivienda protegida, del 20 % y del 30 %, que ahora quedan sin efecto y son sustituidos por el 8,10 % aprobado por el Pleno. El anuncio encabezado como modificación del porcentaje de reserva del suelo para vivienda pública se refiere en su texto a la vivienda protegida, la figura a la que se vincula esa reserva.
El acuerdo se tramitó conforme al artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG) y al artículo 199 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada ley (RLSG). La norma autonómica permite ajustar la reserva municipal a la resolución del organismo autonómico de vivienda.
Publicación, registro y entrada en vigor
El acuerdo plenario se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 119, del 29 de junio de 2026. Posteriormente, y de acuerdo con los artículos 88 de la LSG y 209 del RLSG, la modificación del PGOM se inscribió en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia el 22 de septiembre de 2026, con los siguientes datos:
- Sección II, Libro I, Tomo VI.
- Hoja registral número 12.
- Número de registro ROTPG/P/73/2026.
La publicación en el BOP da cumplimiento a los artículos 82.3 y 88.4 de la LSG, a los artículos 199.3 y 215 del RLSG y a los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. La modificación entrará en vigor una vez transcurridos 15 días hábiles desde la publicación en el boletín provincial.
Expediente, recursos y acceso público
El acuerdo plenario aprobando la modificación del PGOM está disponible en el departamento de urbanismo del Ayuntamiento de Teo y, en formato digital, en la sede electrónica municipal. El anuncio lleva la fecha de Teo, 24 de septiembre de 2026, y está firmado por la alcaldesa Lucía Calvo de la Uz.
Contra el acuerdo de aprobación, que pone fin a la vía administrativa y modifica una disposición de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. El plazo es de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, conforme a los artículos 84.1 de la LSG, 201.1 del RLSG, 112.3 de la LPACAP y artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.
La reducción de la reserva de suelo protegido altera el marco en el que operan promotores y propietarios de suelo en Teo y condiciona la política municipal de vivienda: menos suelo obligado a vivienda protegida implica menor capacidad de generar vivienda asequible por vía urbanística, mientras el ayuntamiento queda vinculado al límite del 8,10 % fijado por la Xunta.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de la Coruña, número 187, del 30 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 1 (referencia oficial: 2026/6283).