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BOP de Ourense · 26 Oct 2026 · 2 vistas

Taboadela aprueba definitivamente el reglamento del coworking Lama de Prado

Por FactBox Admin

Taboadela aproba definitivamente o regulamento do coworking Lama de Prado

El Ayuntamiento de Taboadela aprobó definitivamente el Reglamento de uso y el régimen interno del espacio comunitario (coworking) Lama de Prado, un acuerdo del Pleno del 27 de julio de 2026 que se publica íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 26 de octubre de 2026, en la sección IV. Entidades Locales (referencia oficial: 352876). Al no presentarse reclamaciones durante el plazo de exposición pública, el acuerdo plenario inicial quedó elevado automáticamente a definitivo, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Un servicio municipal sin personalidad jurídica propia

El texto aprobado establece que el espacio comunitario no tiene personalidad jurídica propia, sino que forma parte de los servicios ofrecidos por el Ayuntamiento de Taboadela, que es el titular para todos los efectos. La norma presenta el coworking como una estructura de acogida temporal diseñada para situar empresas en sus primeros pasos en el mercado, con una gestión sin ánimo de lucro que facilite el desarrollo inicial de iniciativas de interés local.

Los objetivos declarados son fijar los derechos, obligaciones y responsabilidades de los cesionarios y ocupantes, organizar la administración del espacio para su mantenimiento y conservación, controlar las relaciones de vecindad y regular las consecuencias del incumplimiento de las normas internas. El reglamento se entiende siempre sin perjuicio de las condiciones acordadas en cada contrato de cesión, que prevalecerán en caso de interpretación contradictoria.

Un aula de 43 metros cuadrados en la antigua escuela

El espacio se sitúa en la planta derecha de la antigua escuela de Lama de Prado, con una superficie construida de 43 metros cuadrados, con zonas comunes y espacios de uso privativo. Cada módulo está equipado con:

  • Armario de oficina
  • Silla de trabajo
  • Papelera
  • Ordenador

La administración corresponde a un órgano de seguimiento, cuyas decisiones obligan a todos los cesionarios previa notificación del Ayuntamiento, y a una persona coordinadora o directora nombrada por el propio Ayuntamiento, facultada para la organización y administración del centro.

Horario, llaves y normas de convivencia

El centro funciona los doce meses del año, de lunes a viernes, de 8.30 a 14.30 horas, respetando los festivos estatales, nacionales y locales. Podrá usarse también en horario de tarde hasta las 20.00 horas, con una condición: la puerta exterior deberá permanecer cerrada con llave y deberá registrarse en un libro la entrada y salida de los miembros de las empresas cesionarias.

Cada empresa tendrá derecho a una copia de las llaves de las puertas exteriores, con prohibición estricta de hacer nuevas copias y obligación de devolución al finalizar el contrato. El Ayuntamiento se reserva el derecho de denegar la admisión de personas cuya presencia pueda considerarse perjudicial para la seguridad, reputación e intereses del espacio, y quien acceda deberá identificarse y justificar su presencia.

Entre las prohibiciones figuran usar el espacio como vivienda, realizar obras o modificaciones —incluso de los elementos móviles delimitadores—, colocar rótulos no aprobados en las fachadas y zonas comunes, distribuir propaganda fuera de las superficies cedidas y perturbar el ambiente con ruidos, vibraciones u olores.

Cuota de 50 euros al mes y fianza de 100 euros

El régimen económico fija una cuota mensual de 50,00 euros para las personas usuarias que cumplan los criterios del reglamento y de las bases de funcionamiento, destinada a sufragar los gastos corrientes. En el momento del acceso, y una vez firmado el contrato, deberán desembolsarse dos cuotas mensuales por adelantado, 100,00 euros, en concepto de fianza.

Las personas cesionarias deberán iniciar la actividad empresarial en los tres meses siguientes a la concesión del aprovechamiento del local, plazo en el que tendrán que instar las licencias, declaraciones responsables o comunicaciones previas necesarias. La toma de posesión del espacio se hará en un máximo de 5 días desde la firma, y a la finalización del contrato deberán dejarlo libre y expedito en 72 horas.

Vigencia y recurso

El reglamento entrará en vigor el día siguiente de la publicación de su aprobación definitiva en el boletín provincial. Contra el acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en el plazo de dos meses, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

La norma llega con una vocación de adaptación continua: el Ayuntamiento podrá modificarla cuando sea necesario, dado el carácter singular del proyecto. Para los emprendedores de Taboadela, el reglamento convierte el coworking de Lama de Prado en un servicio municipal regulado, con un coste bajo y unas reglas claras de uso, lo que reduce la incertidumbre de los primeros meses de actividad y fija por escrito las responsabilidades de cada parte.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, 26 de octubre de 2026, sección IV. Entidades Locais (referencia oficial: 352876).