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Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 27 Oct 2026 · 2 vistas

Sant Adrià aprueba el plan de la parcela E y suspende licencias

Por FactBox Admin

Sant Adrià aprova el pla de la parcel·la E i suspèn llicències

El Ayuntamiento de Sant Adrià de Besòs ha aprobado inicialmente el Plan especial urbanístico de concreción de la ordenación y de los usos de la parcela E, situada en el sector La Catalana, y ha suspendido durante un año la concesión y la tramitación de licencias y comunicaciones previas en el ámbito. La decisión la adoptó la alcaldesa mediante Decreto del 15 de octubre de 2026, y se publica en la edición del 27 de octubre de 2026 del Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (CVE 202610156603), que firma el regidor delegado de Territorio Sostenible, Medio Ambiente y Bienestar Animal, José Antonio Gras Iñigo.

La planificación se somete ahora a información pública por un plazo de un mes, mediante edicto en el boletín, publicación en uno de los diarios de prensa periódica de mayor divulgación en el ámbito municipal, en el tablón de anuncios y en la web municipal. El expediente número 8062/2026 se puede examinar en la web del Ayuntamiento y queda a disposición de cualquier persona interesada en el Servicio de Territorio, en la cuarta planta del edificio consistorial, de lunes a viernes de 9 de la mañana hasta la 1 de la tarde. El decreto también encarga un informe a los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales.

Un equipamiento público en un barrio que ha triplicado la población

La parcela E es una finca de titularidad pública de 17.519,84 m², con referencia catastral 5460102DF3856A0001DT, que el Ayuntamiento obtuvo por cesión gratuita como consecuencia del Proyecto de Reparcelación del Sector La Catalana, aprobado definitivamente por el Consorcio del Besòs el 21 de abril de 2006. Está calificada como suelo urbano consolidado con la clave 7.b, sistema de equipamientos comunitarios de reserva de nueva creación y ámbito local, y actualmente se encuentra libre de edificaciones, con la urbanización del entorno completada.

La justificación del plan es demográfica: según datos de la Sección de Estadística y Padrón del Ayuntamiento, el barrio de La Catalana ha pasado de 721 habitantes en el año 2014 a 2.569 habitantes en el año 2024, de manera que ha multiplicado 3,5 veces su población en diez años. El consistorio quiere los terrenos disponibles para implantar en ellos nuevos equipamientos que cubran las necesidades de un barrio de nueva creación que no dispone de equipamientos cercanos. La promoción es de iniciativa pública y la redacción del documento corresponde a Núria Oliver - Fabiana Palmero, arquitectas.

Suspensión de un año de licencias y comunicaciones previas

El cuarto punto del decreto suspende la concesión y la tramitación de:

  • Licencias y comunicaciones previas de edificación, reforma, rehabilitación o derribo vinculadas a la implantación de nuevas actividades en la parcela E.
  • Licencias de cambio de uso de edificios e instalaciones cuando las nuevas actividades se establezcan en una edificación preexistente destinada a usos diferentes.
  • Cualquier procedimiento de intervención municipal de actividad, incluida la comunicación previa, y otras autorizaciones conexas previstas por la legislación sectorial.

El ámbito queda identificado en el plano de delimitación incluido en el expediente número 2026/784, que se puede consultar en la web municipal y en el Servicio de Territorio de acuerdo con el artículo 102 del Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de urbanismo. Los efectos de la suspensión durarán un año a partir de la fecha de publicación en el boletín.

Altura de 16 metros, ocupación del 40 por ciento y cota mínima contra las inundaciones

La normativa del plan fija las condiciones de ordenación y edificación del equipamiento:

  • Tipo de ordenación: edificación aislada alineada a vial.
  • Altura reguladora máxima de 16 metros, ampliable hasta 17 metros cuando lo justifiquen las características y finalidades del equipamiento.
  • Longitud máxima de 55 metros de la edificación alineada a la calle del Pessebre Vivent y ocupación máxima del 40 por ciento.
  • Separaciones mínimas de 6 metros entre edificios en plantas B+1 y B+2, y de 10 metros en B+3 y B+4; 4 y 8 metros respecto a los límites de parcela.
  • Planta baja situada por encima de la cota 7,80 y un mínimo de B+1, con accesos y ventilaciones de aparcamiento por encima de esta cota.

En cuanto a los usos, se admiten los previstos en el artículo 212 del Plan General Metropolitano para los equipamientos comunitarios, con dos excepciones: el uso de transporte solo se permite en las plantas bajo rasante, y no se admiten los usos de abastecimiento, servicios ambientales, funerario y cementerio. Sí que se permiten las actividades y servicios públicos vinculados, gestionados directamente o en régimen de concesión administrativa. El plan incorpora un Estudio de inundabilidad firmado por Miguel Ángel Gago Lara que concluye que, con las medidas adoptadas, se elimina completamente el riesgo para una avenida de 500 años de periodo de retorno y la afección a terceros se mantiene por debajo de los 10 centímetros.

Impacto para el barrio

La tramitación abre un mes de consulta y alegaciones que decidirá el futuro de los equipamientos de La Catalana, uno de los sectores de crecimiento más intensos de Sant Adrià de Besòs, mientras la suspensión congela durante un año cualquier nuevo uso o actividad en la parcela. El documento también llega con el aval de un estudio de inundabilidad que, según el consistorio, permite edificar en un área parcialmente incluida en zona de policía y zona inundable para un periodo de retorno de 500 años.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, núm. de 27 de octubre de 2026, Administración local, pág. 1-8 (referencia oficial: CVE 202610156603).