BOP de Ourense · 28 Oct 2026 · 3 vistas
Parada de Sil: ayuda de 3.000 euros para reformar pisos de alquiler
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Parada de Sil dio aprobación definitiva a la ordenanza que subvenciona la rehabilitación de viviendas del municipio siempre que se destinen al alquiler habitual y permanente durante un mínimo de tres años. La norma cubre hasta el 80% de la inversión, con un tope de 3.000 euros por vivienda, y se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 28 de octubre de 2026, en la sección IV (Entidades Locales), con la referencia oficial R. 2.565. El texto entra en vigor el día siguiente a su publicación y servirá de base para las convocatorias anuales de ayudas.
La aprobación inicial la acordó el Pleno del ayuntamiento en la sesión ordinaria del 31 de julio de 2025. El anuncio de exposición pública de la aprobación inicial se publicó el 10 de agosto de 2026 en el boletín provincial. Transcurrido el plazo de exposición pública sin reclamaciones ni alegaciones, el acuerdo se eleva a definitivo conforme al artículo 17.4 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La exposición de motivos de la ordenanza justifica la medida en la necesidad de reactivar el parque de viviendas, combatir la despoblación y facilitar la llegada de nuevas familias, promoviendo la inversión en accesibilidad, eficiencia energética y habitabilidad para poner pisos en el mercado «a un precio accesible». La dotación anual la aprobará el propio ayuntamiento y el número de viviendas financiadas dependerá del crédito presupuestario disponible hasta agotarlo. El anuncio va firmado por el alcalde, Aquilino Domínguez Díaz.
Qué obras se pueden subvencionar
La ordenanza detalla las intervenciones admisibles en cualquier vivienda del término municipal:
- Reforma de baños y cocinas.
- Instalación o mejora del sistema de calefacción.
- Mejora de la accesibilidad, con puertas nuevas o baños adaptados.
- Aislamiento térmico, sustitución de ventanas e iluminación LED.
- Cualquier trabajo menor necesario para mejorar la habitabilidad.
La cuantía máxima es del 80% de la inversión subvencionable, con un límite de 3.000 euros por vivienda. Quedan fuera las actuaciones que ya estén finalizadas antes de la presentación de la solicitud.
Concurrencia competitiva y requisitos
La concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, con criterios de impacto social, eficiencia energética y antigüedad de la vivienda, entre otros. La convocatoria fijará plazos, documentación y criterios de valoración; entre los documentos exigidos figuran la referencia catastral, presupuestos, fotografías y el compromiso de alquiler.
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas propietarias de viviendas en el municipio que cumplan estas condiciones:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la agencia estatal, autonómica y local, así como con la Seguridad Social.
- No tener la vivienda en régimen de alquiler en el momento de la solicitud.
- Comprometerse a destinar el inmueble a alquiler habitual y permanente durante al menos tres años.
Plazos, obligaciones y control
Las personas beneficiarias deberán ejecutar las obras en un plazo máximo de 12 meses, alquilar la vivienda en los seis meses siguientes a la finalización de los trabajos y mantenerla en alquiler habitual durante tres años desde ese momento. También están obligadas a informar al ayuntamiento de cualquier cambio o modificación. El incumplimiento de estas obligaciones implica la revocación de la ayuda y la apertura de un expediente para el reintegro total o parcial del dinero.
Las ayudas son compatibles con otras subvenciones públicas o privadas, siempre que la suma no supere el coste real de la rehabilitación o reforma.
La ordenanza llega a un municipio de montaña de la Ribeira Sacra especialmente expuesto a la pérdida de población y con un parque de viviendas envejecido y parcialmente vacío. El incentivo puede impulsar la rehabilitación de pisos cerrados y ampliar la oferta de alquiler para quien quiera fijar su residencia en la localidad, aunque su alcance real dependerá del crédito que el ayuntamiento consigne cada año en las convocatorias.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, 28 de octubre de 2026, sección IV. Entidades Locales (referencia oficial: R. 2.565).