FactBox.

BOP de Ourense · 27 Oct 2026 · 3 vistas

El pago de 700 euros en el transporte por carretera será proporcional a la jornada

Por FactBox Admin

Paga de 700 euros no transporte por estrada será proporcional á xornada

La Comisión Paritaria del convenio colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Ourense acordó por unanimidad que el pago único de 700 euros previsto para el año 2025 se abone de forma proporcional a la jornada trabajada, de modo que solo percibirán la cuantía íntegra quienes trabajen todo el año a jornada completa. El acuerdo se suscribió el 30 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 27 de octubre de 2026, en la sección III (Comunidad Autónoma), por resolución de la Dirección Territorial de la Consellería de Empleo, Comercio e Emigración de la Xunta de Galicia.

Inscripción, depósito y publicación oficial

La Dirección Territorial resolvió ordenar la inscripción y depósito del texto en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como la notificación a la representación empresarial y social de la comisión negociadora y su publicación en el boletín provincial. La resolución, con fecha del 6 de octubre de 2026, está firmada por la directora territorial, Marta Vázquez Guzmán, y se tramita bajo el expediente 32/01/0040/2026 y el código de convenio 32000315011984.

La base legal invocada es el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, junto con el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios; el Real decreto 2412/82, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones en materia de trabajo; y los decretos autonómicos 42/2024, 49/2024 y 147/2024, que fijan la estructura orgánica de la Xunta y de la consellería competente.

Constitución de una comisión de composición paritaria

La reunión se celebró a las 12.00 horas del 30 de septiembre de 2026 en la sede de la Confederación Empresarial de Ourense, en la Plaza das Damas número 1, con el objeto de constituir formalmente el órgano y abordar la interpretación del artículo 15 del convenio. Ambas representaciones se reconocieron de forma expresa la legitimación y capacidad para otorgar el acta.

Según el artículo 5 del texto convencional, la comisión queda integrada por tres personas en representación de la parte social y tres de la parte empresarial para la validez de los acuerdos. La convocatoria respetó el plazo máximo de siete días laborables tras la solicitud, y la sesión se levantó a las 12.30 horas.

Las personas asistentes fueron las siguientes:

  • Por la Asociación Provincial de Viajantes por Carretera de Ourense: Fernando Vila Camino y Antonio Álvarez Martínez.
  • Por TRANSGACAR: José Carlos García Cumplido.
  • Por CC.OO.: Juan Carlos García Rubio.
  • Por la CIG: Rubén Requeixo Ribeira.
  • Por UXT (UGT): Dolores Somoza Regueiro.

Qué cambia en la aplicación del artículo 15

El artículo 15 del convenio, relativo al salario base, establece que todos los conceptos de las tablas salariales, salvo los que se cuantifiquen expresamente en el acuerdo, se actualizan con la previsión de que en el año 2025 se abone «un pago único de 700 euros». Tras deliberación e intercambio de posturas, la comisión interpretó que esa cuantía no es un importe fijo y uniforme para todo el personal, sino que se modula en función del tiempo efectivamente trabajado y de la duración de la jornada.

La consecuencia práctica es que los 700 euros funcionan como referencia máxima: corresponden a quien trabajó todo el año a jornada completa, mientras que las personas con jornada parcial o con períodos de alta inferiores al año percibirán la parte proporcional. El criterio afecta a todos los conductores y empresas del sector en la provincia, al unificar la interpretación de un precepto que generaba dudas aplicativas.

Trámites y efectos

El acta faculta expresamente a María José de Miguel Pérez para presentar, registrar y solicitar la publicación del texto ante el REGCON de la autoridad laboral competente, trámite que desembocó en la inscripción y en la publicación oficial.

El acuerdo se publica con la referencia R. 2.429 y cierra así la primera actuación de un órgano paritario que nace con vocación de resolver por vía interpretativa las discrepancias en la aplicación del convenio, sin necesidad de acudir a otros mecanismos de solución de conflictos.

La decisión tiene efecto directo en la nómina de los trabajadores del sector en toda la provincia: cualquier persona con contrato a tiempo parcial o con alta de duración inferior al año debe revisar el cálculo del pago de 2025, mientras que las empresas disponen ya de un criterio único y vinculante para liquidarlo.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, 27 de octubre de 2026, sección III. Comunidad Autónoma (referencia oficial: expediente 32/01/0040/2026, código de convenio 32000315011984).