Butlletí Oficial de les Illes Balears · 31 Oct 2026 · 6 vistas
Mallorca aprueba definitivamente el acondicionamiento del túnel de Sa Mola
Por FactBox Admin

El consejero ejecutivo de Territorio, Movilidad e Infraestructuras del Consell Insular de Mallorca, Fernando Rubio Aguiló, resolvió el 28 de octubre de 2026 la aprobación definitiva del “Proyecto constructivo del acondicionamiento del tramo del falso túnel y mejora de las instalaciones del túnel de Sa Mola”, con la clave 21-08.0-ML. La decisión se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 139, de 31 de octubre de 2026, dentro de la Sección III (otras disposiciones y actas administrativas), con el número de anuncio 10935. El presupuesto para conocimiento de la Administración es de 7.526.404,12 euros.
Un proyecto de julio de 2026 firmado por siete técnicos
El documento fue firmado en el mes de julio de 2026 por Ignacio López Bonmatí, ingeniero de caminos, canales y puertos de la empresa consultora TPF GETINSA EUROESTUDIOS, S.L., y cuenta con la firma de los directores del proyecto:
- Jairo Fernández Herrera, ingeniero de caminos, canales y puertos.
- Veronica Burriel Tur, ingeniera técnica de obras públicas.
- Xisco Salvá Garau, ingeniero de instalaciones telemáticas.
- Antònia Gonzalez García, ingeniera industrial.
El visto bueno corresponde a Laura Montaner Berges, jefa del Servicio de Planificación y Proyectos de la Dirección Insular de Infraestructuras y de ITV. El proyecto consta de cinco documentos distribuidos en nueve archivos PDF: memoria y anexos, planos, pliego de prescripciones técnicas, presupuesto y estudio de seguridad y salud.
7,5 millones y tres partidas diferenciadas
El presupuesto se desglosa en tres conceptos, con el IVA del 10% incluido:
- Presupuesto base de licitación (PBL): 7.260.594,29 euros.
- Fomento y protección del patrimonio histórico y artístico: 108.908,91 euros.
- Gestión de residuos: 156.900,92 euros.
La resolución tiene como fundamentos la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, y el artículo 70.15 del Estatuto de Autonomía. La competencia para aprobar el proyecto deriva del artículo 231 de la Ley 9/2017, de contratos del sector público, y de la delegación acordada por el Consell Executiu el día 28 de mayo de 2025 (BOIB núm. 69, de 31 de mayo de 2025), que faculta a los consejeros ejecutivos siempre que el proyecto no comporte expropiación forzosa.
Seguridad, servicios afectados y tráfico
La tramitación ha incluido diversos informes preceptivos. El 25 de septiembre de 2026 se emitió el informe de supervisión 2026-09_PC, favorable a la aprobación, que descarta afecciones a parcelas privadas y concluye que no es preceptivo el trámite de información pública según el artículo 19 de la Ley 5/1990. El 31 de julio de 2026 se recibió el dictamen del responsable de seguridad del túnel, conforme al Real Decreto 635/2006, que considera el proyecto ajustado a la norma.
En cuanto a los servicios afectados, el proyecto prevé cruces con:
- Un servicio de titularidad municipal.
- Una línea eléctrica de media tensión soterrada de Vall de Sóller Energia, S.L.U., del grupo El Gas.
- Líneas de telefonía de Telefònica.
La audiencia con las compañías se abrió el 21 de julio de 2026; Vall de Sóller Energia manifestó la conformidad el 5 de octubre de 2026, mientras que Telefònica no respondió. También consta que en diciembre de 2025 se consultó al Servei de Bombers de Mallorca sobre los requisitos de la red para garantizar la operatividad en caso de incendio, y que el 16 de septiembre de 2026 el Ayuntamiento de Sóller autorizó, con el registro RGE núm. 97204/2026, los desvíos de tráfico que afectan a tramos de su red viaria local. La actuación no se somete a evaluación de impacto ambiental según el Decreto Legislativo 1/2020.
Próximos pasos y recurso
Una vez ejecutadas las obras habrá que tramitar la autorización de puesta en servicio del túnel, y el manual de explotación, actualmente en redacción por el equipo de seguridad, deberá actualizarse durante la obra. Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes ante el consejero ejecutivo o el Consejo Ejecutivo, y posteriormente un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.
La aprobación definitiva es el paso previo indispensable para licitar una obra que afecta directamente la movilidad en la zona de Sóller y la seguridad de una infraestructura viaria en servicio. Para los usuarios del túnel de Sa Mola, el proyecto supone condicionar el tramo del falso túnel y renovar las instalaciones, es decir, menos riesgo y más garantías operativas en caso de incidente.
Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), núm. 139, de 31 de octubre de 2026, Sección III, pág. 60259 (referencia oficial: anuncio núm. 10935, clave 21-08.0-ML).