BOP de Pontevedra · 02 Nov 2026 · 12 vistas
Lalín denuncia el convenio del personal laboral y abre una nueva negociación
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Lalín denunció formalmente el Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la corporación con el fin de abrir un nuevo período de negociación. La Xunta de Galicia ordenó el depósito, la inscripción y la publicación de dicha denuncia en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) núm. 211, del lunes 2 de noviembre de 2026, mediante una resolución del Departamento Territorial de Pontevedra de la Consellería de Empleo, Comercio e Emigración (referencia oficial 2026076069). La solicitud de registro y depósito tuvo entrada en el mencionado departamento el 25 de septiembre de 2026.
La resolución se enmarca en el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, que obliga a la autoridad laboral a ordenar el registro, el depósito y la publicación en el boletín oficial correspondiente de los acuerdos pactados en el ámbito de su competencia. El propio real decreto recoge en su artículo 2.2 la obligación de inscribir las denuncias previstas en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores.
La competencia del órgano se resuelve, según el texto publicado, por lo dispuesto en el Decreto 49/2024, de 22 de abril, que fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta (DOG núm. 81, de 24 de abril de 2024), y en el Decreto 147/2024, de 20 de mayo, que establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio e Emigración (DOG núm. 101, de 27 de mayo de 2024).
El convenio vigente y su prórroga anual
El texto que ahora se denuncia fue firmado el 20 de junio de 2024 e inscrito en el Departamento Territorial el 11 de julio de ese mismo año. Los identificadores que figuran en la comunicación remitida por la autoridad laboral son los siguientes:
- Expediente de gestión: 1247/2022.
- Expediente REDCOM: 36/13/0174/2024.
- Código de Convenio: 36105482012024.
- Fecha de firma: 20 de junio de 2024.
- Fecha de inscripción: 11 de julio de 2024.
El artículo 5 del convenio, dedicado al ámbito temporal, vigencia y denuncia, fijaba una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, entendiéndose prorrogado por anualidades de no existir denuncia de alguna de las partes. Ese mismo precepto impone la obligación de comunicar la denuncia con una antelación de tres meses respecto de la finalización de la vigencia o de cualquier prórroga, y exige la constitución de la Mesa de Negociación en un plazo máximo de un mes.
Normativa sobrevenida que obliga a revisar el texto
El acuerdo del Ayuntamiento justifica la denuncia en la entrada en vigor de normativa básica estatal y autonómica de carácter imperativo y sobrevenido que dejaría obsoletas o enfrentadas a la norma de rango superior múltiples cláusulas del convenio. La resolución cita expresamente:
- El RDL 5/2023, de modificación de permisos por cuidado y conciliación.
- El Real Decreto 1060/2022, sobre justificación telemática de la incapacidad temporal.
- La LO 10/2022 y la Ley 11/2007 en materia de violencia vicaria y de género.
Con ese argumento, la Concellería de Réxime Interno acordó ejercer el derecho de denuncia previsto en el artículo 5 del propio convenio para evitar la aplicación de cláusulas que podrían ser nulas de pleno derecho y para redactar un texto actualizado que blinde jurídicamente la actuación municipal. La denuncia fue acordada por el Ayuntamiento y su comunicación a la representación legal del personal funcionario consta con fecha del 17 de septiembre de 2026.
Representación del personal, depósito y recurso
El acuerdo municipal ordena poner la denuncia en conocimiento de la representación legal del personal laboral —Comité de Empresa, delegados de personal y secciones sindicales—, instándola a constituir la mesa negociadora en el plazo máximo de un mes. La comunicación formal se dirigió al Departamento Territorial de Vigo (REDCOM) de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, y está firmada por la concejala de Réxime Interno, Paz Pérez Asorey.
En la parte resolutiva, la autoridad laboral ordena el depósito y la inscripción en el Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como la publicación en el BOPPO. La resolución no pone fin a la vía administrativa: contra ella cabe recurso de alzada ante la secretaría general de Empleo y Relaciones Laborales de la Consellería en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, conforme a la Ley 39/2015. El documento incorpora el código seguro de verificación 6JCM8LI6ZX2KPXTY.
La denuncia abre formalmente una nueva etapa en las relaciones laborales del Ayuntamiento de Lalín y afecta a la totalidad de su plantilla laboral, que verá sustituido el marco regulador vigente por un texto adaptado a la legalidad actual. El plazo de un mes para constituir la mesa negociadora convierte el otoño en un período decisivo para la representación sindical y para el gobierno municipal, que deberán pactar condiciones de trabajo actualizadas antes de que la prórroga anual agote sus efectos.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra (BOPPO), núm. 211, 2 de noviembre de 2026, Xunta de Galicia — Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, Convenios colectivos (referencia oficial: 2026076069).