BOP de Lleida · 05 Nov 2026 · 8 vistas
Juncosa abre la convocatoria de cuatro viviendas dotacionales en la plaza Mayor
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Juncosa ha abierto la convocatoria para adjudicar en régimen de alquiler asequible cuatro viviendas dotacionales de la plaza Mayor, destinadas a personas y unidades de convivencia que fijen la residencia habitual en el municipio. El Pleno municipal aprobó las bases y la convocatoria el 2 de noviembre de 2026, y el acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida núm. 212, de 5 de noviembre de 2026 (referencia oficial BOP-2026_0_212_9246, pág. 1-28). El edicto lo firma la alcaldesa, Susana Vilà Barrufet, con fecha 3 de noviembre de 2026.
La convocatoria se enmarca en las políticas municipales de fomento de la vivienda y tiene como finalidad explícita favorecer el arraigo de jóvenes y el repoblamiento familiar del municipio. El régimen jurídico aplicable es el de la vivienda dotacional asequible, con la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda y el Decreto 75/2014, de 27 de mayo, del Plan para el derecho a la vivienda como normas sectoriales preferentes, junto con el Decreto ley 50/2020 y la legislación general de procedimiento administrativo y de régimen local.
Jóvenes, arraigo e ingresos mínimos
Las viviendas son de propiedad municipal, de naturaleza dotacional y sin opción de compra, y deben destinarse a domicilio habitual y permanente. Pueden optar a ellas las personas físicas o unidades de convivencia que, a la fecha de cierre del plazo, cumplan estos requisitos:
- Tener capacidad jurídica para firmar el contrato de arrendamiento (mayores de edad o emancipados, a partir de 16 años con emancipación reconocida).
- No ser titular en pleno dominio de una vivienda adecuada a las necesidades familiares, con las excepciones tasadas del artículo 44.3 del Decreto 75/2014 (separación o divorcio, vivienda no habitable, violencia machista, traslado laboral, ruina o infravivienda, entre otras).
- Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento y la Seguridad Social y no haber sido sancionado por infracciones graves de convivencia en vivienda protegida en los cinco años anteriores.
- Acreditar unos ingresos anuales mínimos iguales o superiores al salario mínimo interprofesional anual vigente, calculado en 14 pagas.
Los criterios de baremo priorizan a las personas de entre 18 y 35 años, las unidades con menores, la escolarización de los niños en el municipio (Escuela Espígol e INS Olivera), la actividad laboral en el término municipal y la antigüedad del empadronamiento. El empadronamiento no es excluyente, pero otorga 10 puntos con un año de antigüedad o tres años ininterrumpidos.
Rentas de 250 a 350 euros y contratos de cinco años
Las rentas fijadas son sensiblemente inferiores a las del mercado libre. El anexo de rentas de las bases detalla estos importes:
- Vivienda 1º 1ª: 44,65 m² útiles, una habitación, 225 euros de alquiler más 25 euros de gastos de comunidad (250 euros de renta total).
- Vivienda 2º 1ª: 44,65 m² útiles, una habitación, 225 euros más 25 euros (250 euros).
- Vivienda 2º 2ª: 65,30 m² útiles, dos habitaciones, 325 euros más 25 euros (350 euros).
El cálculo parte de referencias objetivas: el Plan Estatal de Vivienda (Real decreto 42/2022) fija límites de 5 a 8 euros por metro cuadrado y el Plan Territorial Sectorial de Vivienda de Cataluña (Decreto 408/2024) recoge parámetros similares para municipios pequeños. El contrato tiene una duración inicial de cinco años, prorrogable hasta siete si se acredita un proceso de adquisición de vivienda en el municipio, y exige fianza de una mensualidad y un seguro de impago. El anexo de rentas detalla tres viviendas, aunque el objeto de la convocatoria son cuatro.
Plazos, baremo y órganos de selección
El plazo para presentar solicitudes es de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en la sede electrónica municipal y en los tablones de anuncios. Las solicitudes se presentan preferentemente por vía electrónica, con Cl@ve o certificado digital, o presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana, y se admite una por unidad de convivencia.
La instrucción corresponde al Departamento de Secretaría del Ayuntamiento, la valoración a una mesa presidida por un funcionario de escala técnica de la Diputación de Lleida y la resolución a la Alcaldía. El baremo otorga un máximo de 70 puntos a las viviendas de dos habitaciones y de 50 puntos a las de una habitación; los empates se resuelven por sorteo público. Las listas provisionales se publican con datos anonimizados, hay 10 días hábiles para subsanar y para reclamar, y la lista de reserva tiene una vigencia máxima de dos años.
La convocatoria es susceptible de recurso de reposición en el plazo de un mes y de recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Lleida en el plazo de dos meses.
Con cuatro viviendas públicas a precios de 250 a 350 euros, Juncosa pone en marcha un instrumento pensado para retener población joven y facilitar el retorno de familias al municipio, en una comarca donde el acceso a la vivienda es uno de los principales obstáculos para fijar residentes.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Lleida, núm. 212, 5 de noviembre de 2026, Administració Local - Ajuntaments, pàg. 1-28 (referencia oficial: BOP-2026_0_212_9246).