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BOP de Lleida · 05 Nov 2026 · 8 vistas

Juncosa abre la convocatoria de cuatro viviendas dotacionales en la plaza Mayor

Por FactBox Admin

Juncosa obre la convocatòria de quatre habitatges dotacionals a la plaça Major

El Ayuntamiento de Juncosa ha abierto la convocatoria para adjudicar en régimen de alquiler asequible cuatro viviendas dotacionales de la plaza Mayor, destinadas a personas y unidades de convivencia que fijen la residencia habitual en el municipio. El Pleno municipal aprobó las bases y la convocatoria el 2 de noviembre de 2026, y el acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida núm. 212, de 5 de noviembre de 2026 (referencia oficial BOP-2026_0_212_9246, pág. 1-28). El edicto lo firma la alcaldesa, Susana Vilà Barrufet, con fecha 3 de noviembre de 2026.

La convocatoria se enmarca en las políticas municipales de fomento de la vivienda y tiene como finalidad explícita favorecer el arraigo de jóvenes y el repoblamiento familiar del municipio. El régimen jurídico aplicable es el de la vivienda dotacional asequible, con la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda y el Decreto 75/2014, de 27 de mayo, del Plan para el derecho a la vivienda como normas sectoriales preferentes, junto con el Decreto ley 50/2020 y la legislación general de procedimiento administrativo y de régimen local.

Jóvenes, arraigo e ingresos mínimos

Las viviendas son de propiedad municipal, de naturaleza dotacional y sin opción de compra, y deben destinarse a domicilio habitual y permanente. Pueden optar a ellas las personas físicas o unidades de convivencia que, a la fecha de cierre del plazo, cumplan estos requisitos:

  • Tener capacidad jurídica para firmar el contrato de arrendamiento (mayores de edad o emancipados, a partir de 16 años con emancipación reconocida).
  • No ser titular en pleno dominio de una vivienda adecuada a las necesidades familiares, con las excepciones tasadas del artículo 44.3 del Decreto 75/2014 (separación o divorcio, vivienda no habitable, violencia machista, traslado laboral, ruina o infravivienda, entre otras).
  • Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento y la Seguridad Social y no haber sido sancionado por infracciones graves de convivencia en vivienda protegida en los cinco años anteriores.
  • Acreditar unos ingresos anuales mínimos iguales o superiores al salario mínimo interprofesional anual vigente, calculado en 14 pagas.

Los criterios de baremo priorizan a las personas de entre 18 y 35 años, las unidades con menores, la escolarización de los niños en el municipio (Escuela Espígol e INS Olivera), la actividad laboral en el término municipal y la antigüedad del empadronamiento. El empadronamiento no es excluyente, pero otorga 10 puntos con un año de antigüedad o tres años ininterrumpidos.

Rentas de 250 a 350 euros y contratos de cinco años

Las rentas fijadas son sensiblemente inferiores a las del mercado libre. El anexo de rentas de las bases detalla estos importes:

  • Vivienda 1º 1ª: 44,65 m² útiles, una habitación, 225 euros de alquiler más 25 euros de gastos de comunidad (250 euros de renta total).
  • Vivienda 2º 1ª: 44,65 m² útiles, una habitación, 225 euros más 25 euros (250 euros).
  • Vivienda 2º 2ª: 65,30 m² útiles, dos habitaciones, 325 euros más 25 euros (350 euros).

El cálculo parte de referencias objetivas: el Plan Estatal de Vivienda (Real decreto 42/2022) fija límites de 5 a 8 euros por metro cuadrado y el Plan Territorial Sectorial de Vivienda de Cataluña (Decreto 408/2024) recoge parámetros similares para municipios pequeños. El contrato tiene una duración inicial de cinco años, prorrogable hasta siete si se acredita un proceso de adquisición de vivienda en el municipio, y exige fianza de una mensualidad y un seguro de impago. El anexo de rentas detalla tres viviendas, aunque el objeto de la convocatoria son cuatro.

Plazos, baremo y órganos de selección

El plazo para presentar solicitudes es de 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en la sede electrónica municipal y en los tablones de anuncios. Las solicitudes se presentan preferentemente por vía electrónica, con Cl@ve o certificado digital, o presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana, y se admite una por unidad de convivencia.

La instrucción corresponde al Departamento de Secretaría del Ayuntamiento, la valoración a una mesa presidida por un funcionario de escala técnica de la Diputación de Lleida y la resolución a la Alcaldía. El baremo otorga un máximo de 70 puntos a las viviendas de dos habitaciones y de 50 puntos a las de una habitación; los empates se resuelven por sorteo público. Las listas provisionales se publican con datos anonimizados, hay 10 días hábiles para subsanar y para reclamar, y la lista de reserva tiene una vigencia máxima de dos años.

La convocatoria es susceptible de recurso de reposición en el plazo de un mes y de recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Lleida en el plazo de dos meses.

Con cuatro viviendas públicas a precios de 250 a 350 euros, Juncosa pone en marcha un instrumento pensado para retener población joven y facilitar el retorno de familias al municipio, en una comarca donde el acceso a la vivienda es uno de los principales obstáculos para fijar residentes.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Lleida, núm. 212, 5 de noviembre de 2026, Administració Local - Ajuntaments, pàg. 1-28 (referencia oficial: BOP-2026_0_212_9246).