BOP de A Coruña · 05 Oct 2026 · 24 vistas
Inscrito el II Convenio de Xallas Electricidad con subidas salariales hasta 2028
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña publica este lunes, 5 de octubre de 2026 (número 190), la resolución de inscripción y publicación del II Convenio Colectivo de la empresa Xallas Electricidad y Aleaciones, S.A.U., firmado el 16 de septiembre en Cee por la dirección de la compañía y por el comité de empresa. El texto, con vigencia 2025-2028, regula las condiciones laborales del personal de las fábricas de Cee y Dumbría y de las centrales hidroeléctricas, e incluye incrementos salariales pactados hasta 2028. La resolución tiene fecha de 29 de septiembre de 2026 y la firma del director territorial, Juan José Couce Prego.
La solicitud de inscripción tuvo entrada en el Registro de Acuerdos y Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia el 25 de septiembre de 2026, con el código de convenio 15104632012023. El Departamento Territorial de La Coruña de la Consellería de Empleo, Comercio e Emigración resolvió al amparo del artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) y del Real Decreto 713/2010, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos. La resolución ordena inscribir el convenio en el registro autonómico y remitir el texto al boletín provincial para su publicación.
El acuerdo fue suscrito en Cee el 16 de septiembre de 2026. Por la representación empresarial firmaron María Couto Alonso, directora general, y Ninfa Silveiro Amoedo, directora de Recursos Humanos; por la representación de los trabajadores, el comité de empresa, con Iván Pequeño Louro como presidente y Juan Antonio Villar Trillo como secretario. Figuran también los delegados sindicales Ángel Santos Cancela (USO), Arturo Trillo Díaz (UGT) y Manuel Castro Senande (CIG).
Vigencia y ámbito de aplicación
El convenio entró en vigor el 1 de enero de 2025, con independencia de la fecha de publicación, y finaliza su vigencia el 31 de diciembre de 2028. Se prorroga de año en año si ninguna de las partes lo denuncia con un preaviso mínimo de tres meses.
Se aplica a todas las personas trabajadoras de la empresa, que integra las fábricas de Cee, Dumbría y las centrales hidroeléctricas. Quedan excluidos del régimen económico los grupos profesionales 0 y 1, y el personal del grupo 2 que anteriormente estaba excluido puede mantener esa situación si lo notifica en el plazo de un mes desde la publicación.
Incrementos salariales y complementos
- 2025: 2,9%, que absorbe el 1% adelantado por la empresa a cuenta del incremento de convenio.
- 2026: 3,5%, más 45 euros lineales en el salario base con efectos del 1 de enero de 2026.
- 2027: 3,3%.
- 2028: 3,2%.
Cada anualidad incorpora una cláusula de revisión: si el IPC interanual supera el porcentaje pactado, se actualiza en enero hasta un máximo de un punto adicional (1,2 puntos en 2027 y 1,3 en 2028). Si el IPC de 2026, 2027 y 2028 supera las previsiones, en enero de 2029 se actualizará el 50% del exceso.
Se consolida el abono de 965,59 euros en la nómina de septiembre y de 700,65 euros en la de febrero (importes de 2025), y se establece un premio de fin de vigencia de 800 euros por persona empleada si el convenio se mantiene íntegro hasta el 31 de diciembre de 2028.
Jornada, vacaciones y condiciones sociales
La jornada anual es de 1.752 horas efectivas, con una media de 40 horas semanales. En aplicación del convenio provincial de la siderometalurgia de La Coruña, publicado el 17 de julio de 2026, la jornada bajará a 1.744 horas en 2027 y 2028, ocho horas menos al año (un día).
- Vacaciones: 23 días laborables al año, fraccionables en dos períodos.
- Bolsa de vacaciones: 66,78 euros por día para quien no disfrute las vacaciones entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
- Comedor social: la empresa asume el 80% del coste de las comidas y el 20% restante a cargo del personal.
- Dietas: 40,78 euros por día con pernocta y 20,39 euros sin ella (valores de 2025).
- Plan de pensiones del sistema de empleo propio de la empresa.
Igualdad, salud y representación
El texto incorpora un Plan LGTBI conforme al Real Decreto 1026/2024 y a la Ley 4/2023, con un protocolo frente al acoso por orientación sexual e identidad de género, así como un plan de actuación para víctimas de violencia de género al amparo de la Ley Orgánica 1/2004. En salud laboral, el sistema de gestión de la empresa está certificado según la norma ISO 45001 y el complemento por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional llega al 100% durante un máximo de 18 meses.
La interpretación y vigilancia del convenio corresponden a una comisión mixta de cinco representantes de la dirección y cinco del comité de empresa, que debe reunirse en los diez días hábiles siguientes a cualquier solicitud.
El convenio afecta directamente al personal industrial de las comarcas de Cee y Dumbría y deroga cualquier acuerdo anterior, por lo que las tablas salariales y los complementos publicados en el boletín son la referencia vigente para las nóminas y para la negociación de las condiciones de trabajo hasta finales de 2028.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña, núm. 190, 5 de octubre de 2026, Administración Autonómica, págs. 1-31 (referencia oficial: número de anuncio 2026/6371).