BOP de A Coruña · 22 Oct 2026 · 7 vistas
Inscrito el convenio de Dimolk Automoción con subidas salariales hasta 2029
Por FactBox Admin

La empresa Dimolk Automoción, S.A. cuenta desde este jueves con un convenio colectivo propio para el período 2026-2029, después de que el Departamento Territorial de La Coruña de la Consellería de Empleo, Comercio e Emigración de la Xunta de Galicia ordenase su inscripción en el registro autonómico y la publicación íntegra del texto. La resolución, firmada en La Coruña el 16 de octubre por el director territorial Juan José Couce Prego, aparece en el Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña número 202, correspondiente al 22 de octubre de 2026, con el número de anuncio 2026/6791.
La tramitación comenzó el 9 de octubre de 2026, cuando tuvo entrada en el Registro de Acuerdos y Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia la solicitud de inscripción del texto, registrado con el código de convenio 15104942012026. La competencia del departamento provincial para resolver en materia de registro de convenios, acuerdos colectivos y planes de igualdad deriva de los decretos 42/2024, del 14 de abril, 49/2024, del 22 de abril, y 147/2024, del 20 de mayo, que fijan la estructura orgánica de la Xunta y de la consellería.
El texto fue suscrito en Oleiros el 18 de septiembre de 2026. Por la parte empresarial firmó el director gerente, Marcos Díaz Molk; por la parte social, los delegados Antonio Caamaño Pérez, Roberto García García y Francisco Javier Fernández Aguiar. La resolución apoya la inscripción en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, sobre registro y depósito de convenios.
Vigencia de cuatro años y ámbito limitado a Oleiros
El convenio se aplica a todos los trabajadores fijos o eventuales de la empresa, incluidos los que se incorporen durante su vigencia, con un ámbito territorial centrado en el municipio de Oleiros y en los centros de trabajo de la compañía en la provincia de La Coruña. La duración es de cuatro años, del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029, prorrogable tácitamente y denunciable por cualquiera de las partes con un mes de antelación.
La jornada queda en cuarenta horas semanales, con un cómputo anual decreciente:
- 1.752 horas en 2026
- 1.744 horas en 2027 y 2028
- 1.740 horas en 2029
Las vacaciones son de 24 días laborables en 2026 y de 25 días en los tres ejercicios siguientes. El personal de Carrocería puede trabajar en turnos rotativos de 7:00 a 15:00 y de 15:00 a 23:00, mientras que Mecánica mantiene horario de 8:00 a 16:30 con media hora para comer.
Subidas del 5% en 2026 y cláusula de revisión
El capítulo económico acuerda un incremento del 5% sobre la tabla de 2025 para este año, del 3% en 2027, otro 3% en 2028 y del 4% en 2029. Se incluye una cláusula de revisión que se activa si el IPC real estatal al 31 de diciembre supera la subida inicialmente pactada, con efectos desde el 1 de enero del año computado.
La tabla salarial de 2026 sitúa el salario base del director en 22.116,18 euros y el del jefe de servicio en 25.803,50 euros, mientras que las categorías inferiores, como mozo comercial, vigilante, limpiador o aprendiz, quedan en 15.307,72 euros de base. La empresa garantiza en todo caso el salario anual del convenio provincial de ámbito superior para cada categoría.
Los atrasos de 2026 se abonarán en un solo pago y, según el artículo 28, deberán liquidarse en menos de quince días desde la publicación del convenio en el boletín provincial.
Horas extras, pluses y seguro de accidentes
La hora extraordinaria se paga a 26 euros en días laborables y a 28 euros los sábados, domingos y festivos; si se compensa con descanso, se aplica el doble de tiempo o la compensación económica a elección del trabajador. La prestación es voluntaria y la dirección debe informar mensualmente a los delegados sobre número, causas y distribución por secciones.
El plus de asistencia y puntualidad queda en 1.829,88 euros anuales, equivalentes a 152,49 euros al mes. La antigüedad se suprime para las incorporaciones desde el 1 de enero de 2023; quien estaba en activo al 31 de diciembre de 2022 conserva el complemento generado, con un 2% por trienio entre el tercero y el décimo.
En materia de protección, la empresa mantiene el seguro de accidentes concertado con la asociación de talleres y una póliza colectiva adicional con MAPFRE, número 15200085 055-2280047553, con coberturas de 65.000 euros por fallecimiento accidental o enfermedad profesional y de 60.000 euros por incapacidad total, absoluta o gran invalidez. La compañía abona el 50% de la prima y repercute el resto mensualmente en la plantilla.
Ayudas sociales, dietas y comisión mixta
El convenio crea un fondo de estudios de 2.110 euros anuales, con un máximo de 154,74 euros por hijo de entre tres y dieciocho años, y un fondo de anticipos sociales de 8.736,40 euros, con préstamos de hasta 2.779,50 euros a devolver en dieciocho meses sin intereses y con una antigüedad mínima de dos años. Las dietas de 2026 son de 66,09 euros la completa, 24,78 la comida, 19,88 la cena y 7,83 el desayuno.
También se fijan 210,98 euros por matrimonio o pareja de hecho y por nacimiento o adopción, 115,68 euros mensuales por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo, complemento del 100% de la base reguladora en incapacidad temporal hasta dieciocho meses y ayudas por defunción de hasta once mensualidades.
La Comisión Mixta, con dos representantes por cada parte, resuelve las discrepancias en cinco días y remite al Acuerdo de solución extrajudicial de conflictos colectivos de trabajo (AGA). El texto incluye una disposición adicional de fomento del gallego y se publica redactado en esta lengua.
La inscripción cerrada a la negociación de un convenio de empresa que sustituye la remisión directa a los convenios sectoriales y dota a la plantilla de Oleiros de un marco propio de salarios, horarios y protección social hasta 2029, con una subida inmediata del 5% y el pago de los atrasos en quince días.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña, núm. 202, 22 de octubre de 2026, Administración Autonómica, págs. 1-11 (referencia oficial: 2026/6791).