Butlletí Oficial del Principat d'Andorra · 23 Sep 2026 · 7 vistas
Gobierno amplía subvenciones al alquiler juvenil hasta los 35 años
Por FactBox Admin

El Govern de Andorra ha aprobado el Decreto 360/2026, del 16 de septiembre de 2026, que amplía de 22-30 a 18-35 años la edad de las personas beneficiarias de las subvenciones al alquiler para jóvenes y eleva el umbral máximo de ingresos de 24.000 a 35.000 euros brutos anuales. La norma se publica en el Butlletí Oficial del Principat d’Andorra (BOPA) núm. 107, del 23 de septiembre de 2026, dentro de la sección de Reglamentos, y entra en vigor al día siguiente de su publicación. El texto deroga el Decreto del 25 de noviembre de 2020 que regulaba estas medidas económicas de emancipación.
El nuevo Reglamento de medidas económicas para la emancipación de jóvenes fue aprobado por el Govern en la sesión del 16 de septiembre de 2026, a propuesta de la ministra de Cultura, Juventud y Deportes, y está firmado por el cap de Govern, Xavier Espot Zamora. La modificación se alinea con los objetivos del Pla nacional de joventut, en el eje estratégico relativo a la emancipación juvenil, y responde al encarecimiento sostenido del mercado arrendatario y a la reducción de la oferta disponible.
Nuevos requisitos de edad e ingresos
El reglamento fija en 18 y 35 años, ambos incluidos, la edad de las personas destinatarias, frente a la franja anterior de 22 a 30 años. El texto justifica la ampliación por el hecho de que los procesos de emancipación juvenil se producen ahora de manera más tardía y progresiva, y por la necesidad de cubrir tanto a quien inicia la autonomía residencial al cumplir la mayoría de edad como a quien la ve retardada por las dificultades de acceso a la vivienda.
Los requisitos económicos también se actualizan:
- Ingresos superiores al salario mínimo interprofesional e inferiores a 35.000 euros brutos anuales, frente al límite anterior de 24.000 euros.
- Patrimonio que no supere doce veces el umbral económico de cohesión social (LECS) en cómputo anual.
- Ingresos derivados de un salario, un trabajo por cuenta propia o una pensión vitalicia.
- Residencia legal, permanente y efectiva en el Principado de cinco años ininterrumpidos antes de la solicitud.
- Nacionalidad andorrana o autorización de residencia y trabajo del Servei d’Immigració.
- No disponer de ninguna vivienda en propiedad ni derecho real de uso, y no haber accedido previamente a una vivienda independiente del hogar familiar.
- Cédula de habitabilidad y seguro de responsabilidad civil de la vivienda alquilada.
- Ausencia de parentesco hasta el segundo grado con la persona propietaria.
Cambio en el cálculo de los ingresos
Hasta ahora el reglamento tomaba como referencia el cómputo anual de ingresos del ejercicio anterior. El nuevo texto valora la situación laboral y económica efectiva en el momento de la solicitud, atendiendo especialmente los ingresos de un contrato laboral vigente, ya sea indefinido o con una duración mínima garantizada de cinco años. Según la exposición de motivos, este criterio facilita el acceso a jóvenes que han mejorado recientemente su situación laboral pero aún no tienen suficiente estabilidad para asumir los gastos iniciales de un alquiler.
El reglamento cifra el precio medio de los nuevos contratos de alquiler en torno a los 1.500 euros mensuales: una persona joven con 34.000 euros brutos anuales puede destinar más del 50% de los ingresos a la vivienda, por encima del umbral internacional de sobrecarga económica, fijado en el 30%.
Importe, tramitación y control
- La subvención cubre el depósito y una mensualidad de alquiler, y se otorga a fondo perdido.
- Se concede una por solicitud y se abona por transferencia bancaria a la cuenta IBAN de la persona titular.
- Las solicitudes se presentan durante todo el ejercicio presupuestario en el Servei de Tràmits del Govern o por las webs oficiales de trámites.
- El titular del ministerio responsable de la juventud debe resolver en un término máximo de un mes.
- Si falta documentación, hay diez días hábiles para subsanarla; una vez comunicado el otorgamiento, hay quince días hábiles para formalizar el contrato de arrendamiento.
- Las subvenciones se otorgan por orden de entrada hasta agotar el importe disponible.
- Se crea el Registre de persones beneficiàries de les mesures econòmiques per a l’emancipació de joves, adscrito a la Secretaria d’Estat de Joventut i Esports y sujeto a la Llei 29/2021, del 28 de octubre, calificada de protección de datos personales.
- El falseamiento de datos conlleva la revocación de la ayuda y la devolución de los importes, con cinco años de imposibilidad de obtener cualquier ayuda a la vivienda.
El texto también suprime la subvención complementaria destinada a cubrir gastos de transporte público para emancipaciones fuera de las parroquias centrales, dado que la gratuidad del transporte público nacional ya garantiza esta finalidad.
Con este decreto, el Govern amplía en trece años la ventana de edad y en 11.000 euros el techo de ingresos, de manera que más jóvenes residentes podrán cubrir el depósito y el primer mes de alquiler. El cambio de criterio económico también beneficia a quien acaba de firmar un contrato estable pero aún no puede acreditar un año entero de ingresos, un colectivo que quedaba fuera de la subvención con la norma de 2020.
Fuente: Butlletí Oficial del Principat d’Andorra, núm. 107, 23 de setembre del 2026, Reglaments, pàg. 1-8 (referència oficial: Decret 360/2026).