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BOP de Lleida · 08 Oct 2026 · 18 vistas

El Pla d'Urgell y los ayuntamientos firman el convenio de igualdad 2026-2029

Por FactBox Admin

El Pla d'Urgell i els ajuntaments signen el conveni d'igualtat 2026-2029

El Consell Comarcal del Pla d’Urgell y los ayuntamientos de la comarca han formalizado el convenio de colaboración para el impulso y la ejecución de las políticas de promoción de la igualdad y los feminismos del periodo 2026-2029. La Junta de Govern del Consell Comarcal aprobó el acuerdo en la sesión del 15 de septiembre de 2026 y el texto se firmó el 1 de octubre de 2026. El convenio se publica íntegramente en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida (BOP) núm. 192, de 8 de octubre de 2026, con la referencia CVE BOP-2026_0_192_8336.

El texto despliega a escala comarcal el Acord marc 2026-2029 de coordinación, cooperación y colaboración entre la Administración de la Generalitat de Catalunya, mediante el Departament d’Igualtat i Feminisme, l’Associació Catalana de Municipis i Comarques y la Federació de Municipis de Catalunya, dado a conocer con la Resolució IFE/343/2026, publicada el 10 de febrero de 2026. El acuerdo se enmarca en la Llei 17/2015, de igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Llei 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, modificada por la Llei 17/2020; la Llei 11/2014, para garantizar los derechos de lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, y la Llei 19/2020, de igualdad de trato y no discriminación. La publicación se realiza de acuerdo con el artículo 112 de la Llei 26/2010 y el artículo 48 de la Llei 40/2015.

Cinco líneas de actuación hasta el 2029

El objeto del convenio es la colaboración interadministrativa entre el Consell Comarcal del Pla d’Urgell y los ayuntamientos de la comarca para impulsar cinco programas, correspondientes a los anexos del acuerdo marco:

  • Red de profesionales de igualdad en el trabajo (anexo 1).
  • Sistema de atención y respuesta integral para mujeres en situación de violencia machista y sus hijos e hijas (anexo 2).
  • Despliegue de la red del Servicio de Atención Integral (SAI) LGBTI+ (anexo 3).
  • Impulso y despliegue del Servicio de Información y Atención a las Mujeres (SIAD) (anexo 4).
  • Proyectos locales para la lucha contra el racismo y los discursos de odio (anexo 5).

La vigencia se extiende desde la fecha de la firma hasta el 31 de diciembre de 2029, independientemente de que las actividades financiadas se realicen desde el 1 de enero de 2026.

Compromisos de las partes

El Consell Comarcal del Pla d’Urgell se compromete, entre otras obligaciones, a:

  • Contratar a una persona técnica experta en igualdad con formación y experiencia acreditada en perspectiva de género.
  • Cumplir y actualizar el protocolo de atención a las mujeres en situación de violencia de género en el Pla d’Urgell.
  • Tener a disposición recursos de alojamiento de emergencia y prestar atención social urgente.
  • Prestar y gestionar los SIAD y presentar al Departament d’Igualtat i Feminisme un plan de organización del servicio.
  • Implementar proyectos antirracistas mediante la financiación establecida por el Departamento.

Los ayuntamientos de la comarca, por su parte, deberán habilitar los espacios necesarios para prestar los servicios y asumir los gastos de mantenimiento, facilitar la información requerida por los órganos de gobierno del Consejo Comarcal y contribuir a la visibilidad y difusión de las campañas vinculadas al convenio.

Gobernanza, seguimiento y extinción

El seguimiento corresponderá a una Comisión de seguimiento formada por dos representantes de cada una de las partes, que se reunirá como mínimo una vez al año y emitirá un informe de valoración del ejercicio anterior. Entre sus funciones se encuentra comunicar los asuntos tratados en la comisión de evaluación del contrato programa con el Departamento de Igualdad y Feminismo y acordar las variaciones de los servicios y sus importes.

Son causas de resolución del convenio:

  • El transcurso del término de vigencia sin prórroga expresa.
  • El acuerdo unánime de las partes.
  • El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguno de los firmantes.
  • Una decisión judicial declaratoria de nulidad.
  • La denuncia de una de las partes con una antelación mínima de dos meses.
  • La imposibilidad legal o material de continuar con el objeto del convenio.
  • La resolución del contrato programa firmado con el Departamento de Bienestar Social y Familia.

Firmantes y publicación

El convenio lo suscriben el Ilustrísimo Señor Carles Albert Palau Boté, presidente del Consejo Comarcal del Pla d’Urgell, y el Ilustrísimo Señor Francesc Balcells i Teixidó, alcalde del Ayuntamiento del Palau d’Anglesola, en representación de las dos partes. La firma electrónica se formalizó en Mollerussa y el edicto de publicación lo firma Jordi Martínez Atero, vicepresidente, con fecha 6 de octubre de 2026.

El convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por sus cláusulas, por la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público, por la Ley 26/2010, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y por el Decreto 52/2005, de creación y regulación del Registro de convenios de colaboración y cooperación.

La publicación del convenio da cobertura formal y estabilidad hasta 2029 a servicios de atención a las mujeres y a las personas LGBTI+ que llegan a todos los municipios del Pla d’Urgell, y fija los compromisos y la financiación que los ayuntamientos deberán asumir año a año.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Lleida, núm. 192, 8 d’octubre de 2026, Administració Local - Consells Comarcals, pàg. 1-20 (referència oficial: CVE BOP-2026_0_192_8336).