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Butlletí Oficial de les Illes Balears · 31 Oct 2026 · 17 vistas

El Gobierno despliega la Ley 5/2025 sobre las áreas de promoción industrial

Por FactBox Admin

El Govern desplega la Llei 5/2025 sobre les àrees de promoció industrial

El Consell de Govern ha aprobado el Decreto 33/2026, de 30 de octubre, que despliega reglamentariamente la Ley 5/2025, de 18 de julio, de gestión y modernización de las áreas de promoción industrial de las Islas Baleares. La norma se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 139, de 31 de octubre de 2026, en la Sección I (disposición 10987, pág. 59926), y entra en vigor al día siguiente de su publicación. El texto fija el régimen de las entidades gestoras de las áreas, crea un registro autonómico único, un sistema de información y un sistema de calidad, y regula la declaración de Municipio Industrial Estratégico.

El Decreto se aprueba a propuesta del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, Alejandro Sáenz de San Pedro García, y lo firma la presidenta de las Islas Baleares, Margarita Prohens Rigo, con el informe previo del Consell Consultiu. La materia es competencia exclusiva de la comunidad según el artículo 30.34 del Estatuto de Autonomía, y el impulso corresponde a la Dirección General de Industria y Polígonos Industriales, integrada en la Conselleria de Empresa, Autónomos y Energía mediante el Decreto 10/2025, de 14 de julio.

El texto desarrolla las herramientas que ya preveía la Ley 5/2025 —las áreas de promoción industrial, las entidades de gestión y modernización (EGM), las de carácter colaborativo (EGMC), el registro, el sistema de información y la declaración de Municipio Industrial Estratégico— y mantiene el régimen sancionador del título IV de la Ley 4/2017, de 12 de julio, de industria. Consta de seis capítulos, 33 artículos, una disposición transitoria, dos disposiciones adicionales, dos finales y un anexo.

Entidades gestoras con silencio positivo en tres meses

Las EGM se integran con las personas titulares de derechos reales sobre inmuebles situados dentro del área delimitada, que pueden ser sustituidas por arrendatarias u ocupantes si lo comunican formalmente. Sus funciones mínimas incluyen:

  • Colaborar con el ayuntamiento en conservación, mantenimiento, vigilancia, limpieza y servicios básicos.
  • Asumir la gestión de servicios municipales si lo acuerdan los titulares y lo atribuye el consistorio.
  • Impulsar infraestructuras y servicios adicionales, nunca sustitutivos de los municipales.
  • Representar los intereses comunes y trasladar quejas al ayuntamiento.
  • Colaborar en los planes de movilidad y en la atracción de inversiones nacionales o extranjeras.

El procedimiento se inicia con una solicitud exclusivamente telemática a través de la Sede Electrónica, con informe municipal preceptivo y no vinculante en el plazo de un mes e información pública durante un mes. El plazo máximo para resolver es de tres meses y, sin notificación, la solicitud se entiende estimada por silencio administrativo; el certificado se deberá expedir de oficio en quince días.

Un registro único y control de las modificaciones

El Registro autonómico de entidades de gestión y modernización de áreas de promoción industrial es único para la comunidad, depende de la consejería competente en industria y se adscribe a la dirección general del ramo. Las entidades deben comunicar en el término de un mes los cambios de denominación, domicilio, ámbito geográfico, ámbito sectorial o cargos de gobierno, y las bajas requieren resolución motivada y un trámite de audiencia no inferior a quince días. El acceso a la información se hace por vía web y solo tienen carácter público los datos básicos.

Municipio Industrial Estratégico: fiscalidad y plazos a la mitad

La declaración, otorgada por el consejero competente en materia de industria, exige:

  • Que el pleno del ayuntamiento haya aprobado solicitarla, con certificado de la secretaría.
  • Disponer de al menos una área de promoción industrial, o tener una en tramitación.
  • Tener vigentes beneficios fiscales municipales, como bonificaciones del impuesto de construcciones, instalaciones y obras.
  • Que destaquen empresas industriales y de servindustria.

Los efectos son el acceso prioritario a fondos públicos y programas de soporte, las ayudas sin concurrencia competitiva que prevé el artículo 7.1.c del Decreto legislativo 2/2005 y la resolución de los trámites municipales en la mitad del plazo legal. La marca se puede revocar, con audiencia mínima de diez días hábiles, y la resolución se publica en el BOIB y en el visor cartográfico del Instituto Cartográfico y Geológico de las Islas Baleares.

Mapa industrial abierto y estándar de calidad

El Sistema de Información Integrado de las Áreas de Promoción Industrial (SIIAPI) incluirá un mapa de las áreas, datos de otros sistemas públicos (urbanístico, medioambiental, fiscal, energético o de ocupación) y cuadros de indicadores de calidad, sostenibilidad territorial e impacto económico, con acceso web gratuito. En cuanto al Sistema de calidad, debe cubrir como mínimo los requisitos jurídicos y urbanísticos, las infraestructuras y servicios básicos, la organización y la gestión, la gestión de incidencias, los indicadores y la evaluación, los servicios de valor para las empresas y la responsabilidad social con mejora continua.

La disposición transitoria abre la puerta a que las asociaciones, comunidades de propietarios y entidades de conservación que ya gestionaban áreas industriales antes del 25 de julio de 2025 adquieran la condición de EGM o de EGMC, con delimitación georreferenciada en el sistema ETRS89/UTM huso 31N.

El despliegue da seguridad jurídica a las empresas instaladas y convierte las áreas industriales en un instrumento competitivo para los ayuntamientos que quieren captar inversión, ya que vincula fiscalidad municipal, calidad de los servicios y acceso preferente a fondos públicos.


Fuente: Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), núm. 139, 31 de octubre de 2026, Sección I. Disposiciones generales, pág. 59926 (referencia oficial: Decreto 33/2026).