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BOP de A Coruña · 22 Sep 2026 · 6 vistas

Cee aprueba la jornada de 35 horas semanales para el personal laboral

Por FactBox Admin

Cee aproba a xornada de 35 horas semanais para o persoal laboral

El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Cee aprobó en la sesión del 3 de septiembre de 2026 la modificación del artículo 15 del Convenio Colectivo del Personal Laboral, que fija una jornada de 35 horas semanales y 1.533 horas anuales para los trabajadores municipales. El acuerdo se publicó íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña del 22 de septiembre de 2026, con la referencia oficial 2026/6057, y va firmado por la alcaldesa Margarita Lamela Louzán en Cee, a 16 de septiembre de 2026.

La publicación se realiza al amparo del artículo 38.6 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y del artículo 154.6 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. La modificación afecta al artículo 15 del convenio, dedicado al calendario laboral y a la jornada, y se aplica al conjunto del personal laboral del ayuntamiento.

El texto establece que la duración de la jornada ordinaria del personal a tiempo completo será de 35 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual, respetando en cómputo anual la jornada de mil quinientas treinta y tres (1.533) horas anuales, de conformidad con la normativa básica aplicable al sector público.

Horario continuado y personal a tiempo parcial

  • Horario ordinario: de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, en jornada continuada.
  • Jornadas especiales: podrán establecerse por razón del servicio (turnos, nocturnidad, fines de semana) y se recogerán en el calendario laboral anual.
  • Personal a tiempo parcial: mantiene el horario efectivo de cada puesto, adaptando el porcentaje de jornada a la nueva referencia de 35 horas semanales, con retribuciones y demás derechos proporcionales.

El calendario laboral será el fijado con carácter oficial por la Xunta de Galicia, con las peculiaridades propias del ayuntamiento, aprobado anualmente previa negociación con los representantes del personal y publicado antes del 28 de febrero de cada año.

Servicios externalizados y festivos

En el caso del personal municipal adscrito a servicios prestados mediante contratos administrativos —limpieza viaria, recogida de residuos, escuela infantil u otros—, la jornada ordinaria de referencia será igualmente de 35 horas semanales en cómputo anual. El texto respeta los horarios de servicio y organización interna fijados por la empresa concesionaria y por los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas, así como el régimen de riesgo y ventura y de modificación contractual previsto en la Ley de Contratos del Sector Público.

La norma precisa que la fijación de la jornada de 35 horas no puede, por sí sola, generar derecho a reequilibrio económico ni a compensación a la empresa concesionaria, a menos que se produzca una alteración efectiva de las condiciones de prestación del servicio que lo justifique. Además, el día de Santa Rita se mantiene como festivo a todos los efectos y los días 24 y 31 de diciembre la oficina de registro permanecerá abierta en horario de 9:00 a 13:30 horas.

Tramitación y registro oficial

De acuerdo con el artículo 90 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y con el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, la modificación se remitió a la autoridad laboral competente de la Xunta de Galicia para su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Galicia (REGCON). El depósito quedó registrado con el número 004040, de fecha 7 de septiembre de 2026.

La entrada en vigor de la jornada de 35 horas supone una reducción del tiempo de trabajo respecto de la jornada de referencia anterior y afecta directamente a las condiciones laborales de todo el personal municipal de Cee, tanto del cuadro de personal propio como de los servicios externalizados, además de condicionar la organización de los servicios y el calendario laboral anual del ayuntamiento.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña, 22 de septiembre de 2026, Administración Local (referencia oficial: 2026/6057).