BOP de Lugo · 23 Sep 2026 · 5 vistas
Castro de Rei fija precios y multas de la recarga eléctrica pública
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Castro de Rei fija en 0,30 euros por kilovatio hora (kW·h) el servicio de recarga convencional de vehículos eléctricos y en 0,35 euros por kW·h el de recarga rápida en los puntos situados en la vía pública de los que es titular. La ordenanza que regula este precio público se aprobó con carácter definitivo y se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo núm. 218, del 23 de septiembre de 2026, con la referencia R. 2506. La norma entrará en vigor una vez transcurrido el plazo de quince días que fija el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Aprobación y tramitación
El Pleno del Ayuntamiento de Castro de Rei, en la sesión ordinaria del 17 de julio de 2026, aprobó provisionalmente la Ordenanza reguladora del precio público por el servicio de recarga convencional y rápida de vehículos eléctricos en la vía pública, tramitada con el expediente núm. 669/2026. El anuncio de exposición al público se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 30 de julio de 2026 y, transcurrido el plazo de alegaciones sin que se presentara ninguna, el acuerdo provisional se elevó a definitivo.
La ordenanza se dicta al amparo de los artículos 127 y 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El anuncio va firmado por el alcalde-presidente, Francisco Javier Balado Teijeiro, en Castro de Rei el 17 de septiembre de 2026.
Precios, cortesía y forma de pago
La cuantía se calcula sobre la energía realmente transferida desde el punto de recarga al vehículo, medida en el contador específico instalado al efecto:
- Servicio de recarga convencional: 0,30 €/kW·h más IVA.
- Servicio de recarga rápida: 0,35 €/kW·h más IVA.
- Tarifa por ocupación excesiva del punto de recarga, en ambas modalidades: 0,0826 €/minuto, equivalente a 0,10 €/minuto con IVA incluido.
La tarifa por ocupación excesiva se devengará de forma ininterrumpida las 24 horas del día una vez superado el período de cortesía desde la notificación de finalización de la recarga: 15 minutos en la recarga rápida (DC) y 30 minutos en la convencional (AC). El pago se efectuará antes de comenzar o al finalizar el proceso, según determine el sistema, mediante el medio compatible con la plataforma que se implante. Quedan exentos los vehículos de titularidad municipal por confusión de acreedor y deudor.
Infracciones y sanciones
La ordenanza tipifica las conductas infractoras en tres grados y fija las multas correspondientes:
- Faltas leves: multa de 100 euros. Incluyen ocupar una plaza reservada sin hacer uso de la infraestructura, estacionar ocupando más de una plaza o no recoger el cable tras el uso.
- Faltas graves: multa de 200 euros. Incluyen no retirar el vehículo transcurrida más de una hora en modalidad rápida o más de dos horas en convencional desde el fin de la recarga, o dañar negligentemente el equipo.
- Faltas muy graves: multa de 500 euros y prohibición de uso del punto de recarga durante tres meses. Incluyen el robo o daño intencionado de los elementos, el uso fraudulento del servicio y no identificar al presunto responsable.
El órgano competente para iniciar y resolver el procedimiento sancionador es la Alcaldía o la concejalía en que se delegue, conforme a la Ley 39/2015. Como medida cautelar se prevé la inmovilización o retirada del vehículo, con depósito en lugar autorizado, y cuando la persona infractora no acredite residencia habitual en territorio español el agente fijará provisionalmente la cuantía de la multa.
Vigencia y revisión
La modificación de los precios corresponderá a la Junta de Gobierno, sin perjuicio de revisión dentro del primer mes de cada ejercicio en función del precio de la electricidad. La ordenanza tiene vigencia indefinida hasta su derogación o modificación expresa. Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación.
La entrada en vigor de esta ordenanza supone que los usuarios de los puntos de recarga municipales de Castro de Rei pasan a pagar por un servicio que hasta ahora no tenía tarifa regulada, con una tarifa de ocupación que penaliza dejar el vehículo conectado o estacionado en la plaza reservada. Para los conductores de vehículos eléctricos del municipio, el coste de la recarga queda fijado en 0,30 y 0,35 euros por kW·h, con un régimen sancionador que puede alcanzar los 500 euros y la prohibición de uso durante tres meses.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Lugo, núm. 218, 23 de septiembre de 2026, Concello de Castro de Rei, páx. 2-5 (referencia oficial: R. 2506).