BOP de Pontevedra · 14 Oct 2026 · 15 vistas
Baiona rectifica la Base 14 de las bases de Técnico de Turismo
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Baiona estimó el recurso de reposición interpuesto por María José Pérez Barreiro y rectificó la Base 14 de las bases que rigen el proceso selectivo de Técnico/a de Turismo, alterando el régimen de nombramiento y toma de posesión de los aspirantes. La decisión se materializa en la Resolución de Alcaldía n.º 2026-2657, del 24 de septiembre de 2026, y se publica en el Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra (BOPPO) núm. 198, del 14 de octubre de 2026, dentro de la sección de Administración Local, bajo el epígrafe «Rectificación erro nas bases de Técnico/a de Turismo do Concello de Baiona».
El punto de partida: una errata en la Base 14
Las bases y la convocatoria del proceso selectivo se aprobaron mediante Resolución de Alcaldía del 15 de julio de 2026, publicada en el BOPPO n.º 143, del 29 de julio de 2026. El expediente se tramita con el número 2883/2024, bajo el procedimiento de selecciones de personal y provisiones de puestos, y la plaza convocada es la de Técnico/a Actividades Turísticas, con una fecha de iniciación del 9 de diciembre de 2025.
Contra aquella resolución, María José Pérez Barreiro interpuso recurso de reposición solicitando la revisión y enmienda de una errata advertida en la Base 14. La Alcaldía estimó la petición y declaró la necesidad de rectificar el precepto «para adecuarla a la legalidad y corregir el error detectado».
De funcionario de carrera a personal laboral fijo-discontinuo
El cambio central afecta al título y al contenido de la Base 14. Donde antes se leía «Nombramiento y toma de posesión», ahora figura «Formalización del contrato, llamamiento e incorporación». La consecuencia es un giro en el vínculo jurídico de los aspirantes:
- La relación deja de ser funcionarial: el texto original hablaba de nombramiento entre el alcalde y el aspirante y de la condición de funcionario de carrera.
- La nueva redacción establece la formalización de un contrato de trabajo laboral fijo-discontinuo entre el alcalde del Ayuntamiento de Baiona y la persona seleccionada.
- La condición de personal laboral fijo-discontinuo se adquiere con la superación del proceso selectivo, la formalización del contrato por el órgano competente y el llamamiento oficial con incorporación efectiva al puesto.
- La resolución de contratación se adoptaría en el término de un mes desde la expiración del plazo de veinte días hábiles.
- Hasta la formalización e incorporación, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
- Los propuestos quedan sujetos, en su caso, a las prescripciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Base legal y publicación
La habilitación para la rectificación se apoya en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y en el artículo 214 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. La competencia de la Alcaldía para aprobar las bases y enmendar errores deriva del artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
El anuncio de la formalización del contrato y el primer llamamiento se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Baiona (http://baiona.sedelectronica.gal) y, si procede, en el tablón de anuncios. La resolución también se publica en el BOPPO.
El resto de la convocatoria, intacto
El acuerdo ratifica el resto de los términos, bases y plazos de la convocatoria que no resulten afectados por la modificación, que se mantienen plenamente vigentes y sin alteración. La rectificación se limita, por lo tanto, a la Base 14.
La rectificación tiene un efecto práctico inmediato para las personas que concurren a la plaza: el proceso ya no desembocará en un nombramiento funcionarial, sino en un contrato laboral fijo-discontinuo, con condiciones de llamamiento e incorporación distintas. Para los aspirantes y para el personal municipal, el cambio aclara el régimen jurídico aplicable antes de que se resuelva la selección.
Fuente: BOPPO, núm. 198, 14 de octubre de 2026, Administración Local (referencia oficial: 2026072800).