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Diario Oficial de Galicia · 03 Nov 2026 · 15 vistas

La Xunta aprueba la ampliación del parque empresarial del Corgo en Lugo

Por FactBox Admin

A Xunta aproba a ampliación do parque empresarial do Corgo en Lugo

El Consello da Xunta de Galicia aprobó definitivamente el proyecto de interés autonómico (PIA) de ampliación del parque empresarial de Corgo, en la provincia de Lugo, así como la consiguiente modificación del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento. La decisión, adoptada mediante el Acuerdo del 5 de octubre de 2026, se hace pública por la Resolución del 9 de octubre de 2026 de la Dirección General de Estrategia Industrial y Suelo Empresarial, de la Consellería de Economía e Industria, en el Diario Oficial de Galicia núm. 210, del 3 de noviembre de 2026, con referencia CVE-DOG: tdjcrvs4-k6f6-jku7-eyd2-i9zurupncoi1.

El acuerdo tiene dos pronunciamientos. El primero aprueba definitivamente el PIA al amparo de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia. El segundo aprueba la modificación del PXOM del Ayuntamiento del Corgo conforme a la ordenación del proyecto, invocando los artículos 20.4 y 58.2 de la misma ley. La normativa del proyecto se incorpora como anexo de la resolución y entra en vigor con su publicación, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley 1/2021; el contenido íntegro está disponible en el Registro de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Xunta.

Un sector de 201.704 metros cuadrados con un polígono único

La norma fija la superficie total del sector en 201.704 m² y delimita un polígono único de actuación, cuya ejecución se prevé en una sola etapa. El sistema de actuación elegido es el de expropiación, lo que implica que la Administración asume la obtención de los terrenos para posteriormente urbanizarlos y cederlos.

El ámbito se ordena en cuatro zonas, cada una con una ordenanza propia:

  • Ordenanza 1ª (O-1): edificación de uso industrial y/o terciario.
  • Ordenanza 2ª (O-2): zonas verdes y espacios libres, con zonas de reserva.
  • Ordenanza 3ª (O-3): equipamientos.
  • Ordenanza 4ª (O-4): vías y aparcamientos.

Según el proyecto, las zonas de reserva previstas en la O-2 podrán reordenarse para usos industriales en caso de proyectarse una nueva ampliación del parque, siempre que se mantenga la integración paisajística.

Quince metros de altura y una vivienda por parcela

En la zona industrial y terciaria se establece un frente mínimo de parcela de 14 metros, retranqueos de 3 metros al lindero de fondo y lateral —que pueden ser cero en parcelas medianeras o inferiores a 1.000 m²— y retranqueos laterales de 5 metros cuando se linda con zonas verdes. La altura máxima de cornisa se fija en 15 metros, con un máximo de dos plantas (bajo más una), ampliable mediante estudio de detalle justificado por las necesidades del proceso productivo.

El aparcamiento dentro de parcela se exige en proporción de una plaza por cada 142 m² construidos. Se admite una única vivienda de 150 m² como máximo por parcela edificable de 5.000 m² o más, destinada exclusivamente al personal de vigilancia y conservación. En la zona de equipamientos la ocupación máxima es del 70 % de la superficie neta y la altura máxima de cornisa de 9 metros.

El uso característico es el industrial en todas las categorías —producción, artesanía, talleres de automoción, almacenaje y servicios empresariales—, con usos terciario, dotacional y residencial como permitidos y una lista cerrada de actividades incompatibles, que excluye plantas de hormigón, asfálticas, químicas, siderúrgicas o de celulosa.

Nueva depuradora y cruces con la A-6 y la N-VI

El proyecto obliga a tramitar las autorizaciones de vertido para una nueva estación depuradora de aguas residuales (EDAR) y una nueva balsa de tratamiento de pluviales, que deberán situarse detrás de la línea límite de edificación definida por la Ley 37/2015 para la autovía A-6. Los cruces con las carreteras A-6 y N-VI se ejecutarán mediante hincado o perforación mecánica, estando prohibida la excavación a cielo abierto, y las tuberías quedarán a una cota mínima de 2,10 metros.

En el entorno de la carretera autonómica LU-P-1611 será necesario solicitar las autorizaciones específicas. Una vez recibidas las obras, se constituirá una entidad urbanística de conservación integrada por los titulares de las parcelas, que asumirá el mantenimiento durante un plazo máximo de 10 años.

El proyecto exige además una red separativa de saneamiento, abastecimiento con una dotación mínima de 0,5 litros por segundo y hectárea, iluminación pública soterrada con 20 lux de media en vías y una red común de telecomunicaciones capaz de dar servicio a más de un operador.

Impacto para la comarca

La aprobación desbloquea la transformación en suelo industrial de más de veinte hectáreas en la comarca luguesa y activa el mecanismo expropiatorio sobre los terrenos afectados, lo que afecta directamente a los propietarios incluidos en el polígono. Para las empresas interesadas en el parque, la publicación fija ya las reglas completas de edificación, usos y servicios a las que deberán ajustarse los proyectos constructivos y de urbanización.


Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 210, 3 de noviembre de 2026, sección III (Outras disposicións), páx. 55117 (referencia oficial: CVE-DOG: tdjcrvs4-k6f6-jku7-eyd2-i9zurupncoi1).