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BOP de A Coruña · 28 Oct 2026 · 6 vistas

La construcción de La Coruña fija 228 días laborables para 2027

Por FactBox Admin

A construción da Coruña fixa 228 días laborables para 2027

La comisión paritaria del convenio colectivo de la construcción de la provincia de La Coruña aprobó por unanimidad el calendario laboral para 2027, que establece 228 días de trabajo anuales y 1.736 horas efectivas. El acuerdo se firmó el 14 de octubre de 2026 en la sede de APECCO y lo publicó el Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña en el número 206 del 28 de octubre de 2026, bajo el número de anuncio 2026/6916. La entrada en vigor está fijada para el 1 de enero de 2027.

La publicación oficial la fija el Departamento Territorial de La Coruña, dependiente de la Consellería de Empleo, Comercio e Emigración de la Xunta de Galicia, a través de una resolución de inscripción y publicación firmada por el director territorial, Juan José Couce Prego, el 21 de octubre de 2026. El acuerdo entró en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (REGCON) el 16 de octubre de 2026, con el código de convenio 15000395011982.

La resolución apoya su competencia en el Real decreto legislativo 2/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en el Decreto 147/2024, que establece la estructura orgánica de la consellería. El texto también ordena la remisión del acuerdo al boletín provincial para su publicación.

Once festivos de convenio y una jornada de 1.736 horas

El calendario parte de un total de 365 días, a los que se descuentan 50 sábados, 52 domingos, 9 festivos nacionales, 3 festivos de la comunidad autónoma, 2 festivos locales y 21 días de vacaciones anuales, lo que da los 228 días de trabajo. Sobre esa base, y tras aplicar 11 días de adaptación al convenio nacional (FC-8), la jornada queda en 217 días y 1.736 horas efectivas de trabajo.

Las partes pactaron como festivos propios del sector en 2027 las siguientes fechas:

  • 4 y 5 de enero.
  • 8 y 9 de febrero.
  • 22, 23 y 24 de marzo.
  • 11 de octubre.
  • 7, 24 y 31 de diciembre.

Estos días, identificados como FC-8, tienen tratamiento de festivo para dar cumplimiento al artículo 67 del Convenio General del Sector de la Construcción, pero no pierden su carácter laboral para futuros convenios. La leyenda del calendario detalla también 9 festivos nacionales, 3 autonómicos y 2 locales, y un cómputo de 30 días naturales de vacaciones.

Reglas de traslado de festivos y límites de aplicación

El acuerdo establece que los festivos locales serán los que determine el calendario de fiestas publicado en el propio Boletín Oficial de la Provincia de La Coruña. Cuando un festivo local coincida con un festivo de convenio (FC-8) o con un sábado, se trasladará al día laborable anterior. Además, los días FC-8 que caigan dentro del período vacacional no se contabilizarán como vacaciones.

El calendario será de aplicación en aquellas empresas que no tengan establecido su propio calendario laboral conforme al artículo 67.4 del Convenio General del Sector de la Construcción. Si el convenio nacional fija una jornada distinta o se produce una modificación legal en materia de jornada, ambas partes se comprometen a adecuar el calendario a la jornada efectivamente pactada o a la nueva normativa.

El documento recuerda, en su última nota, que en caso de temperaturas extremas debe cumplirse el protocolo que regula la aplicación del RD 4/2023, aprobado por la comisión negociadora del convenio estatal el 4 de julio de 2023.

APECCO, UGT y CCOO validan el texto

El acta de la reunión recoge la asistencia de las representaciones empresarial y sindical que suscribieron el acuerdo, celebrado a las 13,00 horas del 14 de octubre en los locales de APECCO:

  • Por APECCO: Eva Gómez Portela, Ignacio Tuñón Gurrea, Jorge Fernández-Chao (asesor) y Miguel García Eiroa (secretario).
  • Por UGT: Santiago González Andión.
  • Por CCOO: Alba Camañez Fariñas y Ricardo Santos Reiriz.

Las partes acordaron delegar en el personal habilitado por el Consello Galego de Relacións Laborais los trámites de registro y publicación del acuerdo y cuantas gestiones sean necesarias ante la autoridad laboral, y que firme una sola persona por cada parte.

El calendario afecta a todas las empresas de la construcción y de las obras públicas de la provincia que no dispongan de un calendario propio, de modo que marca ya las fechas de cierre de obra, los turnos y la planificación de contratos para el próximo ejercicio. La fijación de 1.736 horas efectivas da a las empresas una referencia común para calcular nóminas, horas extras y vacaciones durante todo 2027.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia da Coruña, número 206, 28 de octubre de 2026, Administración Autonómica, págs. 1-3 (referencia oficial: 2026/6916).