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BOP de Ourense · 05 Oct 2026 · 23 vistas

Xunqueira de Ambía aprueba las nuevas tarifas de la piscina municipal

Por FactBox Admin

Xunqueira de Ambía aproba as novas tarifas da piscina municipal

El Ayuntamiento de Xunqueira de Ambía aprobó definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal nº 10, reguladora de la tasa por casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos. El acuerdo, tramitado bajo el expediente 242/2025, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense (BOP) del 5 de octubre de 2026, con la referencia de registro R. 2.225. La norma fija las nuevas tarifas de entrada y abonos de la piscina municipal e introduce bonificaciones para familias numerosas y personas con discapacidad.

La modificación fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión del 6 de junio de 2025 y sometida a información pública mediante anuncio en el BOP nº 124, del 1 de julio de 2025. La ordenanza se fundamenta en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en los artículos 15 a 19 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales.

Según el texto publicado, están obligados al pago de la tasa todos los que se beneficien de los servicios o actividades prestados por el Ayuntamiento en el ámbito de la piscina y las instalaciones deportivas. La obligación de pago nace desde el momento en que se presta el servicio.

Tarifas de entrada a la piscina

El artículo 3 de la ordenanza fija la cuantía de la tasa en la siguiente tarifa de entrada:

  • Personas mayores de 16 años: 3,00 €
  • Menores de 16 años hasta 4 años: 2,00 €
  • Menores de 3 años: no pagan

Abonos de temporada

Los abonos se distinguen según el empadronamiento en el Ayuntamiento:

  • Mayores de 16 años empadronados: 20 €
  • Menores de 16 años hasta 4 años empadronados: 12 €
  • Abono de carácter familiar empadronados: 30 €
  • Mayores de 16 años no empadronados: 30 €
  • Menores de 16 años no empadronados: 20 €
  • Abono de carácter familiar no empadronados: 50 €

Bonificaciones para familias numerosas y personas con discapacidad

  • Familias numerosas registradas como tales, presentando el carné familiar: 45 € para no empadronados y 25 € para empadronados.
  • Bonificación del 40% para los bonos familiares, para personas registradas en cualquier padrón tributario del Ayuntamiento.
  • Bonificación del 50% de los bonos para personas con discapacidad, que deberán presentar el certificado correspondiente.

Pago, acceso y entrada en vigor

El pago individual de la tasa se efectúa en el momento de entrar al recinto. Los usuarios del bono deben formalizarlo con anterioridad en las oficinas del Ayuntamiento, en horario de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes, y presentarlo cada vez que accedan a las piscinas municipales.

La ordenanza considera “familia” a los cónyuges, convivientes o pareja de hecho y a sus hijos e hijas que sean estudiantes hasta los 25 años, siempre que no trabajen. La norma entrará en vigor una vez publicada en el BOP y transcurrido el plazo al que se refiere el artículo 70.2, en relación con el 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

La actualización de las tarifas y la incorporación de bonificaciones condicionan directamente el coste del acceso a las piscinas municipales para los vecinos de Xunqueira de Ambía y para los usuarios de fuera del municipio, y establecen un trato diferenciado para las familias numerosas y las personas con discapacidad.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense (BOP), 5 de octubre de 2026, sección IV. Entidades locales (referencia oficial: R. 2.225, expediente 242/2025).