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Moniteur Belge · 17 Sep 2026 · 14 vistas

Valonia: los beneficiarios de la renta de integración deberán inscribirse en el FOREm

Por FactBox Admin

Wallonie : les bénéficiaires du revenu d'intégration devront s'inscrire au FOREm

El Gobierno valón ha publicado en el Moniteur belge del 17 de septiembre de 2026 la orden del 27 de agosto de 2026 que ejecuta el decreto del 19 de diciembre de 2025 sobre la activación de los beneficiarios de la renta de integración. El texto, referenciado como [C − 2026/006695] y publicado en la página 50582, impone a estos beneficiarios inscribirse como demandantes de empleo ante el FOREm en un plazo de cuatro semanas a partir de la notificación de la concesión. La orden entró en vigor el 1 de septiembre de 2026.

La orden fue adoptada en Namur el 27 de agosto de 2026, a propuesta del Ministro de Empleo, y firmada por el Ministro-Presidente A. Dolimont y el Ministro de Economía, Industria, Empleo, Formación, Investigación y Digitalización P.-Y. Jeholet. Ejecuta el decreto del 19 de diciembre de 2025 y se articula con el decreto del 29 de abril de 2024 relativo a la concesión de subvenciones a los CPAS en el marco de la inserción laboral de los beneficiarios del derecho a la integración social.

El expediente contó con varios dictámenes:

  • el dictamen del Inspector de Finanzas, del 4 de diciembre de 2025;
  • el acuerdo del Ministro de Presupuesto, del 18 de diciembre de 2025;
  • el dictamen del Comité de Gestión del FOREm, del 9 de febrero de 2026;
  • el dictamen n° 58/2026 de la Autoridad de Protección de Datos, del 27 de marzo de 2026;
  • el dictamen 79.467/17 del Consejo de Estado, del 13 de julio de 2026;
  • los dictámenes del Consejo Económico, Social y Ambiental de Valonia (19 de enero de 2026) y de la Federación de los CPAS (21 de enero de 2026).

La inscripción y su control por el CPAS

Entre la investigación social y la notificación de la decisión de concesión, el CPAS informa al beneficiario de su obligación de inscribirse como demandante de empleo ante el FOREm en el plazo de cuatro semanas. La inscripción es realizada por el propio beneficiario, a través de los canales puestos a disposición por el FOREm en virtud del decreto del 12 de noviembre de 2021.

Al vencimiento del plazo, el CPAS verifica la inscripción consultando el expediente único del demandante de empleo. Si constata que el beneficiario no se ha inscrito, se pone en contacto con él para recordarle el carácter obligatorio del trámite e informarle de la posibilidad de regularizar su situación, y posteriormente notifica al FOREm que el interesado está sujeto a la obligación de inscripción.

FOREm o CPAS: quién acompaña al beneficiario

El FOREm abre al CPAS un acceso al expediente único que le permite verificar la inscripción, designar el organismo encargado del acompañamiento, registrar las acciones que competen a su ámbito y consultar la totalidad de las acciones realizadas.

  • El CPAS registra el organismo encargado del acompañamiento a más tardar tres meses después de la decisión de concesión.
  • En caso de empleabilidad muy baja, el CPAS es designado automáticamente.
  • Si el beneficiario se ha inscrito en el marco del artículo 4, párrafo 6, del decreto, el FOREm es designado automáticamente.
  • A falta de registro, el FOREm envía un primer recordatorio a más tardar diez días antes del vencimiento, y posteriormente un segundo recordatorio; siete días después de este segundo recordatorio, el CPAS es registrado automáticamente como encargado del acompañamiento social.

Exenciones, contratos y fin de los convenios

Se consideran «personas trabajadoras» y quedan exentas de la inscripción aquellas personas que ejerzan una actividad profesional, aunque sea a tiempo parcial, que no dé derecho a un complemento de la renta de integración en el sentido del artículo 10 de la ley del 26 de mayo de 2002.

Para los contratos celebrados sobre la base de los artículos 60, § 7, o 61 de la ley del 8 de julio de 1976, el CPAS asegura el acompañamiento social durante la vigencia del contrato y prepara la transferencia hacia el FOREm, que implementa un itinerario hacia el empleo en los tres últimos meses. Los convenios de colaboración o cooperación celebrados entre el FOREm y los CPAS sobre la base del artículo 18, § 2, del decreto del 12 de noviembre de 2021 se extinguirán progresivamente, a más tardar el 31 de diciembre de 2026.

Informe anual y concertación

El FOREm redacta un informe anual basado prioritariamente en el expediente único del demandante de empleo y en los flujos del Banco Carrefour de la Seguridad Social y del Banco Carrefour de Intercambio de Datos. El primer informe se elaborará en 2028 y versará sobre el año 2027; será publicado en los sitios web del FOREm y de la Federación representativa de los CPAS. La concertación estratégica y táctica entre el FOREm y la Federación de los CPAS tendrá lugar al menos dos veces al año; la concertación operativa local, al menos una vez al año.

El decreto deroga asimismo el artículo 13, § 1, párrafo 2, del decreto del Gobierno valón del 6 de junio de 2024. Para los CPAS valones y los beneficiarios de la renta de integración, el plazo es inmediato: la inscripción en el FOREm es ahora una condición verificada en el expediente único, y el primer informe público, en 2028, indicará cuántas personas han cumplido con ella.

Fuente: Boletín Oficial Belga del 17 de septiembre de 2026, decreto del Gobierno valón del 27 de agosto de 2026, [C − 2026/006695], p. 50582.