Narodne novine · 26 Oct 2026 · 4 vistas
El Tribunal Administrativo Superior ha anulado la decisión del consejo de Zadar sobre la recogida de residuos urbanos
Por FactBox Admin

El Tribunal Administrativo Superior de la República de Croacia ha anulado la Decisión sobre la derogación de la Decisión sobre la modalidad de prestación del servicio público de recogida de residuos urbanos en el área de la Ciudad de Zadar, adoptada por el Consejo Municipal de la Ciudad de Zadar el 27 de noviembre de 2024. La sentencia con número de expediente Usoz-20/2025-4 del 30 de septiembre de 2026 fue publicada en el Narodne novine n.º 122/2026 del 26 de octubre de 2026, bajo la referencia oficial 1462, junto con el voto particular de la jueza Dra. sc. Sanja Otočan (número de expediente Usoz-20/2025-8).
El procedimiento de revisión de la legalidad del acto general fue iniciado por el Ministerio de Protección Ambiental y Transición Verde (OIB 59951999361, Slavonska avenija 6, Zagreb). El Consejo decidió en la sesión celebrada el 30 de septiembre de 2026, integrada por:
- Blanša Turić, presidenta del consejo
- Dra. sc. Sanja Otočan, miembro del consejo
- Senka Orlić-Zaninović, miembro del consejo
- Snježana Horvat-Paliska, miembro del consejo
- Kristina Senjak Krunić, miembro del consejo
- la asesora judicial superior Ivana Mamić Vuković, secretaria
Qué había sido derogado por la decisión impugnada
La decisión impugnada constaba de dos artículos. El primero derogaba la Decisión sobre la modalidad de prestación del servicio público de recogida de residuos urbanos en el área de la Ciudad de Zadar, adoptada el 26 de marzo de 2024 en la 27.ª sesión del Consejo Municipal de la Ciudad de Zadar (»Glasnik Grada Zadra« 5/24), y basada en el artículo 66, párrafo 1, de la Ley de Gestión de Residuos (»Narodne novine«, 84/21 y 142/23) y el artículo 27 del Estatuto de la Ciudad de Zadar.
En el segundo artículo, se instaba al Departamento Administrativo competente y a la Dirección de la empresa Čistoća d.o.o. a elaborar urgentemente una decisión adecuada sobre la modalidad de prestación del servicio público, »con el fin de prevenir la discriminación por edad, patrimonio y cualquier otra, así como la injusticia colectiva causada por la aplicación arbitraria de la Decisión actual«. La decisión impugnada tiene la clase 351-01/23-01/75 y el número urbano 2198-1-01-24-13, y fue publicada en el »Glasnik Grada Zadra« 17/24.
Por qué el tribunal determinó que la decisión no era legal
El tribunal consideró que la solicitud estaba fundamentada. La razón principal es de naturaleza formal-jurídica: la decisión impugnada fue adoptada »únicamente sobre la base de una disposición estatutaria, y sin la aplicación correspondiente del derecho sustantivo«, por lo que, según el criterio del tribunal, no fue adoptada sobre una base legal válida y, por lo tanto, es ilegal. El tribunal se remitió a su propia jurisprudencia, según la cual una disposición estatutaria por sí sola no puede ser la base para la adopción de un acto general, de lo que se deduce que un acto general solo puede ser modificado, complementado o derogado mediante el mismo procedimiento por el cual fue adoptado.
La decisión fue anulada basándose en el artículo 162, párrafo 3, de la Ley de Procedimientos Administrativos (»Narodne novine«, 36/24 y 39/26). De acuerdo con el párrafo 4 del mismo artículo, el acto anulado deja de tener vigencia el día de la publicación de la sentencia en el »Narodne novine«, es decir, el 26 de octubre de 2026.
Objeciones del ministerio y antecedentes de la disputa
El solicitante indicó en su solicitud que la anulación de la decisión sobre la recogida de residuos, sin que fuera sustituida simultáneamente por otra decisión de este tipo, es contraria al propósito del sistema de recogida de residuos municipales y al interés público establecido en la Ley de Gestión de Residuos. Asimismo, invocó las disposiciones de la Ley de Protección al Consumidor y la Ley del Derecho de Acceso a la Información.
De la documentación presentada por el alcalde de la Ciudad de Zadar, según indica el solicitante, se desprende que la razón principal de la adopción del acto impugnado fue el descontento provocado por el aumento de precios del proveedor del servicio público, la empresa Čistoća d.o.o. de Zadar. También se incluyeron en el expediente los siguientes actos complementarios:
- Decisión del alcalde de la Ciudad de Zadar, clase 351-01/23-01/75, núm. de registro 2198-1-02-24-16 del 4 de diciembre de 2024, mediante la cual se suspendió la aplicación de la decisión impugnada
- Decisión del órgano central de la administración estatal competente en materia de autogobierno local, clase 04001/24-02/449, núm. de registro 514-09-2-25-2 del 17 de enero de 2025, mediante la cual se confirmó que la decisión anterior estaba fundamentada
- notificación al solicitante del 18 de diciembre de 2024.
El Consejo Municipal de la Ciudad de Zadar, a pesar de haber sido debidamente convocado, no presentó ninguna declaración sobre las alegaciones de la solicitud.
Voto particular de la jueza Otočan
La jueza dra. sc. Sanja Otočan emitió un voto particular en el que no coincide con la mayoría. Según su criterio, la ilegalidad no deriva del hecho de que en el preámbulo de la decisión no se haya indicado la base jurídica material, ya que la autoridad del órgano representativo emana de la Constitución y las leyes, y no del preámbulo de un acto general. Considera que la facultad de adoptar un acto general incluye también la facultad de anular un acto anterior del mismo emisor, independientemente de que exista una disposición legal específica que lo permita expresamente, y que la omisión de la disposición jurídica material en el preámbulo no resultó en la ilegalidad de la decisión impugnada.
Qué significa la sentencia para los usuarios del servicio público en Zadar
La sentencia ha eliminado el efecto jurídico de la decisión mediante la cual el Consejo Municipal de la Ciudad de Zadar, en noviembre de 2024, suprimió totalmente el marco para la prestación del servicio público de recogida de residuos municipales en su territorio, sin sustituirlo simultáneamente por uno nuevo. De este modo, la cuestión de la organización y el precio del servicio público mínimo obligatorio vuelve a recaer sobre los órganos municipales de Zadar, que deberán decidir si regulan dicho servicio y de qué manera, de acuerdo con la Ley de Gestión de Residuos. Para los ciudadanos de Zadar, la sentencia es directamente relevante ya que afecta al precio y la disponibilidad de un servicio que, como se indica en la sentencia, es de interés para la República de Croacia y se lleva a cabo para evitar riesgos para la salud humana y la contaminación del medio ambiente.
Fuente: Narodne novine, boletín oficial de la República de Croacia, núm. 122/2026 del 26 de octubre de 2026, documento núm. 1462: Sentencia del Tribunal Administrativo Superior de la República de Croacia, número de expediente Usoz-20/2025-4 del 30 de septiembre de 2026, y Voto particular de la jueza, número de expediente Usoz-20/2025-8, págs. 13–16.