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Boletín Oficial de Cantabria · 06 Nov 2026 · 11 vistas

Valdecilla convoca por comisión un puesto singularizado con baremo objetivo

Por FactBox Admin

Valdecilla convoca por comisión un puesto singularizado con baremo objetivo

El Servicio Cántabro de Salud ha convocado la cobertura temporal, mediante comisión de servicios, de un puesto singularizado en la Gerencia de Atención Especializada Área I: Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. La resolución se publica en el Boletín Oficial de Cantabria número 214, de 6 de noviembre de 2026, en la sección 2.2 (Cursos, oposiciones y concursos), con la referencia oficial CVE-2026-8644. El documento está firmado en Santander el 29 de octubre de 2026 por el director gerente del organismo, Luis Miguel Carretero Alcántara.

La convocatoria no es un trámite aislado, sino la consecuencia directa de una resolución del consejero de Salud de 19 de febrero de 2026, dictada en vía de recurso de alzada, que fijó criterios interpretativos para la provisión de puestos singularizados mediante comisión de servicios. Ese pronunciamiento estableció que estos procedimientos deben articularse mediante sistemas de valoración objetiva de méritos previamente determinados, y no mediante designación discrecional.

El marco normativo invocado es el artículo 51 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que reserva el concurso específico de méritos como forma ordinaria de provisión de estos puestos. La cobertura temporal por comisión se admite solo con causas justificadas y con respeto a los requisitos y límites legales, de modo que, si la provisión ordinaria exige un baremo previo para ordenar a los aspirantes, la vía temporal debe incorporar igualmente criterios objetivos. Ante la falta de regulación específica en el servicio autonómico de salud, la resolución se remonta al artículo 2.2 de la Ley 9/2010 —equivalente al artículo 2.2 de la Ley 55/2003— para aplicar supletoriamente los principios de la función pública autonómica.

El puesto convocado y el mérito exigido

El Anexo I de la resolución describe un único puesto, de carácter vacante, con estas características:

  • Denominación: Jefe/a de grupo.
  • Clasificación: grupo/subgrupo C/C1/C2.
  • Nivel de complemento de destino: 18.
  • Información adicional: Gestión Económica.
  • Mérito específico: experiencia de al menos seis meses en facturación de asistencia sanitaria a terceros obligados al pago.

La convocatoria se acoge al artículo 5.3.i) de la Ley 9/2010. Podrán participar el personal estatutario fijo que esté en servicio activo en su categoría, que reúna los requisitos de desempeño descritos en la plantilla orgánica de la Gerencia y que acredite, durante seis o más meses continuados en servicio activo, el cumplimiento del mérito específico del puesto.

Quince días hábiles y baremo de la función pública

Las solicitudes, formalizadas en el modelo del Anexo II y dirigidas al director gerente del Servicio Cántabro de Salud, se presentarán en el registro de la Dirección Gerencia o en el de la Gerencia de Atención Especializada Área I: Hospital Universitario Marqués de Valdecilla, además de por las vías del artículo 134.8 de la Ley 5/2018 y del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOC.

Los méritos se valoran a la fecha de fin del plazo, conforme al baremo del Anexo IV, que reproduce los criterios de la Orden PRE/49/2021, de 11 de junio:

  • Áreas funcionales transversales coincidentes: 0,05 puntos por mes, máximo 3.
  • Áreas funcionales específicas totalmente coincidentes: 0,2 puntos por mes, máximo 12.
  • Áreas específicas parcialmente coincidentes: 0,1 puntos por mes, máximo 6.
  • Nivel de complemento de destino: 4 puntos si es superior, 3 si es igual, 2 si es inferior hasta tres niveles y 1 si baja más de tres niveles.
  • Servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud: 0,2 puntos por año completo, máximo 4.
  • Participación desde puestos de la misma Consejería: 2 puntos.

El baremo se aplica sobre los cinco años inmediatamente anteriores al cierre del plazo y los periodos inferiores al mes no se valoran; los empates se resuelven por el orden de las letras del baremo y, en último término, por el orden alfabético derivado del sorteo vigente.

Corrección funcional del concepto de área

La principal dificultad técnica que aborda la resolución es que el personal estatutario carece de una clasificación formal de sus puestos en áreas funcionales, equivalentes a la relación de puestos de trabajo. Para que el mérito no resulte inaplicable ni arbitrario, la base cuarta establece una interpretación funcional: la coincidencia se determina por la correspondencia entre las funciones efectivamente desempeñadas y las áreas definidas en el baremo, con referencia al Decreto 2/1989, de 31 de enero. La acreditación se hará mediante certificación de la dirección gerencia del centro con las funciones y los periodos ejercidos.

Publicación de resultados, toma de posesión y recursos

Concluida la valoración, la relación de admitidos y excluidos con puntuación se publicará en www.scsalud.es, con diez días para alegaciones. La relación definitiva priorizada se publicará en el BOC. La resolución definitiva se dictará en un máximo de tres meses desde el día siguiente a la convocatoria y el puesto podrá declararse desierto si no hay candidatos idóneos. El adjudicatario cesará en su plaza en tres días hábiles y tomará posesión en otros tres, con reserva del puesto de origen y retribuciones del puesto desempeñado. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el consejero de Salud en el plazo de un mes.

El mismo número del BOC incluye, con referencia CVE-2026-8646, una corrección de errores del anuncio publicado el 28 de octubre de 2026 (BOC número 207): se elimina la mención “(suministros)” en la clasificación C/C1/C2 del Anexo I y se reabre el plazo de 15 días hábiles para solicitar aquella convocatoria.

La convocatoria importa al conjunto del personal estatutario de Cantabria porque consolida un estándar: la cobertura temporal de puestos singularizados deja de depender de la libre designación y queda sometida a puntuación verificable, con un precedente que puede extenderse a futuras comisiones de servicios en el Servicio Cántabro de Salud.


Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, número 214, de 6 de noviembre de 2026, 2.2 Cursos, oposiciones y concursos, pág. 56536 (referencia oficial: CVE-2026-8644).