Narodne novine · 23 Oct 2026 · 3 vistas
El Tribunal Constitucional ha sentenciado que WWW Press reciba una indemnización de unos 110 euros tras cuatro años de litigio
Por FactBox Admin

El Tribunal Constitucional de la República de Croacia ha admitido la demanda constitucional de la sociedad mercantil WWW PRESS d. o. o. de Zagreb y ha determinado que se ha vulnerado su derecho a un proceso en un plazo razonable, garantizado por el artículo 29, párrafo 1, de la Constitución. La Decisión y la Resolución número U-IIIA-730/2026 del 16 de septiembre de 2026 fueron publicadas en el Narodne novine n.º 121 del 23 de octubre de 2026. La decisión fue adoptada por unanimidad por la Primera Cámara de Decisiones sobre Demandas Constitucionales, presidida por la jueza Sanja Bezbradica Jelavić.
Disputa por 110,40 euros de residuos municipales
El procedimiento se inició mediante una solicitud de ejecución presentada el 15 de febrero de 2022 por el ejecutante Zagrebački holding d. o. o., Sucursal Čistoća, para la liquidación de una deuda monetaria de 110,40 euros por la recogida de residuos municipales para el periodo comprendido entre abril de 2020 y marzo de 2021. El notario público dictó el 7 de marzo de 2022 la resolución de ejecución número Ovrv-272/2022, la cual, tras la objeción del ejecutado, fue anulada mediante resolución del Tribunal Civil Municipal de Zagreb el 5 de julio de 2022, por lo que el procedimiento continuó como un litigio civil relativo a la objeción contra la orden de pago bajo el número Povrv-1003/2022.
El demandante fue representado en el procedimiento ante el Tribunal Constitucional por Luka Matković, abogado en Zagreb, y la sociedad tiene su sede en Zagreb, Pavla Hatza 3. La demanda constitucional fue presentada el 25 de febrero de 2026.
Cuatro años y seis meses sin una decisión firme
El Tribunal Constitucional examinó el periodo comprendido desde la emisión de la resolución de ejecución el 7 de marzo de 2022 hasta la fecha de su propia decisión el 16 de septiembre de 2026, y determinó que el procedimiento ha durado cuatro años, seis meses y diez días, y aún no ha concluido formalmente. Ante el tribunal de primera instancia, además de la audiencia preparatoria, solo se llevó a cabo una audiencia para el juicio principal, y la sentencia de primera instancia fue dictada el 28 de marzo de 2025, dos años y ocho meses después de la anulación de la ejecución.
El Tribunal consideró que no se trata de un caso complejo y que el demandante no contribuyó a la prolongación del procedimiento. En el momento de la decisión, el expediente se encontraba ante el Tribunal del Condado de Zagreb bajo el número Gž-2857/2025, donde fue remitido con un informe adjunto el 27 de junio de 2025 para la decisión sobre el recurso interpuesto el 28 de abril de 2025.
Antes de la demanda constitucional, el demandante utilizó la solicitud de protección del derecho a un proceso en un plazo razonable, la cual fue denegada mediante resolución del presidente del Tribunal del Condado de Zagreb número Su-Gzp-215/2024-7 del 28 de febrero de 2025, y dicha resolución fue confirmada por el Tribunal Supremo mediante resolución número Gžzp-173/2025-3 del 12 de febrero de 2026.
Lo que prescribe el fallo de la decisión
El fallo de la decisión contiene las siguientes obligaciones y derechos:
- se admite la demanda constitucional;
- el Tribunal Comarcal de Zagreb deberá dictar una resolución en el asunto Gž-2857/2025 en el plazo más breve posible, pero no superior a tres meses contados a partir del primer día posterior a la publicación de la decisión en el Boletín Oficial (Narodne novine);
- se concede al demandante una indemnización adecuada por la vulneración del derecho a un proceso en un plazo razonable por un importe de 150,00 euros;
- la indemnización se abonará con cargo al presupuesto estatal en un plazo de tres meses a partir de la presentación de la solicitud ante el Ministerio de Justicia, Administración y Transformación Digital;
- el presidente del Tribunal Comarcal de Zagreb deberá remitir al Tribunal Constitucional una notificación escrita sobre las fechas de adopción y envío de la resolución en un plazo de ocho días a partir de su envío, y a más tardar ocho días después de la expiración del plazo indicado en el punto II del fallo.
El Consejo estaba compuesto, además de la presidenta, por cinco jueces: Andrej Abramović, Dražen Bošnjaković, Biljana Kostadinov, Maša Marochini Zrinski y Miroslav Šumanović.
Costas del procedimiento constitucional denegadas
Mediante resolución, el Tribunal Constitucional desestimó la solicitud del demandante para el reembolso de las costas del procedimiento ante el Tribunal Constitucional. El Tribunal recordó la postura adoptada en la decisión número U-III-3686/2019 del 20 de diciembre de 2022, según la cual no se examinarán en el fondo las solicitudes de reembolso de costas que no estén justificadas y respaldadas por la documentación correspondiente, y en el presente caso dicha documentación no fue presentada.
La decisión es significativa ya que demuestra que el Tribunal Constitucional, incluso en disputas con importes monetarios relativamente bajos, constata la vulneración del derecho a un proceso en un plazo razonable y establece un plazo para el tribunal de segunda instancia, lo que sirve de guía para las partes en numerosos asuntos ejecutivos y contenciosos similares iniciados a raíz de objeciones contra órdenes de pago.
Fuente: Narodne novine, boletín oficial de la República de Croacia, n.º 121 del 23 de octubre de 2026, Decisión y Resolución del Tribunal Constitucional de la República de Croacia número U-IIIA-730/2026 del 16 de septiembre de 2026.