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BOP de Sevilla · 22 Oct 2026 · 1 vistas

Tracción Rail firma su convenio de empresa con vigencia hasta 2029

Por FactBox Admin

Tracción Rail firma su convenio de empresa con vigencia hasta 2029

El Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla publica este jueves, en su número 205 correspondiente al 22 de octubre de 2026, el texto íntegro del convenio colectivo de empresa de Tracción Rail, S.A.U., la operadora ferroviaria con centro de trabajo en la capital hispalense. El acuerdo lo suscriben la Dirección de la compañía y el Comité de Empresa, que integran la comisión negociadora y se reconocen legitimación mutua conforme al artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores. El documento, de 46 páginas, aparece en la sección de Administración Autonómica con la referencia oficial BOP-SE-2026-205032.

Ámbito reducido a Sevilla y vigencia hasta 2029

El convenio se aplica al único centro de trabajo de la empresa, situado en Sevilla, y a las personas adscritas a él y a sus distintos emplazamientos operativos. Las partes hacen constar expresamente que no resulta de aplicación a Tracción Rail ningún convenio colectivo sectorial, de modo que el texto se configura como un conjunto unitario e indivisible.

La vigencia arranca el día de la firma y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2029, prorrogándose por periodos de un año natural si no media denuncia expresa, que deberá presentarse antes del último mes de vigencia. Quedan excluidos del ámbito del convenio el personal de alta dirección, alto gobierno o consejo y quienes, desempeñando funciones de mando, hayan pactado individualmente su exclusión.

El texto crea una Comisión Paritaria de interpretación y seguimiento, integrada por tres representantes de la empresa y tres de la sección sindical del comité, con obligación de resolver en un plazo de 30 días. En caso de desacuerdo, las partes podrán acudir a la mediación del sistema andaluz de solución extrajudicial de conflictos (ASAC).

Jornada, vacaciones y descansos

La jornada máxima general se fija en 1.736 horas anuales, equivalentes de forma indicativa a un promedio de 40 horas semanales, con prestación ordinaria de lunes a domingo. Las horas extraordinarias se limitan a 80 al año por persona trabajadora y se abonan según tablas.

Para el personal de conducción, la jornada efectiva anual queda en 215 jornadas en 2026 y 213 a partir de 2027, con jornada diaria de ocho horas ampliable hasta diez cuando concurran tiempos de espera o de viajeros. El exceso sobre la octava hora se considera hora de mayor dedicación.

  • Vacaciones: mínimo de 22 días laborables, que comprenden al menos 30 naturales.
  • Calendario: debe publicarse antes del 31 de diciembre de cada año, con dos meses de antelación al disfrute.
  • Bloques rotativos: quincenas de junio a septiembre en verano y periodos de Navidad, enero, octubre, noviembre, febrero, marzo, marzo-abril y Semana Santa en invierno.
  • Distribución irregular: hasta el 15% de la jornada, con preaviso mínimo de cinco días y compensación en un plazo máximo de doce meses.

Tablas salariales y retribución variable

El sueldo base se distribuye en 14 pagas, dos de ellas extraordinarias en junio y diciembre. Las cuantías anuales brutas aprobadas son las siguientes:

  • Gerencia: 40.000 euros; Responsables: 30.000; Técnicos: 25.000.
  • Responsable de Administración: 25.000 euros; Administrativo: 22.000.
  • Grupo III (personal ferroviario): 24.000 euros para todas las categorías, del operador de maquinaria de infraestructura al auxiliar de cabina.
  • Jefe de maquinistas: 45.000 euros; maquinista principal B: 40.000; maquinista B: 35.000; maquinista de entrada B: 30.000; maquinista principal A: 30.000; maquinista A: 27.000; maquinista en prácticas: 25.000.

Los complementos para los grupos III y IV incluyen nocturnidad del 20% del salario base por hora entre las 22:00 y las 6:00, media dieta de 35 euros, dieta con pernocta de 50 euros, plus de guardia de 31,50 euros, plus de trabajo en festivo de 60 euros y plus por trabajo en día de descanso de 100 euros. El plus de dedicación se paga a 16 euros la hora en el grupo III y entre 15 y 22 euros en conducción.

Se implanta además un Sistema de Retribución Variable vinculado a objetivos comunes de Grupo Azvi y a metas individuales, con un bonus máximo del 25% del salario base anual para gerencia, el 20% para responsables y el 10% para el personal ferroviario y de conducción.

Revisión salarial y beneficios sociales

Las tablas de 2026 se aplican sin incremento; para 2027 se pacta una subida del 1% y para 2028 y 2029 una revisión con efectos de 1 de enero equivalente al IPC real del año anterior. El convenio garantiza el complemento al 100% de la retribución fija en incapacidad temporal, un seguro de vida de 1,5 veces la retribución fija bruta anual y un seguro por pérdida definitiva de la licencia de conducción de hasta 120.000 euros para maquinistas principales y jefes de maquinistas.

El texto regula también el periodo de prueba (seis meses para técnicos y tres para el resto), el preaviso de 15 días, el kilometraje de 0,26 euros por kilómetro cuando se use vehículo propio, alojamientos de categoría estándar de tres estrellas y un capítulo específico de igualdad, parejas de hecho y prevención del acoso.

El acuerdo afecta a toda la plantilla de la operadora en la provincia y llega sin convenio sectorial de referencia, por lo que se convierte en la norma laboral de aplicación exclusiva en la compañía. Su publicación cierra la negociación entre empresa y comité y establece un marco estable de condiciones hasta finales de la década, con subidas ligadas al IPC en los dos últimos ejercicios de vigencia.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 205, 22 de octubre de 2026, Administración Autonómica, pág. 246 (referencia oficial: BOP-SE-2026-205032).