Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 24 Oct 2026 · 1 vistas
Trabajo registra y publica el convenio de Disa Península hasta 2029
Por FactBox Admin

La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha inscrito y ordenado la publicación del convenio colectivo de la empresa Disa Península, S. L. U., firmado por la comisión negociadora el 19 de agosto de 2026. La resolución, de 28 de septiembre de 2026, aparece publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) número 254, de 24 de octubre de 2026, dentro de la sección I.C de Otras Disposiciones. El texto lleva el código de convenio 28103761012023 y se reproduce íntegro a partir de la página 6 del boletín.
Registro, depósito y publicidad oficial
La resolución firmada por la directora general de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla, ordena inscribir el convenio en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de la Dirección General y su depósito en ese mismo organismo. La publicación del anexo se declara obligatoria y gratuita en el BOCM.
El acto se ampara en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, y en los artículos 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.
Ámbito y vigencia: cuatro años con efectos retroactivos
El convenio afecta al personal que trabaja para Disa Península, S. L. U. en el centro de trabajo de Madrid y regula las condiciones de trabajo entre la empresa y su plantilla. Quedan excluidos los cargos de alta dirección y consejo definidos en el artículo 20.1 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1382/1985.
- Entrada en vigor: 1 de enero de 2026.
- Duración: hasta el 31 de diciembre de 2029, con vigencia económica en el mismo periodo.
- Prórroga: denuncia automática al término, con constitución de la comisión negociadora en los quince días naturales siguientes.
- Comisión Paritaria: dos vocales por la parte empresarial y dos por la parte social, con reuniones en Madrid.
Jornada, horarios y descansos
La jornada semanal se fija en 37 horas y 30 minutos, equivalentes a 1.706 horas anuales. El horario habitual va de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 horas con una hora para el almuerzo, y los viernes de 08:00 a 14:00 horas; en agosto se trabaja de 08:00 a 15:00 horas. Los días 24, 26 y 31 de diciembre tendrán carácter no laboral.
El personal puede iniciar la jornada en una franja de 07:30 a 08:30 horas, ajustando la salida, y las vacaciones se fijan en 22 días hábiles anuales, con propuesta de cada trabajador antes del 28 de febrero y publicación del plan aprobado antes del 15 de marzo.
Salarios, premios y prestaciones
Las tablas de 2026 aplican un incremento del 2,9% sobre las de 2025. El 2% ya se abonó en virtud del acuerdo de 27 de febrero de 2026 y el 0,9% restante se pagará como máximo en los dos meses siguientes a la aprobación del convenio. Para 2027, 2028 y 2029 se aplicará el IPC nacional con un tope del 3%, con un pago único no consolidable de regularización hasta el 100% del IPC.
- Jefaturas, nivel 9: 42.535,80 euros anuales.
- Mandos intermedios, nivel 8: 34.349,67 euros.
- Personal técnico y comercial, nivel 5: 26.573,50 euros.
- Administrativos, gestores y soporte, nivel 1: 19.278,05 euros.
El texto crea además premios de permanencia de pago único: 1.795,20 euros a los 40 y a los 30 años de servicio, 923,23 euros a los 25 años y 615,51 euros a los 15 años. Se establece la jubilación forzosa a los 68 años siempre que se contrate de forma indefinida y a tiempo completo a otra persona, y un seguro de vida con cobertura de 1,5 veces el salario anual para los riesgos derivados de accidente laboral.
Impacto para la plantilla
El convenio incorpora un protocolo de prevención y actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI, adaptado a la Ley 4/2023 y al Real Decreto 1026/2024, y un régimen disciplinario con faltas leves, graves y muy graves. La publicación en el BOCM convierte estas condiciones en el marco laboral vigente y exigible para la plantilla de Disa Península en Madrid durante los próximos cuatro años, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 254, 24 de octubre de 2026, sección I.C Otras Disposiciones, pág. 5 (referencia oficial: BOCM-20261024-1).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-24