Boletín Oficial de la Región de Murcia · 22 Oct 2026 · 1 vistas
Trabajo publica el V convenio de oficinas de colegios profesionales de Murcia
Por FactBox Admin

La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social ha inscrito en el registro y ordenado la publicación del V Convenio Colectivo para Oficinas de Colegios Profesionales de la Región de Murcia, que regula las condiciones mínimas de trabajo de todo el personal de estas entidades. La resolución, firmada por el director general Juan Marín Pérez el 16 de octubre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) número 244, de 22 de octubre de 2026, con la referencia oficial A-221026-5146.
El acuerdo se inscribe con el número de expediente 30/01/0150/2026 y el código de convenio 30003035012008, ámbito sectorial, y fue suscrito por la comisión negociadora el 26 de junio de 2026. La resolución se ampara en el artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, y en el Real Decreto 713/2010 sobre registro y depósito de convenios, a propuesta del Servicio de Normas Laborales y Sanciones.
La negociación se desarrolló entre la Asociación de Empresas de Colegios Profesionales de la Región de Murcia (ECOPROMUR), en representación de los colegios, y los sindicatos UGT y CCOO, en representación de las personas trabajadoras. El texto sustituye al IV convenio del sector, publicado en el BORM de 25 de mayo de 2023.
Vigencia de cuatro años y jornada de 1.776 horas
El convenio entra en vigor el día de su publicación en el BORM y se extiende desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2029, con prórroga tácita por periodos anuales salvo denuncia formal con dos meses de antelación. La denuncia del convenio exige nueve meses de preaviso; transcurrido un año sin acuerdo, las partes deberán someterse a la mediación de la Fundación Oficina Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La jornada ordinaria se fija en 40 horas semanales de trabajo efectivo, con un cómputo anual de 1.776 horas. Entre el 1 de junio y el 15 de septiembre se establece jornada continuada de 35 horas de lunes a viernes, ajustando el resto del año. Serán inhábiles el 24 y 31 de diciembre y el Jueves Santo, y se reconocen 22 días hábiles de vacaciones anuales, cuyo calendario debe cerrarse antes del 30 de marzo.
Ocho niveles profesionales y subida salarial del 5,7 %
La clasificación del personal se articula en tres grupos y ocho niveles:
- Grupo primero, Titulados: Secretario General Técnico-Gerente y Titulado Universitario.
- Grupo segundo, Administrativos: Jefe Administrativo, Oficial Administrativo, Administrativo-Recepcionista Experto y Auxiliar Administrativo-Recepcionista.
- Grupo tercero, Oficios Varios: Ordenanza y Limpiador.
Las tablas de 2026 incorporan un incremento del 5,7 % sobre las del año anterior, con efectos desde el 1 de enero de 2026 y obligación de abonar los atrasos con la nómina del mes siguiente a la publicación. El salario anual resultante va de los 43.069,35 euros del Secretario General Técnico-Gerente a los 19.910,25 euros del Limpiador, pasando por los 34.328,40 euros del Titulado Universitario, los 29.824,80 del Jefe Administrativo, 25.849,95 del Oficial Administrativo, 24.049,65 del Administrativo-Recepcionista Experto, 22.249,35 del Auxiliar Administrativo-Recepcionista y 21.347,70 del Ordenanza. Para 2027, 2028 y 2029 el incremento será el IPC acumulado a diciembre del año anterior más un 1 %.
Contratación, teletrabajo y previsión social
En materia de contratación, el convenio permite que los contratos eventuales duren un año dentro de un periodo de dieciocho meses, y fija periodos de prueba de seis meses para técnicos y titulados y de tres meses para el resto. Los Auxiliares Administrativos con cinco años en la categoría podrán acceder mediante prueba de evaluación a Administrativo Experto, y quienes sumen cinco años como Administrativo Experto ascenderán automáticamente a Oficial Administrativo.
El texto regula el teletrabajo con compensaciones de 30 euros mensuales por suministros, 80 euros por equipos propios y hasta 40 euros mensuales por el resto de gastos, además de una póliza colectiva de accidentes con indemnizaciones de 40.000 euros por muerte o gran invalidez, 25.200 por invalidez permanente absoluta y 12.600 por invalidez permanente total. Se añade una ayuda de estudios de 315 euros por hijo y un premio de una mensualidad a los 25 años de servicio.
Comisión Paritaria y firmantes
La Comisión Paritaria Mixta, integrada por dos representantes de la parte social y dos de la empresarial más un secretario de actas, asume la interpretación y vigilancia del convenio, con reuniones convocadas en un plazo máximo de un mes y decisiones notificadas en siete días. El texto se adhiere al III Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales en la Región de Murcia (ASECMUR-III), publicado en el BORM número 21, de 27 de enero de 2021.
Firmaron por CCOO Irene Muñoz Zamora, Isabel Cervantes Gómez y Encarna Baños Salmerón; por UGT, Pedro Cánovas Cortés, José Antonio Llamas Cánaves y Francisco Antonio Pujante Pujante como asesor; y por ECOPROMUR, Herminio Antonio Duarte Molina (Colegio de Abogados de Murcia), Salvador Rincón Gallart (Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales), Pedro Luis Salazar Quereda (Colegio de Ópticos-optometristas), Manuel Sánchez-Guerrero Melgarejo (Colegio de Mediadores de Seguros), Álvaro Robles Leal (Colegio de Graduados Sociales), Tomás Fernández Martínez (Colegio de Médicos) y Ascensión Sánchez Asensio (Colegio de Trabajo Social).
El convenio llega además con un protocolo de actuación frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos, que se activa con avisos naranja o rojo de la Agencia Estatal de Meteorología y permite adaptar horarios, suspender desplazamientos, ordenar trabajo a distancia o cerrar el centro.
La publicación cierra la negociación de un sector con plantillas pequeñas y dispersas en toda la Región, que hasta ahora se regía por el convenio de 2023. La subida del 5,7 % y la regularización de atrasos desde enero afectan a todo el personal laboral de los colegios profesionales, mientras que la escala de ocho niveles y los ascensos automáticos por permanencia dan un marco estable de carrera hasta 2029.
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, nº 244, de 22 de octubre de 2026, sección I. Comunidad Autónoma, págs. 25555-25578 (referencia oficial: A-221026-5146).