BOP de Soria · 21 Sep 2026 · 1 vistas
Soria abre el cobro voluntario del IBI urbano de 2026
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Soria ha abierto el periodo voluntario de cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana y CCEE correspondiente al ejercicio 2026, que se extiende desde el 21 de septiembre hasta el 23 de noviembre de 2026, ambos inclusive. El anuncio de cobranza lo firma el alcalde, Javier Antón Cacho, con fecha 17 de septiembre de 2026, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 110, de 21 de septiembre de 2026, en la sección de Administración Local, con la referencia oficial BOPSO-110-21092026.
La convocatoria se dirige a los contribuyentes y demás interesados del municipio de Soria, titulares de bienes inmuebles urbanos y de características especiales, y se enmarca en la gestión tributaria que el Ayuntamiento de Soria realiza directamente, sin delegación en la Diputación Provincial de Soria. De hecho, el anuncio provincial de cobro de tributos periódicos locales del segundo periodo de 2026, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 96, de 19 de agosto de 2026 (BOPSO-96-19082026) y firmado por el presidente Benito Serrano Mata, excluye expresamente a la capital de su ámbito de aplicación, junto con Almazán, El Burgo de Osma y Ólvega.
El calendario de este ejercicio llega después de que el Ayuntamiento de Soria sometiera a información pública, el 28 de agosto de 2026, el padrón del IBI Rústico de 2026 durante veinte días hábiles, trámite publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 100 (BOPSO-100-28082026) y firmado por el concejal delegado de Desarrollo Económico, Francisco Javier Muñoz Expósito. La cobranza ahora anunciada afecta, por tanto, a la modalidad urbana y a las cuotas de características especiales.
Plazos, entidades y pago telemático
El ingreso puede realizarse en cualquier oficina de las entidades colaboradoras, aportando los recibos correspondientes:
- Caja Rural de Soria
- Unicaja Banco
- Banco Santander
- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
- Caixabank
- Banco Sabadell
Además, los recibos pueden abonarse con tarjeta de crédito o débito por internet a través del enlace «Pago telemático de tributos» disponible en tres canales oficiales:
- Web del Ayuntamiento de Soria: https://www.soria.es/
- Sede electrónica del Ayuntamiento de Soria: https://soria.sedelectronica.es/, introduciendo los datos de emisora, referencia, identificación e importe que figuran en el recibo.
- Oficina Virtual Tributaria de Soria: https://oficinavirtualtributaria.soria.es/
Domiciliación, duplicados y atención al contribuyente
Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago recibirán los recibos en su domicilio fiscal para abonarlos en la forma, los lugares y los plazos indicados. Quien no reciba alguno de los recibos que deba pagar puede solicitar la expedición de un duplicado en cualquiera de las oficinas de Caja Rural de Soria. A quienes sí tengan domiciliado el pago, el importe les será cargado en su cuenta de domiciliación.
Para cualquier aclaración, el Ayuntamiento de Soria atiende en horario de 9 a 14 horas:
- Datos de los recibos (titularidad, N.I.F., importe, ejercicio): oficina de Gestión Tributaria, teléfonos 975 234 161 y 975 234 162.
- Cuestiones sobre el pago: oficina de Recaudación, teléfonos 975 234 104 y 975 234 105.
Consecuencias del impago
Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario sin que la deuda haya sido satisfecha, se iniciará el periodo ejecutivo y las deudas se exigirán por el procedimiento de apremio. Ello conlleva el devengo de los recargos del periodo ejecutivo y de los intereses de demora en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y, en su caso, las costas que se produzcan.
El anuncio tiene un impacto directo sobre todos los propietarios de inmuebles urbanos y de características especiales del municipio de Soria, que disponen de algo más de dos meses para cumplir sin recargos. La fecha límite, el 23 de noviembre de 2026, marca el último día para pagar en periodo voluntario y evitar el procedimiento de apremio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 110, de 21 de septiembre de 2026, Administración Local (Ayuntamiento de Soria), pág. 3230 (referencia oficial: BOPSO-110-21092026).