PISRS — Portal informacijskega sistema pravnih predpisov · 02 Oct 2026 · 22 vistas
Eslovenia añade el 7 de agosto, el Día del Triglav, a su lista de festivos oficiales
Por FactBox Admin

Eslovenia tiene un nuevo día festivo nacional: el 7 de agosto, Día del Triglav, añadido a la lista de festivos de la República de Eslovenia mediante la enmienda ZPDPD-I publicada en el Uradni list Republike Slovenije n.º 1567/2026 del 2 de octubre de 2026. La ley, aprobada por el Državni zbor Republike Slovenije y promulgada por decreto presidencial el mismo día, también redefine los nombres de los festivos que conmemoran Prekmurje y Primorska. El nuevo festivo no es un día no laborable.
El texto es la Zakon o spremembah in dopolnitvah Zakona o praznikih in dela prostih dnevih v Republiki Sloveniji (ZPDPD-I), que modifica la Zakon o praznikih in dela prostih dnevih v Republiki Sloveniji (Uradni list RS, št. 112/05 – texto oficialmente consolidado, 52/10, 40/12 – ZUJF, 19/15, 83/16, 92/20, 95/24, 24/25 y 12/26). La Asamblea Nacional la aprobó en Liubliana el 24 de septiembre de 2026 bajo el número de expediente 001-07/26-3/15, con las referencias legislativas EPA 137-X, EVA 2026-1211-0137 y EDA 2026-5022924000-0080; el acta está firmada por el Presidente de la Asamblea Nacional, Zoran Stevanović.
Fue promulgada mediante el Ukaz o razglasitvi Zakona o spremembah in dopolnitvah Zakona o praznikih in dela prostih dnevih v Republiki Sloveniji (ZPDPD-I) nº 003-02-1/2026-199, emitido por la Presidenta de la República, Nataša Pirc Musar, el 2 de octubre de 2026. La publicación lleva el número de documento 2026-01-2227 y aparece en la sección I de la Gaceta Oficial, emitida por la Služba Vlade Republike Slovenije za zakonodajo (ISSN 1580-3074, volumen XXXVI).
Qué cambia la enmienda
El Artículo 1 de la enmienda inserta un nuevo séptimo inciso en el Artículo 1(1) de la Ley de Festivos, que reza “7. avgust, dan Triglava”. También modifica los dos incisos siguientes:
- El antiguo séptimo inciso, ahora el octavo, elimina las palabras “priključitev Prekmurja in”, dejando el festivo denominado “združitev prekmurskih Slovencev z matičnim narodom”.
- El antiguo octavo inciso, ahora el noveno, sustituye la palabra “priključitev” por “vrnitev”, por lo que el festivo reza “vrnitev Primorske k matični domovini”.
- Los antiguos incisos del noveno al decimocuarto se renumeran del décimo al decimoquinto.
No es un día no laborable
El segundo párrafo del Artículo 1 se redacta nuevamente para enumerar los festivos que no son días no laborables. Junto al nuevo Día del Triglav, la lista mantiene el dan Primoža Trubarja, združitev prekmurskih Slovencev z matičnim narodom, vrnitev Primorske k matični domovini, dan slovenskega športa, dan suverenosti, dan znanosti y dan Rudolfa Maistra.
Dado que el 7 de agosto no es un día no laborable, la enmienda no altera el calendario laboral, el número de días libres ni las obligaciones de los empleadores. El cambio es de designación y simbolismo más que de derecho laboral.
Entrada en vigor
Bajo la disposición final (Artículo 2), la ley entrará en vigor al decimoquinto día después de su publicación en el Uradni list Republike Slovenije, es decir, el 17 de octubre de 2026. A partir de esa fecha, el Artículo 1 modificado de la Ley de Festivos se aplicará en su nueva redacción.
El cambio otorga reconocimiento estatal al Triglav, el pico más alto de Eslovenia y símbolo nacional, sin conceder a los trabajadores un día libre adicional. También ajusta la redacción de dos conmemoraciones, sustituyendo el lenguaje de anexión por el de unión y retorno para Prekmurje y Primorska.
Fuente: Uradni list Republike Slovenije, n.º 1567/2026, 2 de octubre de 2026, sección I, p. 1 (referencia oficial: 2026-01-2227).