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Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana · 22 Oct 2026 · 6 vistas

Seguridad pública y criminalidad juvenil: entra en vigor el decreto ley 190

Por FactBox Admin

Sicurezza pubblica e criminalità minorile: in vigore il decreto legge 190

El decreto-ley 22 de octubre de 2026, n. 190 está en vigor desde hoy, 23 de octubre de 2026, día siguiente a su publicación en la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana, Serie general n. 246 del 22 de octubre de 2026. El texto introduce nuevos tipos penales por violencia organizada en manifestaciones, sanciones administrativas a cargo de los padres de los menores implicados, la extensión del aviso oral del questore a los menores y 500 militares adicionales en Milán hasta el 31 de diciembre de 2026.

Titulado «Disposiciones urgentes en materia de seguridad pública y lucha contra la criminalidad juvenil» y distinguido con la referencia 26G00214, el decreto fue adoptado por el Consejo de Ministros en la reunión del 20 de octubre de 2026. El artículo 10 establece su entrada en vigor el día siguiente a la publicación y prevé su presentación ante las Cámaras para su conversión en ley; el artículo 8 justifica la medida militar debido a los «graves incidentes ocurridos en la ciudad de Milán». La disposición lleva las firmas de:

  • Mattarella, Presidente de la República;
  • Meloni, Presidenta del Consejo de Ministros;
  • Piantedosi, Ministro del Interior;
  • Nordio, Ministro de Justicia;
  • Crosetto, Ministro de Defensa;
  • Giorgetti, Ministro de Economía y Finanzas.

Nuevos tipos penales para las manifestaciones

El artículo 1 interviene en el código penal con seis modificaciones. La más relevante es la introducción del artículo 420-bis, que castiga la «violencia organizada en manifestaciones públicas»:

  • reclusión de dos a cinco años y multa de 10.000 a 20.000 euros para quien, en un grupo de al menos cinco personas organizado incluso ocasionalmente, utilice bastones, mazas u objetos contundentes, o lance objetos, cohetes, petardos o instrumentos nebulizadores de gases irritantes;
  • aumento de un tercio a la mitad si el hecho es cometido por sujetos disfrazados o si los objetos se dirigen contra infraestructuras energéticas, de transporte, de telecomunicaciones o bienes destinados a funciones públicas;
  • reclusión de cuatro a doce años para quien organice o promueva el grupo, o incite o instigue a tales conductas.

El decreto inserta además el artículo 635.1, que aumenta de un tercio a la mitad la pena por los daños cometidos por un grupo organizado de al menos cinco personas, y eleva en la misma medida las penas por devastación y saqueo (artículo 419) y por atentado contra instalaciones de utilidad pública (artículo 420) cuando los hechos ocurran durante manifestaciones. El artículo 2 extiende el arresto en flagrancia del artículo 382-bis del código de procedimiento penal a los nuevos delitos.

Padres sancionados y aviso oral a los menores

El artículo 5 introduce una sanción administrativa para quien ejerza la responsabilidad parental sobre un menor que participe en los hechos mencionados:

  • de 500 a 1.000 euros en la primera infracción;
  • de 1.000 a 2.000 euros en caso de reincidencia;
  • a menos que el progenitor demuestre que no pudo haber impedido el hecho.

El prefecto puede informar al tribunal para menores sobre la oportunidad de activar proyectos personalizados de apoyo educativo y ordenar el pago de una indemnización por los daños a bienes del Estado, de las Regiones o de los entes locales; la oposición se presentará en un plazo de cuarenta días ante el tribunal del lugar de residencia.

El artículo 6 modifica el código antimafia (decreto legislativo 6 de septiembre de 2011, n. 159): el comisario puede disponer la amonestación oral con prohibición de reunirse con determinadas personas en lugares públicos identificados, por una duración máxima de un año, respecto de quien ya haya recibido medidas análogas o haya sido condenado por delitos contra la persona o el patrimonio. La medida puede dirigirse también a los menores que hayan cumplido catorce años. En el plano procesal, el artículo 3 suprime del decreto del Presidente de la República 22 de septiembre de 1988, n. 448 la referencia a la imputabilidad entre las comprobaciones del juez y permite la adquisición de elementos al respecto; el artículo 1 prevé que, en los casos considerados, la capacidad de entender y de querer del menor se presuma hasta prueba en contrario.

Quinientos militares en Milán y la cobertura financiera

El artículo 8 dispone que, hasta el 31 de diciembre de 2026, el contingente de las Fuerzas Armadas empleado en Milán en virtud del artículo 1, párrafo 625, de la ley 30 de diciembre de 2024, n. 207 sea incrementado en 500 unidades. Para su ejecución se autoriza un gasto de 4.933.831 euros para 2026, cubierto con la reducción del fondo especial de parte corriente del Ministerio de Economía y Finanzas y con la reserva relativa al Ministerio de Defensa, que podrá recurrir a los procedimientos de urgencia suma de los artículos 140 y 140-bis del decreto legislativo 31 de marzo de 2023, n. 36. El artículo 9 contiene la cláusula de invarianza financiera para las demás administraciones.

Justicia juvenil y plazos de las validaciones

El artículo 4 añade al artículo 110 del real decreto 30 de enero de 1941, n. 12 un párrafo que, en caso de eventos que afecten al orden público con un número relevante de detenciones en flagrancia, impone disponer la aplicación de los magistrados dentro de las veinticuatro horas siguientes a la solicitud del director de la oficina judicial, sin esperar el dictamen del consejo judicial. El artículo 7 extiende el acompañamiento y la retención en las oficinas de policía, previstos por el artículo 11-bis del decreto-ley 21 de marzo de 1978, n. 59, a las operaciones policiales en lugares con alta afluencia de personas.

Para los lectores el cambio es inmediato: los nuevos tipos penales y las sanciones a los padres se aplicarán a partir del 23 de octubre de 2026, mientras que el despliegue adicional de 500 militares en Milán se mantiene fijado hasta finales de año. El sistema, sin embargo, es aún provisional y será sometido a la votación de las Cámaras para su conversión en ley.

Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana, Serie general n. 246 del 22 de octubre de 2026 — DECRETO-LEY 22 de octubre de 2026, n. 190, «Disposiciones urgentes en materia de seguridad pública y lucha contra la criminalidad juvenil», referencia 26G00214.