Boletín Oficial del Principado de Asturias · 27 Oct 2026 · 7 vistas
SESPA excluye a catorce aspirantes del concurso de 299 plazas de Enfermería
Por FactBox Admin

El Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) ha declarado excluidas de forma definitiva a catorce personas del concurso-oposición convocado para cubrir 299 plazas de personal estatutario fijo de la categoría de Enfermera/o. La decisión consta en la Resolución de 8 de octubre de 2026, de la Dirección de Profesionales del organismo, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) núm. 208, de 27 de octubre de 2026, con referencia oficial 2026-08478. Los afectados ya poseían la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría a la que concurrían, lo que les inhabilita para participar en el proceso.
Una convocatoria de 299 plazas abierta en mayo de 2025
El proceso selectivo se puso en marcha mediante la Resolución de 28 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del SESPA, publicada en el BOPA de 13 de mayo de 2025. Aquella convocatoria articuló un concurso-oposición para el acceso a 299 plazas de personal estatutario fijo de la categoría de Enfermera/o, una de las mayores ofertas de estabilización del sistema sanitario asturiano.
La base segunda, apartado 2.1.1, letra e), de la convocatoria establece como requisito de los aspirantes:
- No ser titular de una plaza en la misma categoría y/o especialidad a la que se concursa.
- La prohibición se extiende a todo el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea la situación administrativa del aspirante.
- La equivalencia de categorías se determina conforme al Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, y sus modificaciones posteriores.
Según relata la resolución, la Dirección de Profesionales advirtió la posibilidad de que concurriera esa falta de requisito y procedió a comprobar el extremo. La verificación confirmó que las personas relacionadas en el anexo I ostentan la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermera/o del SESPA.
Defecto insanable y decaimiento de derechos
La base cuarta, punto 4.3, de la convocatoria dispone que, si en cualquier momento posterior a la aprobación de las listas de admitidos y excluidos se advirtiera inexactitud o falsedad en las solicitudes que fuera causa de exclusión, esta se considerará defecto insanable y se propondrá al órgano convocante que resuelva la exclusión.
El documento invoca además el artículo 128 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud del Principado de Asturias, que atribuye a la Dirección Gerencia del SESPA el nombramiento del personal estatutario fijo del organismo. Constatado el incumplimiento, la resolución declara el decaimiento de los derechos derivados de la participación de los afectados en el proceso selectivo.
Los catorce aspirantes excluidos
El anexo I, titulado «de exclusión de aspirantes», identifica a las personas afectadas por apellidos y nombre, con el número de identificación parcialmente oculto:
- Covadonga Areces Fernández
- Alba Cotarelo Prieto
- Gema Fernández Novo
- Ana García Fernández
- David Guiote Pertierra
- Mario Jiménez Carlón
- Javier Marcos Tamargo
- Cristina Menéndez García
- Cristina Muñoz Azcárate
- Sofía Pérez Niño
- Flor M. San Martín Baragaño
- María Sánchez Carballo
- Paloma Suárez Pazos
- Susana Suárez Sánchez
La resolución está firmada en Oviedo a 8 de octubre de 2026 por el Director Gerente del SESPA y consta de dos páginas en el boletín autonómico.
Recurso de alzada en un mes
Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ilma. Consejera de Salud en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. El texto remite al artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La exclusión depura el censo de aspirantes de un proceso llamado a reforzar la plantilla de Enfermería del sistema sanitario asturiano y aclara una de las reglas más discutidas de las convocatorias de estabilización: quienes ya son fijos en la misma categoría no pueden competir por las mismas plazas. Para los opositores, la resolución fija además un criterio explícito sobre la comprobación de oficio de los requisitos y sobre la consideración de la inexactitud como defecto insanable.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 208 de 27 de octubre de 2026, I. Principado de Asturias — Autoridades y Personal, págs. 1-2 (referencia oficial: 2026-08478).