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Butlletí Oficial de les Illes Balears · 24 Oct 2026 · 3 vistas

Segunda convocatoria de refugios climáticos: dos millones con cargo al impuesto turístico

Por FactBox Admin

Segona convocatòria de refugis climàtics: dos milions amb càrrec a l'impost turístic

La Conselleria de Empresa, Autónomos y Energía ha aprobado la segunda convocatoria pública de subvenciones para el diseño de refugios como espacios que ofrecen confort térmico en las Islas Baleares, con un presupuesto de 2.000.000 de euros a cargo del impuesto sobre estancias turísticas. La resolución del consejero Alejandro Sáenz de San Pedro García, firmada el 15 de octubre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 136 del 24 de octubre, en la Sección III, pág. 58601, y tiene efectos desde el día siguiente de la publicación.

La convocatoria da continuidad a la primera, aprobada por resolución de 18 de octubre de 2025 (BOIB núm. 140, de 23 de octubre), y se rige por la Orden 31/2025, de 11 de noviembre, del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, que establece las bases reguladoras en materia de energía, transición energética y adaptación al cambio climático (BOIB núm. 151, de 15 de noviembre de 2025). El marco normativo es la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, y la Declaración de Emergencia Climática aprobada por el Consell de Govern el 8 de noviembre de 2019.

El texto justifica la urgencia con datos climáticos: la Agencia Estatal de Meteorología prevé para 2100 un incremento de temperaturas de entre 2 y 5 grados y hasta seis o siete olas de calor anuales, frente a la media actual de una o dos. En el entorno urbano, el fenómeno de isla de calor puede elevar las temperaturas locales hasta 5 ºC por encima del clima regional, lo que incrementa la mortalidad y la morbilidad en los grupos más vulnerables.

Dos programas de incentivos e importes máximos

Las ayudas se articulan en dos programas que pueden presentarse de manera conjunta:

  • Programa de incentivos 1: diseño o mejora de la red municipal de refugios climáticos, con el 100% del coste subvencionable y un máximo de 25.000 euros para los municipios de menos de 20.000 habitantes y de 50.000 euros para los de más de 20.000.
  • Programa de incentivos 2: ejecución y adecuación de refugios, con un máximo del 80% del coste y 250.000 euros por beneficiario.
  • Redacción del proyecto y dirección de obra del programa 2: hasta el 8% del presupuesto o 25.000 euros.
  • Crédito asignado: 0 euros en 2026, 1.600.000 euros en 2027 y 400.000 euros en 2028.

El programa 2 incluye nuevos refugios exteriores, la mejora de los existentes, la renaturalización de corredores que conecten la red municipal y la adecuación de espacios públicos interiores. El programa 1 solo se puede subvencionar si se hace conjuntamente con actuaciones del programa 2, excepto cuando la entidad ya fue beneficiaria de la primera convocatoria o ya dispone de una red municipal aprobada que cumpla los requisitos.

Beneficiarios y plazos de solicitud

Pueden optar a las ayudas las entidades siguientes:

  • Organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles públicas, fundaciones del sector público y consorcios que actúen en las Islas Baleares.
  • Consejos insulares, ayuntamientos y entidades locales menores del archipiélago.
  • En el caso de los ayuntamientos, es necesario estar adherido al Pacto de Alcaldes.

El plazo de presentación se inicia el décimo día hábil contado desde el día siguiente a la publicación y finaliza dos meses después de la fecha de inicio. Las solicitudes se presentan exclusivamente por vía telemática a través del trámite habilitado en canviclimatic.caib.es y en la Sede Electrónica. La instrucción corresponde a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, mediante el Servicio de Cambio Climático y Atmósfera, y la resolución se debe dictar en un máximo de seis meses desde la finalización del plazo. Solo obtendrán ayuda los proyectos que superen los 50 puntos sobre 100.

Confort térmico, verde urbano y pago anticipado

La convocatoria fija las condiciones mínimas que debe cumplir un refugio climático:

  • Espacios que mantengan sus usos y proporcionen confort térmico, interiores a 26 ºC o exteriores con verde urbano y fuentes de agua.
  • Abiertos al público y gratuitos, accesibles y con áreas de descanso.
  • Con fuentes o puntos de hidratación y señalización informativa.

Los proyectos se deben fundamentar en soluciones basadas en la naturaleza y deben contribuir a la regla 3-30-300: ver como mínimo tres árboles desde casa, un 30% de cubierta vegetal por barrio y acceso a espacios verdes de calidad a 300 metros. Las actuaciones subvencionables se deben llevar a cabo entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2028, y la justificación se debe presentar antes del 1 de noviembre de 2028.

El Consejo de Gobierno de 25 de septiembre de 2026 autorizó el pago anticipado del 80% de la ayuda, sin garantía, con cargo al presupuesto de 2027; el 20% restante se paga una vez revisada la documentación justificativa, con cargo al 2028. Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.

La convocatoria es la principal vía de financiación con la que los municipios de las Islas podrán ampliar su red de refugios ante el aumento de las olas de calor, y llega después de que diversos ayuntamientos hayan aprobado planes municipales de refugios y hayan mostrado interés en reducir el efecto isla de calor en los núcleos urbanos.


Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 136, 24 d’octubre de 2026, Secció III, pàg. 58601 (referència oficial: ITS2024-2025-084).