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BOP de Cáceres · 24 Sep 2026 · 11 vistas

Santa Ana licita el arrendamiento de su local comercial municipal

Por FactBox Admin

Santa Ana licita el arrendamiento de su local comercial municipal

El Ayuntamiento de Santa Ana ha abierto el concurso público para el arrendamiento del local comercial de titularidad municipal situado en la Avenida de España, s/n, destinado a la explotación de un establecimiento de comercio minorista de abastecimiento a la población. La Alcaldía-Presidencia aprobó el pliego de cláusulas administrativas particulares mediante resolución de 18 de septiembre de 2026, y el anuncio de licitación se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 0183, de 24 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local (referencia oficial: BOP-2026-4441). Los interesados disponen de 15 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación, para presentar sus proposiciones.

Un bien patrimonial con destino comercial obligatorio

El inmueble, con referencia catastral 2357126TJ4525N0001YE, tiene la calificación jurídica de bien patrimonial al no estar afecto a ningún uso o servicio público municipal. El contrato se califica como privado conforme al artículo 9.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, quedando excluido del ámbito de dicha norma.

El régimen jurídico se completa, por orden de prelación, con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio); y, con carácter supletorio, la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. La preparación y adjudicación tienen naturaleza administrativa, mientras que sus efectos y extinción se rigen por el derecho privado.

El destino es exclusivo: explotación de un comercio minorista que garantice el abastecimiento de productos de primera necesidad a la población del municipio. El órgano de contratación es la Alcaldía-Presidencia, asistida por la Secretaría-Intervención municipal.

Canon, duración y garantías

  • Canon anual mínimo: 2.400,00 euros, mejorable al alza por los licitadores.
  • Pago: cuotas trimestrales de 600,00 euros, dentro de los diez primeros días naturales de cada trimestre.
  • Duración: cuatro años desde la formalización, prorrogables por dos anualidades más mediante acuerdo expreso con al menos tres meses de antelación.
  • Garantía provisional: no se exige.
  • Garantía definitiva: 5 % del importe total del contrato por la duración inicial, equivalente a 480,00 euros.

Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de España, 1, 10189, Santa Ana, Cáceres) o por los medios previstos en la legislación de procedimiento administrativo común, en dos sobres cerrados: el Sobre A con la documentación administrativa y el Sobre B con la oferta técnica, económica y de horario. No se admitirán ofertas inferiores al canon mínimo ni presentadas fuera de plazo.

Criterios de valoración y mesa de contratación

Las ofertas se puntuarán hasta un máximo de 100 puntos: el canon económico ofertado aporta hasta 70 puntos, otorgándose la máxima puntuación a la propuesta más alta, y el horario de apertura hasta 30 puntos, según un baremo cerrado por ampliación semanal sobre el mínimo exigido.

  • Ampliación de 9 horas: 30 puntos.
  • Entre 6 y menos de 9 horas: 20 puntos.
  • Entre 3 y menos de 6 horas: 10 puntos.

La Mesa de Valoración se constituirá en los cinco días hábiles siguientes al cierre del plazo y estará integrada por Luis Enrique Rubio Jiménez, primer teniente de alcalde, como presidente; Pilar Alvarado Fajardo, secretaria-interventora, y Inés María Cercas Donaire, auxiliar administrativo, como vocales; y Ángel Domínguez Pérez, secretario-interventor del Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo, como secretario. La Alcaldía-Presidencia resolverá en el plazo de cinco días desde la propuesta de valoración.

Obligaciones del adjudicatario y plazos

El arrendatario deberá mantener el local abierto al público un mínimo de cinco horas diarias de lunes a sábado, disponer permanentemente de productos de primera necesidad (leche, pan, huevos, azúcar y análogos) y suministrar carne y pescado frescos al menos dos días por semana. También asumirá los suministros y tributos, no podrá subarrendar ni ceder el contrato y deberá conservar el mobiliario inventariado en el Anexo II.

El inicio efectivo de la actividad deberá producirse en un máximo de 20 días naturales desde la formalización. El impago de dos trimestres, consecutivos o no, o el incumplimiento grave del horario o del surtido mínimo son causas de resolución, con pérdida de la garantía definitiva. Si el concurso quedara desierto, el Ayuntamiento podrá adjudicar directamente por limitación de la demanda conforme al artículo 107.1 de la Ley 33/2003. Contra el pliego y la adjudicación cabe recurso potestativo de reposición en un mes o contencioso-administrativo en dos meses.

La operación busca garantizar un servicio básico en un municipio pequeño, donde la continuidad del comercio de proximidad condiciona el día a día de los vecinos. El canon mínimo de 2.400 euros anuales y la exigencia de horario y surtido mínimo fijan las condiciones que deberá cumplir el futuro arrendatario.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0183, de 24 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local, pág. 21955 (referencia oficial: BOP-2026-4441).