BOP de Tarragona · 09 Oct 2026 · 19 vistas
Sant Jaume d'Enveja aprueba la compra de dos parcelas en Mas Roig
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Sant Jaume d’Enveja ha aprobado definitivamente el expediente de adquisición directa de dos parcelas situadas en la partida Mas Roig, por un importe de 25.000,00 euros cada una. La decisión se formalizó mediante la Resolución de Alcaldía núm. 363, de fecha 24 de septiembre de 2026, firmada el 30 de septiembre, y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona del 9 de octubre de 2026, con la referencia oficial CVE 2026-09107 (pág. 1-2).
El expediente ha sido tramitado por el Ayuntamiento de Sant Jaume d’Enveja, con la Alcaldesa Maria Teresa Solsona Beltri como órgano emisor de la resolución. La publicación se realiza en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el expediente queda a disposición de los interesados en la sede electrónica municipal.
Dos fincas de 1.157 y 1.015 metros cuadrados
Los bienes adquiridos son dos terrenos contiguos del polígono 20, ambos en la partida Mas Roig del término municipal:
- Parcela 102: referencia catastral 43182A020001020000DW, superficie de 1.157,00 m², finca registral de Sant Jaume d’Enveja núm. 1296 (IDUFIR 43020000331497), volumen 3657, libro 10, folio 127, inscripción 3a.
- Parcela 103: referencia catastral 43182A020001030000DA, superficie de 1.015,00 m², finca registral de Sant Jaume d’Enveja núm. 3378 (IDUFIR 43020000990137), volumen 3862, libro 36, folio 128, inscripción 1a.
Ambas fincas están inscritas en el Registro de la Propiedad de Tortosa 2. La superficie total adquirida suma 2.172,00 m².
Precio de 25.000 euros por parcela
El importe de la adquisición es de 25.000,00 euros por cada uno de los dos bienes, lo que eleva el coste total de la operación a 50.000,00 euros. Los adjudicatarios que constan en el anuncio son I. O. G., para la parcela 102, y M. M. O. G., para la parcela 103.
La resolución pone fin a la vía administrativa y se publica para el conocimiento general, una vez aprobada de manera definitiva la adquisición directa de los terrenos.
Plazos para recurrir y acceso al expediente
Contra la resolución se puede interponer, alternativamente:
- Recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Tarragona, en el plazo de dos meses, según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se opta por el recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. La documentación es consultable en la sede electrónica del Ayuntamiento, con el código de validación 5997N7Q5Y3FZH2CLFHWN67F7Z.
La compra de las dos parcelas de Mas Roig amplía el patrimonio municipal en una zona rústica del término y afecta directamente a los propietarios colindantes y al vecindario, que disponen de un mes o dos meses, según la vía elegida, para impugnar la operación si tienen interés en ello.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, núm. 9 de octubre de 2026, sección I, pág. 1-2 (referencia oficial: CVE 2026-09107).