Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 24 Oct 2026 · 1 vistas
Sanidad fija servicios mínimos para la huelga de AMYTS en cuatro tandas
Por FactBox Admin

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha fijado por orden los servicios mínimos que deberán cubrirse durante la huelga convocada por la Asociación de Médicos y Titulados Superiores (AMYTS) en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). La Orden 1649/2026, de 22 de octubre, se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 254, de 24 de octubre de 2026, y despliega sus efectos en cuatro tandas de paros entre el 28 de octubre y el 12 de diciembre.
El marco de la convocatoria
La convocatoria fue comunicada a la Autoridad Laboral por AMYTS mediante escrito de 13 de octubre de 2026 y afecta a todos los médicos, demás facultativos, titulados superiores sanitarios y personal residente en formación sanitaria especializada cuya formación habilite para ser facultativo. El ámbito incluye Atención Primaria, Atención Extrahospitalaria y Atención Hospitalaria de los centros adscritos y vinculados al SERMAS, con mención expresa del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, el Hospital Universitario de Fuenlabrada, la UCR, el Hospital de Villalba, el Hospital Infanta Elena de Valdemoro, el Hospital Rey Juan Carlos de Móstoles y el Hospital Universitario de Torrejón.
El Comité de Huelga de AMYTS fue convocado el 21 de octubre de 2026 para negociar los mínimos, sin que se alcanzara acuerdo. La orden se dicta al amparo del artículo 10 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, y del artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Cuatro tandas de paros
Los paros se distribuyen en los siguientes horarios:
- Desde las 8:00 del 28 de octubre hasta las 8:00 del 31 de octubre de 2026.
- Desde las 8:00 del 4 de noviembre hasta las 8:00 del 7 de noviembre de 2026.
- Desde las 8:00 del 18 de noviembre hasta las 8:00 del 21 de noviembre de 2026.
- Desde las 8:00 del 9 de diciembre hasta las 8:00 del 12 de diciembre de 2026.
Cobertura en hospitales y Atención Primaria
En los centros hospitalarios los mínimos se corresponden con el personal que trabaja sábados, domingos y festivos y con las guardias programadas, con refuerzos adicionales en unidades como Diálisis, Urgencias, Reanimación, Cuidados Críticos, Hospitalización, Quirófanos, Oncología, Pediatría, Cuidados Paliativos, Farmacia, Laboratorio, Radioterapia o Hemodinámica. En ningún caso podrán superar el 35 % del total de efectivos del personal sanitario del grupo A1 de cada Gerencia.
En los Centros de Salud con cuatro o más médicos de familia se exigen dos médicos de familia y un pediatra por centro y turno; con menos de cuatro, un médico de familia y un pediatra. Se mantiene un facultativo en cada Equipo de Soporte de Atención Domiciliaria (ESAD) y el 100 % del personal facultativo en los Centros de Continuidad Asistencial. En el SUMMA 112 los mínimos alcanzan el 100 % del personal médico y titulado superior A1 en el Centro Coordinador de Urgencias, las 27 UVI móviles, los 15 vehículos de intervención rápida, las 38 unidades de atención domiciliaria, los dos helicópteros sanitarios, el Centro de Urgencias Extrahospitalaria, la unidad de psicología y el servicio de prevención de riesgos laborales. El Centro de Transfusión contará con un médico en turno de mañana y tarde y con dos hematólogos y un inmunólogo por la mañana.
Residentes y designación nominal
El personal en formación queda incluido en los mínimos: en el ámbito hospitalario, el 35 % de los residentes en jornada ordinaria y el 100 % de quienes tengan guardia programada; en Atención Primaria, dos residentes por centro y turno cuando coincidan cuatro o más y uno cuando coincidan hasta tres; y en el SUMMA 112, el 100 % en jornada ordinaria y complementaria. Las Gerencias deberán designar de forma expresa y nominal al personal afectado y notificarlo individualmente. La orden entra en vigor el día de su publicación y se extingue si la huelga se desconvoca; contra ella cabe reposición ante la Consejera de Sanidad en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses. El texto aparece firmado por delegación por el Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.
En la misma fecha el BOCM publica la Orden 1650/2026, que fija los mínimos equivalentes para el Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz, con el mismo calendario de cuatro tandas y el límite del 35 % de efectivos facultativos.
La decisión afecta a toda la sanidad pública madrileña durante casi siete semanas de paros intermitentes, de modo que los pacientes notarán retrasos en consultas y pruebas no urgentes, mientras urgencias, diálisis, oncología y emergencias extrahospitalarias mantienen actividad reforzada por obligación legal.
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, núm. 254, de 24 de octubre de 2026, sección I.C “Otras Disposiciones”, págs. 35-41 (referencia oficial: BOCM-20261024-2, Orden 1649/2026).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-24