BOP de Lleida · 09 Oct 2026 · 12 vistas
Sanaüja convoca la plaza vacante de secretaría-intervención con nombramiento provisional
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Sanaüja ha convocado la provisión no definitiva del puesto de trabajo de secretaría-intervención, vacante desde el cese voluntario del funcionario interino que lo ocupaba. La convocatoria y las bases se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida núm. 193, del 9 de octubre de 2026, con el número de edicto 8298 y la referencia oficial BOP-2026_0_193_8298 (págs. 1-4). El proceso se dirige exclusivamente a funcionarios de carrera con habilitación de carácter nacional.
La plaza se debe cubrir por alguna de las tres formas de provisión no definitiva previstas en el Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (FHN). El anuncio lo firma la alcaldesa, Maria Casoliva Zaldo, con fecha 5 de octubre de 2026, y se da traslado al Consell de Col·legis de Secretaris, Interventors i Tresorers d’Administració Local de Catalunya (CSITAL) para que realice la publicidad en su web durante el mismo plazo.
El consistorio, con sede en la calle Bassal 4 de Sanaüja (25753, Lleida), justifica el expediente por la necesidad de mantener operativas las funciones reservadas al personal habilitado nacional, que incluyen el control interno, la contabilidad y el asesoramiento legal del municipio.
Características del puesto de trabajo
Las bases detallan las condiciones económicas y administrativas de la plaza:
- Nombre del puesto: Secretaría Intervención, clase tercera.
- Subgrupo de acceso: A1.
- Nivel de complemento de destino: 24.
- Complemento específico anual: 10.000,00 euros.
- Funciones: las previstas en el Real decreto 128/2018 y, si procede, las que fije la relación de puestos de trabajo del ente.
Tres vías de provisión y sus duraciones
El orden de prelación es taxativo: el nombramiento provisional tiene preferencia sobre las demás formas, la comisión de servicios solo se puede aplicar si se acredita la imposibilidad del nombramiento provisional, y la acumulación queda como vía subsidiaria.
- Nombramiento provisional: finaliza cuando el puesto pase a ser ocupado de manera definitiva por personal FHN.
- Comisión de servicios: duración máxima de un año, prorrogable por un año más a petición del ente local (artículo 51 del Real decreto 128/2018).
- Acumulación: se extingue cuando el puesto se cubra por las otras formas de provisión no definitiva o de manera definitiva (artículo 50).
Requisitos, catalán y presentación de solicitudes
Los aspirantes deben ser personal funcionario de carrera de la escala de Administración local con habilitación de carácter nacional y acreditar conocimiento de catalán. Están exentos de la prueba quienes dispongan del certificado de nivel de suficiencia (C1) o superior de la Dirección General de Política Lingüística, o bien de un título equivalente según la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril.
Quien no acredite el C1 deberá superar una prueba eliminatoria con dos partes: un ejercicio escrito sobre aspectos lingüísticos y una prueba de expresión oral mediante una conversación, administrada por el Consorci per a la Normalització Lingüística y evaluada según el Decreto 37/2024. El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el tablón de anuncios electrónico de la corporación y en el BOP, y las instancias se deben presentar por vía telemática de acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Adjudicación, recursos e impacto
Una vez cerrado el plazo, se emitirá un informe de idoneidad de cada aspirante que valorará preferentemente la experiencia en puestos similares o iguales, los estudios y la formación específica y otros aspectos curriculares; se podrá convocar una entrevista para verificar el perfil profesional. La propuesta motivada se elevará a la Presidencia para resolver la cobertura.
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el órgano que ha aprobado las bases en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Lleida en el plazo de dos meses.
Para un municipio pequeño como Sanaüja, la secretaría-intervención es la pieza que garantiza el control económico y la legalidad de los acuerdos municipales; mantenerla vacante obliga al consistorio a recurrir a fórmulas temporales mientras no se resuelva la provisión definitiva del puesto.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Lleida, núm. 193, 9 d’octubre de 2026, Administració Local - Ajuntaments, pàg. 1-4 (referència oficial: BOP-2026_0_193_8298).