FactBox.

Diario Oficial · 23 Sep 2026 · 17 vistas

San Miguel Norte otorga personalidad jurídica a asociación comunal de San Luis

Por FactBox Admin

San Miguel Norte otorga personalidad jurídica a asociación comunal de San Luis

El Concejo Municipal de San Miguel Norte aprobó en todas sus partes los estatutos y otorgó personalidad jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal San Luis de la Reina, que podrá abreviarse ADESCOSALRE, según el Acuerdo Número Veintidós contenido en el Acta ordinaria N° Veintiocho del 1 de septiembre de 2026. El acuerdo y los 56 artículos de los estatutos se publican en el Diario Oficial Tomo Nº 452 del 23 de septiembre de 2026, con Registro No. F48211.

Aprobación de estatutos y otorgamiento de personalidad jurídica

La decisión se adoptó con base en los artículos 118, 119, 120 y 121 del Código Municipal, que facultan a los habitantes de barrios, colonias, cantones y caseríos a constituir asociaciones comunales y establecen que la personalidad jurídica la otorga el Concejo Municipal respectivo. El Concejo verificó que los estatutos contuvieran las disposiciones exigidas por el artículo 120 y que no contrariaran la Constitución, las leyes vigentes, las ordenanzas ni los reglamentos municipales aplicables.

El Acuerdo Número Veintidós dispone, en seis puntos resolutivos:

  • Aprobar en todas sus partes los 56 artículos que conforman los estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal San Luis de la Reina, del Distrito de San Luis de la Reina, Municipio de San Miguel Norte, Departamento de San Miguel.
  • Otorgar personalidad jurídica a la asociación, para que ejerza sus actividades dentro del marco de sus estatutos y de las leyes de la República.
  • Ordenar su inscripción en el registro correspondiente que lleva la Municipalidad.
  • Ordenar la publicación del acuerdo y de los estatutos en el Diario Oficial, con los costos por cuenta de la asociación.
  • Instruir a la dependencia municipal competente para realizar las diligencias de registro y archivo.
  • Hacer saber el contenido del acuerdo a los miembros de la Junta Directiva para los efectos legales consiguientes.

La certificación fue extendida por la Licenciada Sandra Arely Márquez de Paíz, Secretaria Municipal, el 2 de septiembre de 2026, y el acuerdo aparece firmado por el Arquitecto Carlos Ernesto Méndez Luna, Alcalde Municipal, junto con el Síndico y los regidores propietarios y suplentes del Concejo.

Naturaleza, fines y estructura de gobierno

Los estatutos definen a la asociación como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa y de carácter democrático, con domicilio legal en el Distrito de San Luis de la Reina. Sus metas se enmarcan en el plan local de desarrollo aprobado por el Concejo Municipal, en áreas como organización, capacitación comunal, salud, mejoramiento de infraestructura básica, viviendas, industria, trabajo, recreación y educación.

El gobierno de la asociación corresponde a la Asamblea General, máxima autoridad integrada por los asociados activos y que sesiona ordinariamente cada tres meses, y a la Junta Directiva, que se reúne cada quince días. Los cargos directivos son Ad-Honorem y se distribuyen así:

  • Un presidente, un vicepresidente, un secretario y un prosecretario.
  • Un tesorero y un protesorero.
  • Un síndico, con representación judicial y extrajudicial de la asociación.
  • Cinco vocales.

Los directivos son electos para un periodo de dos años, con posibilidad de reelección para un periodo continuo o dos alternos. Los estatutos crean además un Comité de Vigilancia de tres miembros, con funciones de contraloría y acceso a libros, facturas y documentos, facultado para recibir denuncias contra la Junta Directiva y convocar reuniones extraordinarias.

Patrimonio, fiscalización y vigencia

El patrimonio se integra con las contribuciones de los asociados, subvenciones y aportes extraordinarios, ingresos por actividades propias, bienes inmuebles adquiridos a cualquier título y financiamiento obtenido. Los fondos deberán depositarse en una institución financiera, en una cuenta manejada con las firmas del tesorero, el síndico y el presidente.

La Alcaldía Municipal del Distrito de San Luis de la Reina auditará las operaciones de la asociación por lo menos una vez al año, o en cualquier momento a solicitud del Comité de Vigilancia o de al menos cinco asociados. La disolución requiere acuerdo de sesión extraordinaria de la Asamblea General, con mayoría absoluta de las dos terceras partes de los asociados, y el remanente resultante tras cancelar el pasivo será donado a la comunidad.

Los estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, conforme al artículo 56 del propio instrumento.

La publicación habilita a la Asociación de Desarrollo Comunal San Luis de la Reina para gestionar, contratar y ejecutar proyectos comunitarios ante organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, y para administrar recursos propios con sujeción a la fiscalización municipal. Con ello, los habitantes del Distrito de San Luis de la Reina cuentan desde ahora con una figura jurídica reconocida para canalizar iniciativas de desarrollo local y acceder a financiamiento que exige personería legal.


Fuente: Diario Oficial, Tomo Nº 452, 23 de septiembre de 2026, sección Instituciones Autónomas – Alcaldías Municipales, pág. 22 (referencia oficial: Registro No. F48211).