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BOP de Huesca · 06 Nov 2026 · 9 vistas

Sabiñánigo autoriza la cámara de tráfico ya instalada en la Plaza del Molino

Por FactBox Admin

Sabiñánigo autoriza la cámara de tráfico ya instalada en la Plaza del Molino

El Ayuntamiento de Sabiñánigo ha autorizado la instalación y el uso de una videocámara para la vigilancia, control y disciplina del tráfico en la Plaza del Molino, junto al edificio municipal «Molino Periel». Lo hace mediante el Decreto 2190/2026, firmado por la alcaldesa-presidenta Berta Fernández Pueyo y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 213, correspondiente al viernes 6 de noviembre de 2026 (páginas 59 y 60, referencia BOPH-2026-213040).

El texto reconoce que el Consistorio «ha procedido a la instalación» de las cámaras antes de contar con la autorización formal, y ahora regulariza esa situación al amparo del interés público y la seguridad vial. La resolución se apoya en el informe-propuesta del Departamento de Policía Local fechado el 16 de septiembre de 2026, el mismo día del decreto, y en las facultades que atribuyen al regidor el artículo 21 de la Ley de Bases de Régimen Local y el artículo 30 de la Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón.

Una única ubicación y un ángulo de visión definido

El decreto delimita con precisión el alcance de la captación, un extremo exigido por la normativa de videovigilancia:

  • Punto de instalación: Plaza del Molino, junto al edificio municipal «Molino Periel».
  • Zona captada: la propia plaza, la Calle Ordesa, la calzada y las aceras.
  • Finalidad: control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías públicas de Sabiñánigo.

El informe de la Policía Local de Sabiñánigo debía detallar los fundamentos jurídicos de la instalación, la identificación genérica de las vías o tramos cuya imagen puede ser captada, las medidas de seguridad de las grabaciones y el órgano responsable de su custodia y de resolver las solicitudes de acceso y cancelación.

Grabaciones destruidas en un mes y custodia policial

El segundo de los acuerdos fija las garantías sobre el material grabado. La conservación queda limitada por defecto:

  • Destrucción automática de las grabaciones en un plazo máximo de un mes desde su captación.
  • Excepción: cuando las imágenes estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública, con una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto.
  • Custodia y resolución de solicitudes de acceso y cancelación: personal habilitado del Cuerpo de la Policía Local de Sabiñánigo.
  • Información al público: responsable de la misma será quien ejerza la representación legal del Ayuntamiento de Sabiñánigo.

El decreto obliga además a colocar en la ubicación una placa informativa conforme al artículo 22 del reglamento que invoca, y a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y en el tablón municipal la existencia de las cámaras, sus ubicaciones y las medidas aplicadas.

Publicación, notificación y vías de recurso

El decreto es definitivo en la vía administrativa. Deberá notificarse a la Policía Local y publicarse en el boletín provincial y en el tablón municipal. Contra él cabe:

  • Recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Huesca (Plaza N.º 1) en el plazo de dos meses.
  • Si se opta por la reposición, no podrá acudirse a la vía judicial hasta que aquella se resuelva expresamente o se entienda desestimada por silencio.

El anuncio aparece en la Sección I, Administración Local, dentro del apartado del Ayuntamiento de Sabiñánigo (Secretaría), y lleva el número de publicación 4965.

Impacto para vecinos y conductores

La cámara afecta a un entorno céntrico de Sabiñánigo en el que conviven el edificio municipal y una vía de paso como la Calle Ordesa, de modo que las imágenes pueden alcanzar tanto a vehículos como a peatones que transiten por aceras y calzada. La resolución trata de equilibrar la seguridad vial con la protección de datos mediante tres límites concretos: un perímetro de captación declarado, un borrado mensual por defecto y una custodia reservada a agentes habilitados. Al haberse instalado el equipo antes de la autorización, el decreto cierra además cualquier duda sobre la cobertura jurídica de las grabaciones ya obtenidas con un texto que ya no admite recurso en vía administrativa.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 213, 6 de noviembre de 2026, Sección I (Administración Local), págs. 59-60 (referencia oficial: BOPH-2026-213040).