BOP de Cádiz · 12 Aug 2026 · 9 vistas
Rota aprueba el reglamento de disponibilidad de sus empleados públicos
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Rota ha aprobado definitivamente el Reglamento de Disponibilidad para los Empleados Públicos, un régimen voluntario de servicios extraordinarios que retribuye a los trabajadores municipales con cantidades de entre 60 y 100 euros mensuales. La norma se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 154, de 12 de agosto de 2026, en la referencia Nº 255.449. El mismo boletín saca a exposición pública una nueva modificación del reglamento, con la referencia Nº 255.743.
El acuerdo cierra un procedimiento iniciado el 18 de febrero de 2026, cuando el Pleno, en sesión ordinaria, aprobó inicialmente la modificación del artículo 13 y la refundición del texto. Tras la rectificación de errores del 18 de marzo y la exposición pública anunciada en el BOP número 77, de 24 de abril de 2026, la corporación desestimó las alegaciones en la sesión extraordinaria urgente del 2 de julio y dio luz verde definitiva al reglamento, firmado el 30 de julio por la vicesecretaria accidental, María Isabel García García. La norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el boletín provincial.
Once colectivos y adhesión voluntaria
La disponibilidad se define como la obligación, voluntaria y por vía contractual, de estar a disposición del Ayuntamiento de Rota para prestar servicios fuera de la jornada ordinaria. Podrán acogerse los empleados de estos colectivos:
- Policía Local, Protección Civil, operarios de fiestas, conserjes, personal de biblioteca y tramitadores de la Oficina de Atención al Ciudadano;
- electricistas, oficial fontanero, capataz de obras, grúa municipal y parques y jardines.
La mesa de negociación podrá restringir o ampliar la lista. La inscripción se formaliza durante el mes de noviembre mediante el documento contractual del anexo 1 y obliga durante todo el año natural siguiente.
Obligaciones y orden de llamamiento
El empleado debe facilitar un teléfono para ser localizado entre las 9:00 y las 22:00 y devolver la llamada en un máximo de cuatro horas. La Administración comunicará los servicios con cuatro días naturales de antelación, salvo casos de urgencia, y se garantizará un descanso mínimo de ocho horas entre servicios. Los llamamientos se ordenan primero por fecha de firma y después por menor número de horas acumuladas y antigüedad. Los eventos de Semana Santa y Feria de Primavera quedan excluidos del régimen.
Retribuciones y topes mensuales
La retribución es mensual y depende de las horas de servicios extraordinarios previstas por departamento en cómputo anual:
- hasta 1.000 horas: 60 euros mensuales;
- más de 1.000 y hasta 2.000 horas: 80 euros;
- más de 2.000 horas: 100 euros.
Los topes máximos mensuales por departamento o colectivo son de 2.400, 3.500 y 5.000 euros según el tramo; si se superan, el importe se reparte entre los inscritos. En enero de cada año se regulariza la nómina según las horas realmente prestadas.
Puntos, descuentos en nómina y sanciones
El régimen sancionador combina puntos y penalizaciones económicas:
- no responder al teléfono o no devolver la llamada: 2 puntos;
- no comunicar el cambio de número: 2 puntos, más uno adicional si persiste cinco días;
- renunciar al servicio asignado: 3 puntos;
- no comparecer al servicio confirmado: 4 puntos.
Alcanzar dos puntos en un año natural supone perder el 100 % de la cuantía mensual; con cuatro puntos se pierde la cuantía y se expulsa al empleado del régimen durante el resto del año. Las bajas médicas que provoquen incomparecencias conllevan la pérdida del 50 % de la mensualidad. Las sanciones, impuestas por Decreto de la Alcaldía-Presidencia e inmediatamente ejecutivas, se abonan mediante descuento en nómina, para lo que el empleado firma su conformidad en el documento contractual.
Una modificación, en exposición pública
El anuncio Nº 255.743 recoge que el Pleno, en la sesión extraordinaria urgente del 2 de julio de 2026, aprobó inicialmente una modificación del reglamento y su refundición. El expediente permanecerá en exposición pública durante treinta días hábiles; si no se presentan alegaciones, quedará aprobado definitivamente. Puede consultarse en la Delegación de Presidencia y Recursos Humanos (plaza de España, 2, edificio García Sánchez, de 9:00 a 14:00) y en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento.
La norma afecta a los colectivos municipales con mayor carga de servicios extraordinarios y fija por primera vez una compensación mensual con criterios objetivos de reparto y publicidad. Para los empleados de Rota, conocer el sistema de puntos, los descuentos en nómina y los plazos de la nueva exposición pública resulta decisivo antes de decidir si se adhieren al régimen a partir del próximo año natural.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 154, de 12 de agosto de 2026, Administración Local, págs. 3-6 (referencias oficiales: Nº 255.449 y Nº 255.743).