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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 26 Sep 2026 · 5 vistas

Registrado el convenio de Valoriza para la recogida de envases en Fuenlabrada

Por FactBox Admin

Registrado el convenio de Valoriza para la recogida de envases en Fuenlabrada

La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha inscrito y ordenado la publicación del convenio colectivo de Valoriza Servicios Medioambientales, S.A. para el Servicio de Recogida Selectiva de Envases en el término municipal de Fuenlabrada. La decisión se formaliza en la Resolución de 2 de septiembre de 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) núm. 230, de 26 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOCM-20260926-1 y el código de convenio 28103651012023.

El texto fue suscrito por la Comisión Negociadora el 29 de junio de 2026 y afecta a todas las personas trabajadoras de la empresa adscritas al servicio de recogida selectiva de envases en Fuenlabrada. La resolución, firmada por la Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla, inscribe el convenio en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad y dispone su depósito y publicación obligatoria y gratuita en el BOCM.

Vigencia y ámbito de aplicación

El convenio tiene una duración de dos años, del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027, y entra en vigor el día de su firma salvo en las materias con previsión expresa. Queda denunciado automáticamente el 31 de diciembre de 2027, aunque se mantendrá en sus propios términos hasta la firma de un nuevo texto que lo sustituya.

Las tablas salariales definitivas de 2026 y 2027 se aplican con carácter retroactivo al 1 de enero de 2026. El personal subrogado por la empresa al inicio del contrato vinculado con el Ayuntamiento de Fuenlabrada mantiene los derechos y obligaciones del acuerdo recogido en el acta de 5 de octubre de 2012.

Salarios, pluses y pagas

La estructura retributiva incluye salario base, plus convenio, antigüedad, plus tóxico, penoso y peligroso, plus de transporte, plus nocturno, plus actividad y plus de manejo de pluma. Los importes anuales totales para 2026 son:

  • Encargado: 32.190,68 euros.
  • Capataz: 28.203,89 euros; capataz de noche, 31.267,56 euros.
  • Conductor: 25.653,49 euros; conductor de noche, 28.647,27 euros.
  • Peón: 23.201,41 euros; peón de noche, 25.747,20 euros.
  • Oficial de taller (1ª, 2ª y 3ª): entre 23.334,86 y 22.590,73 euros.

Para 2027 las cuantías suben: el peón pasa a 24.134,45 euros anuales y el conductor a 26.660,10 euros. La antigüedad se compone de tres bienios del 5 % del salario base y quinquenios posteriores del 7 %; el plus nocturno equivale al 25 % del salario base y el manejo de pluma se paga a 3,00 euros brutos diarios. Se abonan tres pagas extraordinarias (Verano, Navidad y Marzo), además de la paga del 1 de mayo y la de noviembre, prorrateadas en nómina mensual durante la vigencia.

Jornada, permisos y mejoras sociales

La jornada semanal es de 35 horas, con 7 horas diarias y un descanso intermedio de 30 minutos considerado tiempo efectivo. Los turnos se fijan de 7:00 a 14:00, de 14:15 a 21:15 y de 22:00 a 05:00 horas. Las horas adicionales son voluntarias y se compensan al precio de la hora extraordinaria.

  • Vacaciones: 30 días naturales para la plantilla de diario y 10 días para el personal de sábados, domingos y festivos (SDF).
  • Días de libre disposición: 5 al año para diario y 3 para SDF, con posibilidad de un cuarto día.
  • Licencia por matrimonio o pareja de hecho: 15 días naturales.
  • Seguro colectivo de vida: 23.000 euros por fallecimiento o invalidez derivados de accidente laboral.
  • Préstamos reintegrados: hasta 1.000 euros para jornada completa y 500 euros para parcial de SDF, con un fondo dotado con 18.000 euros.
  • Festivos: se añade San Martín de Porres (3 de noviembre), retribuido con 40 euros para el personal de SDF.

Protocolo frente al calor y control del convenio

El anexo III incorpora un protocolo frente al calor aplicable al servicio de envases ligeros durante la temporada estival, del 1 de junio al 15 de septiembre, prorrogable si se activa alguna alerta. Establece medidas por niveles: en alerta amarilla (36-38 °C) las rutas se programan por la mañana y se exige pausa de recuperación térmica de 10 minutos cada 90 minutos; en alerta naranja (39-41 °C) no salen vehículos sin aire acondicionado en horas de máxima carga solar; y en alerta roja (a partir de 41 °C) se suspenden las tareas al aire libre salvo emergencias o servicios mínimos.

Se crea una Comisión Mixta Paritaria de vigilancia e interpretación del convenio, con reunión obligatoria en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la convocatoria. En materia de igualdad se aplica el Plan de Igualdad de la empresa, suscrito con U.G.T. y CC.OO. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo en el plazo de un mes.

El convenio ordena las condiciones laborales y salariales de la plantilla que presta un servicio municipal esencial en Fuenlabrada, con subidas escalonadas hasta 2027 y garantías específicas de seguridad ante episodios de calor extremo.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 230, de 26 de septiembre de 2026, sección I.C “Otras Disposiciones”, pág. 5 (referencia oficial: BOCM-20260926-1).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-26