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Diario Oficial de Extremadura · 23 Sep 2026 · 4 vistas

Publicado el convenio colectivo del personal laboral de Villanueva de la Vera

Por FactBox Admin

Publicado el convenio colectivo del personal laboral de Villanueva de la Vera

El Diario Oficial de Extremadura publica este miércoles 23 de septiembre de 2026, en su número 184, el texto del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Villanueva de la Vera (Cáceres), tras la resolución de la Dirección General de Trabajo de 14 de septiembre que ordena su inscripción en el registro autonómico. El convenio, con código 10100582012026, fue suscrito el 27 de agosto de 2026 y ratificado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria del 3 de septiembre. La referencia oficial del anuncio es 2026062372.

La resolución, firmada por la directora general de Trabajo, Pilar Bueno Espada, en Mérida el 14 de septiembre de 2026, se dicta al amparo del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 38 del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 713/2010 y el Decreto 187/2018, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El acuerdo lo suscribieron representantes de la corporación municipal y los miembros del comité de empresa, con CSIF y CC.OO. como organizaciones sindicales intervinientes.

El texto regula las condiciones de trabajo del personal laboral al servicio directo del Ayuntamiento, con una vigencia de cuatro años prorrogables automáticamente por años naturales y aplicación en todos los centros de trabajo municipales. Entrará en vigor una vez cumplidos los trámites legales y publicada su versión en el DOE.

Jornada, vacaciones y permisos

  • Jornada de 37,5 horas semanales, con horario flexible y un máximo de 8 horas diarias; turno fijo diurno de 8 a 15 o de 15 a 22 horas, y turno rotatorio que añade el de 22 a 8.
  • Descanso semanal mínimo de dos días ininterrumpidos y bolsa de 14 días de compensación anual para el personal a turnos.
  • Vacaciones de 22 días hábiles o 30 naturales, ampliables por antigüedad: 23 días a los 15 años, 24 a los 20, 25 a los 25 y 26 a partir de los 30 años.
  • Seis días de asuntos propios al año, que llegan a 13 al cumplir el decimotercer trienio.
  • Permisos retribuidos de 15 días naturales por matrimonio, cinco por enfermedad grave o fallecimiento de familiar de primer grado, tres por segundo grado y dos por tercer grado.

Retribuciones y complementos

Las retribuciones se dividen en básicas (sueldo, trienios y pagas extraordinarias) y complementarias (carrera profesional, destino, específico, productividad, gratificaciones y la parte correspondiente de las pagas extras). El valor del trienio se fija en 23,50 euros y se abonarán dos pagas extraordinarias al año, en junio y diciembre. Los puestos se clasifican en 18 niveles de complemento de destino.

  • Guardias: cuantía calculada con la fórmula X = 300 x 5 / n, con base de 300 euros actualizable según los Presupuestos Generales del Estado.
  • Plus de disponibilidad: 70 euros mensuales.
  • Indemnización por uso de vehículo propio: 0,26 euros por kilómetro.
  • Ayudas complementarias: complemento hasta el 100 % de las retribuciones durante la incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral.

Teletrabajo, prevención y protocolos

El capítulo X regula el teletrabajo, desarrollado en el anexo III, con equipamiento a cargo del Ayuntamiento (ordenador portátil, funda y ratón) y autorización del alcalde o alcaldesa en un plazo máximo de diez días hábiles, con silencio administrativo positivo. El capítulo IX incorpora un protocolo contra el acoso laboral (anexos I y II) que abarca el acoso sexual y por razón de sexo y el acoso por condición LGTBI. El anexo IV establece el protocolo de actuación ante fenómenos meteorológicos adversos e incendios forestales en el marco PLATERCAEX/INFOEX, con punto de encuentro en la Plaza de Aniceto Marinas y coordinación a través del 112.

Organización y régimen disciplinario

  • Clasificación del personal en cinco grupos profesionales (I a V), según titulación y funciones.
  • Funcionarización voluntaria mediante convocatoria independiente de la oferta de empleo público, en régimen de promoción interna y concurso-oposición.
  • Crédito de 20 horas mensuales por miembro del Comité de Empresa para actividad sindical.
  • Faltas leves, graves y muy graves, con sanciones que llegan al despido; prescripción de tres años para las muy graves, dos para las graves y seis meses para las leves.

La publicación en el DOE dota al convenio de eficacia general y fija el marco laboral de los empleados municipales de Villanueva de la Vera para los próximos cuatro años, con mejoras en conciliación, retribuciones y protección frente al acoso. El acuerdo sustituye las condiciones vigentes hasta la fecha y crea una Comisión Paritaria de interpretación y vigilancia que deberá constituirse en los treinta días naturales siguientes a la firma.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura (DOE), n.º 184, de 23 de septiembre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062372).