BOP de Almería · 07 Oct 2026 · 18 vistas
Publicado el convenio colectivo de FASSA Hispania en Antas para 2025-2027
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de Almería publica este miércoles 7 de octubre de 2026 el convenio colectivo de FASSA HISPANIA, S.A.U. para su centro de trabajo de Antas (Almería), con vigencia 2025-2027 y efectos económicos retroactivos a 2025 y 2026. La Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía en Almería ordenó su inscripción en el registro oficial y su publicación mediante anuncio de 21 de septiembre de 2026, tramitado con el número de expediente 2598/26.
El texto fue suscrito el 3 de agosto de 2026 entre la representación legal de la empresa y los Delegados de Personal, y se publica al amparo del artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos. El convenio lleva el código 04000662011982 y recoge la denominación anterior de la compañía, YESOS, ESCAYOLAS Y DERIVADOS, S.A. (YEDESA). El anuncio está firmado por el delegado territorial, Amós García Hueso.
El ámbito funcional abarca la fabricación de yesos, cales y escayolas, y el territorial se limita al centro de trabajo de Antas, con independencia de dónde radique el domicilio social. Queda sometida al convenio toda la plantilla de esa factoría, salvo las excepciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
Vigencia, atrasos y subida salarial
- Duración desde la publicación oficial en el BOP hasta el 31 de diciembre de 2027, sin efectos retroactivos generales.
- Excepción: se aplican los efectos económicos de las tablas salariales de los anexos I, II y III correspondientes a 2025 y 2026.
- Los atrasos derivados de esa aplicación retroactiva podrán abonarse en un plazo máximo de dos meses desde la publicación oficial.
- Prórroga automática salvo denuncia expresa de una de las partes con seis meses de antelación al vencimiento.
- Incrementos pactados: 3,1% en 2025, 2,5% en 2026 y 2,4% en 2027, tomando como base las tablas del ejercicio anterior.
- Si el IPC real de 2026 supera el incremento pactado, se actualizarán las tablas de 2027 con un tope adicional de un punto, con efectos del 1 de enero de 2027 y sin generar atrasos en 2026.
Jornada, turnos y descansos
La jornada anual máxima se fija en 1.736 horas de trabajo efectivo para los tres años de vigencia, con 10 días de licencia retribuida y un mínimo de 22 días laborables de vacaciones. El plan de turnos deberá comunicarse con al menos tres semanas de antelación.
- Departamento de horno de escayola y semihidratado: tres turnos rotativos (mañana, tarde y noche) durante los siete días de la semana.
- Departamentos de envase yeso y envase mortero: tres turnos ordinarios de lunes a viernes.
- Turnos nocturnos entre las 22:00 y las 06:00 horas: recargo del 50% sobre el salario base diario.
- Turnos completos de fin de semana (de las 06:00 del sábado a las 06:00 del lunes): 70 euros brutos por turno, 85 euros en 2026 y 100 euros desde 2027.
Complementos salariales y previsión social
- Plus de mejora: 60,10 euros mensuales que pasan a 70,00 euros brutos al mes desde el mes siguiente a la publicación, sin retroactividad ni revalorización futura.
- Plus de productividad: 6,80 euros diarios en 2025, 6,97 euros en 2026 y 7,14 euros en 2027.
- Plus de transporte: 9,41 euros diarios en 2025, 9,65 euros en 2026 y 9,88 euros en 2027.
- Plus de limpieza de camión-cuba: 75,80 euros mensuales; plus de camión-grúa: 45,47 euros mensuales.
- Horas extraordinarias: voluntarias y con un límite de 80 al año por trabajador, salvo fuerza mayor.
- Indemnización de 42.000 euros por incapacidad permanente o muerte derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional; tres mensualidades del salario vigente en caso de enfermedad común o accidente no laboral.
- Complemento empresarial del 100% del salario de tablas en riesgo durante el embarazo y en incapacidad temporal por contingencias profesionales.
Representación y resolución de conflictos
Se constituye una Comisión Paritaria con un máximo de tres miembros por cada parte, cuyos acuerdos se adoptan por unanimidad y que actúa como trámite previo y preceptivo a cualquier actuación administrativa o judicial, con un plazo de veinte días hábiles para resolver o emitir dictamen. Agotada esa vía sin acuerdo, las partes se someten a los procedimientos del Sistema de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Andalucía (SERCLA). El convenio incluye además una cláusula de inaplicación de condiciones de trabajo conforme al artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.
El acuerdo afecta a la práctica totalidad del empleo industrial del municipio y llega con más de un año de retraso respecto al inicio de su vigencia, de ahí que la plantilla perciba ahora los efectos económicos de 2025 y 2026 en un único pago. Para los trabajadores de la factoría, la referencia práctica es doble: las tablas de los anexos fijan el salario base y las pagas, y el plazo de dos meses marca la fecha límite para cobrar los atrasos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería, nº 194, 7 de octubre de 2026, Administración Autonómica, pág. 36 (referencia oficial: 2598/26).