BOP de Burgos · 06 Oct 2026 · 20 vistas
Publicado el acuerdo laboral de los funcionarios de Merindad de Río Ubierna
Por FactBox Admin

La Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, dependiente de la Delegación Territorial de Burgos de la Junta de Castilla y León, ha ordenado la inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos y la publicación del acuerdo general de funcionarios del Ayuntamiento de Merindad de Río Ubierna. El texto fue suscrito el 11 de septiembre de 2026 y aparece publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos núm. 190, de 6 de octubre de 2026, con referencia BOPBUR-2026-04140. El acuerdo regula las condiciones de trabajo del personal funcionario municipal hasta el 31 de diciembre de 2029.
La resolución, de 22 de septiembre de 2026 y firmada por el jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Juan Martín Antón Crespo, ordena la inscripción en el registro electrónico del centro directivo, con notificación a la comisión negociadora, y dispone la publicación en el boletín provincial. El acuerdo fue firmado por el alcalde-presidente del ayuntamiento, José María del Olmo Arce, y por Sonia Enrique Muñoz, representante sindical de UGT, en representación del personal funcionario.
La inscripción se ampara en el artículo 38.6 del Estatuto Básico del Empleado Público, en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en el artículo 2 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, en el Real Decreto 831/95, de 30 de mayo, y en la Orden PRE/813/2022, de 5 de julio. El acuerdo se negoció al amparo de la Ley Orgánica 11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
Jornada, horarios y vacaciones
El acuerdo fija una jornada general de 35 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, con horario ordinario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. En las dependencias sin atención directa al público se establece flexibilidad de entrada entre las 7:30 y las 9:00 horas y de salida entre las 14:00 y las 15:00 horas, con recuperación posible hasta las 17:00 horas.
- Pausa diaria de 30 minutos computable como trabajo efectivo.
- 22 días hábiles de vacaciones anuales, ampliables a 23, 24, 25 y 26 días a los 15, 20, 25 y 30 años de servicio.
- Los días 24 y 31 de diciembre serán inhábiles y no recuperables.
- Seis días anuales por asuntos particulares, más un día por Santa Rita.
- Compromiso de negociar un documento de teletrabajo conforme al artículo 47.bis del EBEP.
Retribuciones y carrera profesional
La estructura salarial comprende salario base, complemento de destino, trienios, complemento específico, carrera profesional horizontal y servicios extraordinarios, con dos pagas extraordinarias anuales de una mensualidad completa cada una. Las cuantías se actualizarán conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Las horas extraordinarias se compensarán preferentemente con descanso: dos horas por cada hora laborable, dos horas y media por festiva o nocturna y tres horas y media por festiva y nocturna. Si se abonan económicamente, se aplicará el 125%, 150% o 200% del valor de la hora ordinaria según el caso.
La mesa general de negociación deberá elaborar y proponer un Plan de Carrera Horizontal en los seis meses siguientes a la entrada en vigor, con efecto retroactivo a la fecha de aprobación del acuerdo para el acceso al grado 1.
Acción social, jubilación y comisión paritaria
- Póliza de accidentes: 40.000 euros por fallecimiento y 80.000 euros por incapacidad absoluta o permanente.
- Incentivo por jubilación anticipada: tres mensualidades íntegras dos años antes de la edad legal y dos mensualidades un año antes.
- Premio a la constancia: un mes de vacaciones o una mensualidad íntegra tras 25 años de servicio continuado.
- Seguro médico de reembolso en modalidad de copago para funcionarios con más de un año de antigüedad.
La comisión paritaria estará formada por la representación de los funcionarios, otro empleado público elegido por esta y dos representantes de la corporación, con voto ponderado. Se reunirá en un máximo de diez días hábiles desde la propuesta de alguna de las partes, con un mínimo de 48 horas de antelación. Sus funciones incluyen la interpretación del acuerdo, la corrección de errores y la mediación previa en conflictos colectivos.
El acuerdo también compromete a las partes a negociar un plan de igualdad entre mujeres y hombres en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.
El texto sustituye las condiciones laborales vigentes hasta la fecha y unifica en un solo documento las materias negociables del personal funcionario municipal, desde la jornada y las retribuciones hasta la salud laboral y el régimen disciplinario. Su publicación en el boletín provincial marca el inicio de su eficacia jurídica y abre el calendario de desarrollo pactado, con el plan de carrera horizontal y el plan de igualdad como primeros hitos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 190, de 6 de octubre de 2026, sección II. Administración Autonómica (referencia oficial: BOPBUR-2026-04140).