Boletín Oficial de Navarra · 20 Oct 2026 · 1 vistas
Publicadas las tablas salariales definitivas de 2025 de la hostelería de Navarra
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de Navarra publica este martes, 20 de octubre de 2026, las tablas salariales definitivas de 2025 del Convenio Colectivo de Hostelería de Navarra, con retribuciones anuales que van de 17.490,80 euros en el nivel V a 29.819,21 euros en el nivel I. La publicación se ordena mediante la Resolución 159C/2026, de 28 de septiembre, del director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo, que acuerda la inscripción, el depósito y la publicación del acuerdo de revisión salarial.
El texto del acuerdo tuvo entrada en el registro el 18 de septiembre de 2026 y fue suscrito el 11 de febrero de 2026 por la representación empresarial y la mayoría sindical, según recoge la propia resolución. El convenio afectado es el identificado con el código 31003805011981, y la actualización se realiza en virtud del artículo 4 del convenio sectorial, que vincula la revisión de las tablas a la evolución del IPC mediante las reglas matemáticas correspondientes.
La tramitación se ampara en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos. La resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones del artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, y del Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre, de estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo.
Cinco niveles con subidas anuales de hasta 29.819 euros
Las tablas definitivas de 2025 fijan el salario mensual y anual de cada uno de los cinco niveles del convenio, con estas cuantías:
- Nivel I: 2.149,98 euros mensuales y 29.819,21 euros anuales.
- Nivel II: 1.883,22 euros mensuales y 26.084,57 euros anuales.
- Nivel III: 1.696,47 euros mensuales y 23.470,06 euros anuales.
- Nivel IV: 1.642,90 euros mensuales y 22.720,17 euros anuales.
- Nivel V: 1.269,38 euros mensuales y 17.490,80 euros anuales.
El salario base oscila entre 1.720,01 euros del nivel I y 953,03 euros del nivel V, mientras que el plus de convenio va de 289,71 a 176,09 euros. El plus de manutención se fija en 140,26 euros para todos los niveles.
Antigüedad, vinculación y pluses de puesto
El acta incorpora además los complementos ligados a la permanencia en la empresa y a las condiciones de trabajo:
- Antigüedad a los 6 años: de 137,60 euros (nivel I) a 102,28 euros (nivel IV).
- Antigüedad a los 9 años: de 275,20 euros (nivel I) a 204,55 euros (nivel IV).
- Premio de vinculación a los 19 años: 185,09 euros en todos los niveles.
- Premio de vinculación a los 29 años: 277,62 euros en todos los niveles.
- Plus de nocturnidad: de 3,09 a 2,34 euros según nivel.
- Plus de domingos y festivos: 32,58 euros; plus de idiomas: 30,15 euros.
- Plus de recepcionistas: 88,19 euros; abono por sustitución del descanso semanal: 51,36 euros.
- Compensación de festivo: 38,40 euros; ropa de trabajo: 146,66 euros.
Firmantes del acta veinticincoava de la comisión paritaria
El acuerdo se formalizó en la sesión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Hostelería de Navarra celebrada en Pamplona el 11 de febrero de 2026, con la firma de:
- Por la Asociación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Navarra: José Ignacio Calvo Pérez, Álvaro Valgañón Villanueva y Gonzalo Valgañón Domínguez.
- Por UGT: Amaia Villanueva Fernández y Mikel Lizarraga.
- Por CCOO: Gorka Arias Ferraz.
La resolución ordena la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra y dispone la publicación en el boletín para general conocimiento.
La hostelería es el sector más intensivo en empleo de Navarra, por lo que la actualización de estas tablas tiene efecto directo sobre las nóminas de miles de trabajadores y sobre los costes laborales de bares, restaurantes y alojamientos. La publicación en el boletín oficial cierra la tramitación del acuerdo y dota de publicidad y seguridad jurídica a unas cuantías que las empresas deben aplicar en la confección de las nóminas del ejercicio.
Fuente: Boletín Oficial de Navarra, nº 209, 20 de octubre de 2026, sección 1.5 Estatutos y convenios colectivos, págs. 37234-37235 (referencia oficial: Resolución 159C/2026).