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BOP de Burgos · 09 Oct 2026 · 18 vistas

Publicadas las tablas salariales de 2026 del comercio de alimentación burgalés

Por FactBox Admin

Publicadas las tablas salariales de 2026 del comercio de alimentación burgalés

La Oficina Territorial de Trabajo de Burgos ha ordenado la inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y la publicación de las tablas salariales para el año 2026 del convenio colectivo de comercio de alimentación, supermercados y autoservicios de la provincia. La decisión se formaliza en la resolución de 29 de septiembre de 2026, difundida en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 193, correspondiente al viernes 9 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOPBUR-2026-04248. La actualización de las tablas se aprueba con efectos de 1 de enero de 2026, es decir, con carácter retroactivo respecto a la fecha de publicación.

El texto ahora publicado parte del acuerdo de fecha 8 de julio de 2026, suscrito por la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo para la actividad de comercio de alimentación-mayoristas de coloniales, detallistas de ultramarinos, supermercados y autoservicios de la provincia de Burgos. El convenio está identificado con el código C.C. 09000075011982 y su ámbito funcional abarca, por tanto, a los mayoristas de coloniales, los detallistas de ultramarinos, los supermercados y los autoservicios radicados en la provincia.

Inscripción y publicación oficial

La resolución consta de dos acuerdos. El primero ordena la inscripción del acuerdo en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la comisión negociadora. El segundo dispone su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

El documento aparece encuadrado en la sección II, Administración Autonómica, bajo el epígrafe de la Junta de Castilla y León y la Delegación Territorial de Burgos, y va firmado en Burgos a 29 de septiembre de 2026 por el jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Juan Martín Antón Crespo.

Contenido de las tablas salariales

El anexo publicado recoge la tabla salarial del convenio estructurada por grupos profesionales y áreas funcionales. La relación de categorías incluye:

  • Grupo I: Gerencia, Ventas, Administración y Servicios Auxiliares Específicos.
  • Grupo II: Ventas, Administración y Servicios Auxiliares Específicos.
  • Grupo III: con las mismas áreas funcionales de Ventas, Administración y Servicios Auxiliares Específicos.

Cada categoría aparece con sus importes correspondientes en la tabla anexa que acompaña a la resolución, que es la que fija las cuantías aplicables durante el ejercicio 2026 en el sector.

La inscripción y publicación se amparan en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Se invocan además el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el Real Decreto 831/95, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Trabajo.

Completa el marco la Orden PRE/813/2022, de 5 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, norma que atribuye a estos centros directivos la tramitación del registro y la publicación de los textos pactados.

La publicación de estas tablas afecta a la práctica totalidad de las plantillas del comercio de alimentación de la provincia de Burgos, desde grandes supermercados hasta autoservicios y mayoristas de coloniales. Al fijarse los efectos económicos en el 1 de enero de 2026, las empresas del sector deberán aplicar las nuevas cuantías y regularizar los atrasos devengados desde esa fecha conforme a lo pactado por la comisión negociadora.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 193, de 9 de octubre de 2026, sección II. Administración Autonómica, pág. 4 (referencia oficial: BOPBUR-2026-04248).