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Diário da República · 01 Oct 2026 · 23 vistas

Prorrogadas hasta dos años las licencias de asistencia en escala aeroportuaria

Por FactBox Admin

Prorrogadas até dois anos as licenças de assistência em escala aeroportuária

El Gobierno ha prorrogado, a título excepcional y transitorio, las licencias de asistencia en escala (handling) otorgadas en los aeropuertos de Lisboa, Oporto y Faro por un periodo total no superior a dos años, contados a partir del 26 de octubre de 2026. La medida consta del Decreto-Ley n.º 197/2026, de 1 de octubre, publicado en el Diário da República, 1.ª serie, n.º 191, que procede a la segunda modificación del Decreto-Ley n.º 100/2023, de 31 de octubre. La prórroga se determina mediante orden fundamentada del miembro del Gobierno responsable del área de infraestructuras.

Un régimen excepcional para asegurar la operación

El Decreto-Ley n.º 275/99, de 23 de julio, transpuso al ordenamiento jurídico interno la Directiva n.º 96/67/CE, del Consejo, de 15 de octubre de 1996, y establece el régimen jurídico de acceso y ejercicio de las actividades de asistencia en escala al transporte aéreo, previendo la limitación del número de prestadores en aeropuertos con condicionantes de seguridad, protección, capacidad o espacio disponible.

El Decreto-Ley n.º 100/2023, de 31 de octubre, prorrogó excepcionalmente las licencias de las categorías 3, 4 y 5 otorgadas en los aeropuertos de Lisboa, Oporto y Faro al prestador seleccionado al amparo del artículo 27.º del Decreto-Ley n.º 275/99, para asegurar la continuidad, estabilidad y previsibilidad de la operación hasta la conclusión del concurso. Las licencias válidas a la fecha de entrada en vigor fueron prorrogadas hasta el 19 de noviembre de 2025, o hasta la atribución de las nuevas licencias, según lo que ocurriera primero, con posibilidad de una nueva extensión de hasta un año.

Al amparo de dicha habilitación, la Orden n.º 13578/2025, de 12 de noviembre, y la Orden n.º 5761/2026, de 5 de mayo, prorrogaron la validez de las licencias en vigor hasta el 25 de octubre de 2026.

Litigios del concurso y transición entre prestadores

El procedimiento concursal para la atribución de las nuevas licencias ha sido objeto de litigios, manteniéndose la necesidad de asegurar la continuidad de la operación aeroportuaria, especialmente en periodos de elevada presión operativa.

El Gobierno justifica la nueva solución normativa con la complejidad de una eventual transición entre prestadores en aeropuertos de la dimensión de los de Lisboa, Oporto y Faro, que requeriría un periodo adecuado de preparación, movilización de medios humanos, técnicos y materiales, articulación con transportistas aéreos, la entidad gestora aeroportuaria, otras autoridades competentes y demás intervinientes operativos, así como la salvaguarda de las posiciones de los trabajadores afectados a la actividad.

Condiciones, límites y cese de las licencias

  • Las licencias comprendidas son las asignadas al amparo de la Orden n.º 14886-A/2013, publicada en el Diário da República, 2.ª serie, n.º 222, de 15 de noviembre de 2013, en los aeropuertos Francisco Sá Carneiro (Oporto), Gago Coutinho (Faro) y Humberto Delgado (Lisboa).
  • La prórroga ocurre en caso de no conclusión del procedimiento de asignación de las nuevas licencias, de suspensión de la respectiva eficacia o de no conclusión de la transición operacional en términos que garanticen continuidad y seguridad.
  • Cada prórroga se determina según criterios de proporcionalidad y no puede exceder el tiempo estrictamente necesario para la extinción del hecho que la fundamentó.
  • Las licencias cesan cuando las nuevas licencias produzcan efectos y esté asegurada la continuidad y seguridad de la operación, mediante declaración del miembro del Gobierno, tras consultar a la Autoridad Nacional de Aviación Civil y a la empresa concesionaria.
  • No se adeudan tasas какиеquiera por la prórroga.

Tramitación y entrada en vigor

El diploma fue aprobado en Consejo de Ministros el 17 de septiembre de 2026, con los votos de Luís Montenegro y de Miguel Martinez de Castro Pinto Luz, promulgado el 25 de septiembre de 2026 por el Presidente de la República, António José Martins Seguro, y refrendado el 29 de septiembre de 2026 por el Primer Ministro, Luís Montenegro.

El Decreto-Ley n.º 197/2026 entra en vigor el día siguiente al de su publicación y produce efectos el 25 de octubre de 2026, precisamente cuando caducaba el plazo fijado por las órdenes anteriores.

La prórroga evita una interrupción de los servicios de asistencia en escala en los tres mayores aeropuertos nacionales, manteniendo en funciones a los actuales prestadores y protegiendo los puestos de trabajo del sector mientras el concurso para las nuevas licencias no esté concluido y la transición operacional asegurada.


Fuente: Diário da República, 1.ª série, n.º 191, de 1 de octubre de 2026, sección I, pág. 1 (referencia oficial: Decreto-Ley n.º 197/2026).