Butlletí Oficial de les Illes Balears · 26 Sep 2026 · 7 vistas
Ports de las Islas Baleares suspende el concurso de Cala'n Bosch
Por FactBox Admin

Ports de les Illes Balears ha declarado la suspensión del concurso para la adjudicación de la concesión administrativa para la ocupación y explotación del Puerto Deportivo de Cala’n Bosch-Menorca, en el término municipal de Ciutadella. La medida, con efectos desde el 6 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 121, de 26 de septiembre de 2026, sección III, edicto 9621, y llega tras el recurso de reposición interpuesto por Holiday Lines Menorca, S.L.
Un concurso detenido por el silencio administrativo
El procedimiento ha quedado suspendido porque transcurrió más de un mes desde la interposición del recurso sin que el órgano competente dictara ni notificara una resolución expresa sobre la suspensión solicitada. El artículo 117 de la Ley 39/2015 establece que, en este supuesto, la ejecución del acto impugnado se entiende suspendida.
La resolución, firmada en Palma el 24 de septiembre de 2026, ordena notificar la decisión a la persona interesada y publicarla en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE), en el BOIB y en la web de PortsIB.
Los antecedentes del procedimiento
- 30/06/2026: el Acuerdo del Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears inicia el expediente y aprueba la convocatoria, los pliegos y el estudio de viabilidad económica financiera del concurso.
- 07/07/2026: el acuerdo se publica en el BOIB.
- 09/07/2026: se publica en la PLACE.
- 05/08/2026: entra en el registro electrónico de PortsIB el recurso de reposición de Alan Cesar Pons Hampshire, en representación de Holiday Lines Menorca, S.L., contra el acuerdo de aprobación de las bases, con petición de suspensión.
- 06/09/2026: fecha de efectos de la suspensión declarada.
Base jurídica de la decisión
La competencia sobre el dominio público portuario de los puertos no declarados de interés general corresponde a la Comunidad Autónoma, según el artículo 30.5 del Estatuto de Autonomía (LO 2/1983, reformada por la LO 1/2007) y el artículo 3 de la Ley 10/2005, de puertos de las Islas Baleares. El artículo 26.2 atribuye a PortsIB las facultades ejecutivas sobre estos puertos.
La misma Ley 10/2005 somete a concesión administrativa toda ocupación del dominio público portuario con obras o instalaciones no desmontables o con usos superiores a cuatro años (artículo 72) y faculta a PortsIB a convocar concursos mediante publicación en el BOIB (artículo 79). La resolución se adopta al amparo del artículo 10k) de los Estatutos de Ports de les Illes Balears (Decreto 134/2005), que permite al vicepresidente adoptar decisiones y medidas urgentes.
Plazos y recursos
Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo de Administración en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015 y el artículo 58 de la Ley 3/2003.
La resolución la informa el jefe del Departamento Jurídico y Administrativo, Antonio Armengol Garau, y la resuelve el vicepresidente, Antonio Mercant Morato.
La paralización del concurso deja en el aire la licitación de una infraestructura náutica relevante para Menorca y afecta tanto a los inversores interesados en la explotación del puerto como a los usuarios y las empresas náuticas de Ciutadella, que deberán esperar la resolución del recurso para conocer el futuro del procedimiento.
Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 121, 26 de septiembre de 2026, Sección III, pág. 52114-52115 (referencia oficial: edicto 9621).