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BOP de Cáceres · 22 Sep 2026 · 3 vistas

Plasencia aprueba definitivamente la tasa por ocupar la vía pública

Por FactBox Admin

Plasencia aprueba definitivamente la tasa por ocupar la vía pública

El Ayuntamiento de Plasencia ha elevado a definitiva la modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 13, reguladora de la tasa por la ocupación o aprovechamiento especial de terrenos de uso público. El acuerdo, aprobado inicialmente por el Pleno en sesión de 15 de mayo de 2026, se publica íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 181, de 22 de septiembre de 2026 (CVE: BOP-2026-4394). La norma fija las tarifas que deberán abonar quioscos, terrazas de hostelería, banderolas, vallas y otras instalaciones que ocupan la vía pública.

El expediente se sometió a información pública y audiencia mediante anuncio en el tablón municipal y en el BOP de Cáceres n.º 99, de 27 de mayo de 2026, por un plazo de treinta días. Como exige el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el edicto de exposición pública se publicó además en el Periódico de Extremadura el 14 de septiembre de 2026. Al no presentarse reclamaciones, el acuerdo provisional se eleva a definitivo sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario, conforme al artículo 17.3 del TRLHL.

El edicto está firmado en Plasencia el 15 de septiembre de 2026 por el alcalde, David Casimiro Dóniga Estévez.

Quioscos: tarifas por temporada y superficie

La Tarifa Primera detalla los importes anuales o por temporada de verano según el tipo de quiosco y la categoría de la calle:

  • Venta de helados en calles o zonas de primera categoría: 315,55 euros por temporada de verano; en el resto de calles, 239,70 euros.
  • Venta de chucherías en calles de primera y segunda categoría: 303,15 euros al año hasta 5 m², más 31,90 euros por cada 2 m² adicionales.
  • Venta de prensa y revistas: 349,60 euros al año hasta 5 m² en primera y segunda categoría, y 232,10 euros en el resto de calles.
  • Quiosco de prensa y revistas de la Plaza Mayor: 653,35 euros al año.
  • Quiosco de bebidas a la entrada del Parque de los Pinos: 797,80 euros al año.
  • Quioscos de bebidas del Parque de la Coronación: 399,50 euros hasta 150 m² y 797,80 euros por encima de esa superficie.
  • Quioscos de bebidas refrescantes en las márgenes del río Jerte: 188,60 euros por temporada de verano.
  • Quioscos de la O.N.C.E.: 203,30 euros al año.

Terrazas: mesas, sillas y recargos

La Tarifa Segunda grava los aprovechamientos con mesas, sillas, toldos y elementos que delimitan la terraza, tomando como base cada mesa con cuatro sillas al año:

  • En la Plaza Mayor: 99,90 euros.
  • Dentro del casco amurallado y en el Parque de la Coronación: 39,95 euros.
  • Fuera del casco amurallado: 20,55 euros.

Sobre esas cantidades se aplican recargos compatibles entre sí: un 20 por 100 cuando se instalen construcciones ligeras como paneles de cristal o metacrilato, un 15 por 100 por setos, plantas en recipientes o enrejados, y un 20 por 100 por tarimas u otros cubrimientos del suelo.

Publicidad, obras y otras ocupaciones

La Tarifa Tercera fija 417,60 euros al año por valla publicitaria, 69,60 euros por carteles informativos fijos, 34,80 euros por vallas protectoras y otro mobiliario urbano y 0,65 euros al día por banderolas y soportes publicitarios temporales. El Ayuntamiento podrá establecer conciertos con las empresas publicitarias.

El texto regula además otras ocupaciones:

  • Obras: 14,05 euros por metro cuadrado y mes de cerco de vallas, materiales o escombros, y 6,95 euros por vallas de precaución, andamios o entramados.
  • Subsuelo: 1,25 euros por metro lineal de tuberías particulares al año.
  • Cierre total de calle: 90 euros al día en calles de primera categoría y 50 euros en el resto; el cierre parcial se cobra al 50 por 100.
  • Cajeros automáticos: 763,00 euros en calles de categoría especial y 586,92 euros en el resto.
  • Ascensores: 43,80 euros por metro cuadrado y año.
  • Mercado de los martes y viernes: 0,2375 euros por m² y día para puestos de alimentación de productores y 0,4625 euros para el resto.

Gestión, plazos y antecedentes

Ninguna ocupación podrá realizarse sin autorización previa y sin haber abonado la tasa. Los aprovechamientos anuales o por temporada se gestionarán mediante padrón o matrícula y se pagarán por domiciliación bancaria; los inferiores al año se liquidarán por autoliquidación en la Tesorería Municipal o en las entidades colaboradoras. No se admitirá aplazamiento o fraccionamiento en ocupaciones inferiores al mes.

El acuerdo agota la vía administrativa, por lo que puede impugnarse mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el BOP. La ordenanza original fue aprobada por el Pleno el 26 de octubre de 2007, con efectos desde el 1 de enero de 2008, y su redacción vigente procede del acuerdo plenario de 5 de abril de 2024, publicada en el BOP n.º 105, de 4 de junio de 2024.

La actualización afecta directamente a hosteleros, comerciantes y titulares de quioscos de Plasencia, que ya conocen los importes exactos que deberán abonar por ocupar aceras, plazas y parques municipales. Al haber quedado agotada la vía administrativa, el margen para recurrir la norma se limita a dos meses ante la justicia contencioso-administrativa.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 181 de 22 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 21722-21733 (referencia oficial: BOP-2026-4394).