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La Gaceta — Diario Oficial · 15 Oct 2026 · 7 vistas

Ortega y Murillo otorgan plenos poderes al embajador en Sudáfrica

Por FactBox Admin

Ortega y Murillo otorgan plenos poderes al embajador en Sudáfrica

El Gobierno de Nicaragua otorgó plenos poderes al embajador Danilo Javier Chang Cash para suscribir la Convención de las Naciones Unidas sobre Documentos de Carga Negociables. La decisión consta en el Acuerdo Presidencial No. 136-2026, firmado el 14 de octubre de 2026 y publicado el jueves 15 de octubre en La Gaceta, Diario Oficial No. 189, en la sección de Casa de Gobierno, página 9870.

El instrumento fue emitido por la Presidencia de la República, a cargo del Co-Presidente Daniel Ortega Saavedra y la Co-Presidenta Rosario Murillo Zambrana, “en uso de las facultades que les confiere la Constitución Política”. El acuerdo abre el sumario de la edición bajo el rubro Casa de Gobierno y es el primer documento que aparece en el diario oficial de ese día.

Qué autoriza el acuerdo

El texto se organiza en tres artículos que fijan el alcance de la habilitación:

  • Artículo 1: otorga plenos poderes al embajador Danilo Javier Chang Cash, en su condición de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua ante el Gobierno de la República de Sudáfrica, para que “actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua” suscriba la Convención de las Naciones Unidas sobre Documentos de Carga Negociables.
  • Artículo 2: establece que la certificación del propio acuerdo “es suficiente para acreditar la facultad” del embajador para actuar en representación del Gobierno.
  • Artículo 3: dispone que el acuerdo surte efectos a partir de su fecha y ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

El documento está firmado en la Casa de Gobierno, en la ciudad de Managua, el día catorce de octubre del año dos mil veintiséis, por Daniel Ortega Saavedra y Rosario Murillo Zambrana, en sus cargos de Co-Presidente y Co-Presidenta de la República de Nicaragua.

La base del nombramiento

La habilitación se apoya expresamente en el Acuerdo Presidencial No. 57-2024, aprobado el 25 de abril de 2024 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 75 del 29 de abril de 2024, que acreditó a Danilo Javier Chang Cash como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante el Gobierno de la República de Sudáfrica.

El nuevo acuerdo no modifica esa representación diplomática: la invoca como el título que sostiene la condición del embajador y añade, sobre esa base, la facultad específica de firmar el tratado. Tampoco detalla el contenido de la convención ni fija plazos para la suscripción.

Un instrumento de uso recurrente

El Ejecutivo ha empleado el mismo mecanismo en fechas recientes para habilitar la firma de instrumentos internacionales por parte de funcionarios y jefes militares. El 2 de octubre de 2026, La Gaceta, Diario Oficial No. 180 publicó un acuerdo presidencial que otorgó plenos poderes al General de Brigada Efrén Alejandro Marín Serrano, Jefe de la Fuerza Aérea del Ejército de Nicaragua, para suscribir un acuerdo de servicios aéreos con el Reino de Arabia Saudita.

En ambos casos la fórmula es idéntica: la certificación del acuerdo presidencial basta como prueba de la facultad del designado, y el instrumento entra en vigor desde su propia fecha de emisión.

La publicación interesa a los operadores de comercio exterior, a los agentes aduaneros y a las empresas logísticas y portuarias, porque la convención que se autoriza firmar regula los documentos de carga negociables, es decir, los títulos que respaldan mercancías en tránsito y que circulan entre exportadores, transportistas y entidades financieras. Con los plenos poderes otorgados, el embajador Danilo Javier Chang Cash queda facultado para comprometer la firma de Nicaragua en ese instrumento en nombre del Estado.


Fuente: La Gaceta, Diario Oficial No. 189, jueves 15 de octubre de 2026, Casa de Gobierno, pág. 9870 (referencia oficial: Acuerdo Presidencial No. 136-2026).