BOP de Huesca · 19 Oct 2026 · 1 vistas
Oficinas y Despachos de Huesca pacta subidas salariales del 2,9% al 3,5%
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de Huesca publica este lunes, 19 de octubre de 2026, el IX Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la provincia de Huesca, con vigencia del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027. La Subdirección Provincial de Trabajo de Huesca, del Departamento de Economía, Competitividad y Empleo del Gobierno de Aragón, ordena la inscripción en el registro y la publicación del texto, suscrito por la representación empresarial del sector y por las centrales sindicales UGT y CC.OO. El anuncio, número 4597, ocupa 47 páginas del boletín y lleva la referencia oficial BOPH-2026-200034.
La resolución administrativa está fechada en Huesca el 16 de octubre de 2026 y la firma la Subdirectora Provincial de Trabajo, Ana Maurel Garcés. El convenio se presentó el 31 de agosto de 2026 y fue subsanado el 30 de septiembre a requerimiento de la propia Subdirección, que actúa conforme al artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 713/2010 sobre registro y depósito de convenios. El texto tramitado lleva el código de convenio 22000885012005.
El ámbito territorial abarca toda la provincia de Huesca y el funcional es amplio: actividades jurídicas y de asesoramiento legal, relaciones públicas, traducción, organización de ferias y congresos, organizaciones empresariales, sindicales, asociativas, religiosas y políticas, asociaciones juveniles y federaciones deportivas, además de cualquier actividad de oficina o despacho sin convenio propio. La clasificación profesional se ordena en cinco grupos: titulados, administrativos, técnicos de oficina, especialistas de oficina y oficios varios.
Subidas escalonadas y pago retroactivo
El artículo 18 fija la secuencia retributiva para los tres años de vigencia:
- 2025: actualización de las tablas de 2024 con un 1,6% de diferencia entre el IPC pactado y el real, más un incremento del 2,9% con efectos de 1 de enero de 2025.
- 2026: incremento del 3,5% sobre las tablas definitivas de 2025, con efectos de 1 de enero.
- 2027: incremento del 3,5% sobre las tablas definitivas de 2026, con efectos de 1 de enero.
El texto incorpora una cláusula de revisión: si el IPC acumulado de 2026 y 2027 supera el 7% pactado, la diferencia se aplicará solo a efectos de actualización de tablas, con un tope máximo del 2%. Las diferencias derivadas de la actualización de 2025 y 2026 deberán abonarse en los tres meses siguientes al de la publicación del convenio en el boletín provincial.
Pluses, dietas y complementos
El capítulo de ingresos y retribuciones mantiene dos gratificaciones extraordinarias, en julio y diciembre, prorrateables por acuerdo entre empresa y trabajador. El antiguo plus de transporte pasa a denominarse plus de convenio, se abona en doce mensualidades y no es compensable ni absorbible. Los importes más relevantes son:
- Plus de fin de semana y festivos: 81,65 euros por día en 2025, 84,51 en 2026 y 87,47 en 2027.
- Dietas: 24,52, 25,38 y 26,27 euros por comida fuera del domicilio; 77,83, 80,55 y 83,37 euros si hay comida y pernocta.
- Kilometraje: 0,21 euros por kilómetro.
- Horas extraordinarias: incremento del 50% sobre la hora ordinaria, con opción de descanso compensatorio.
- Plus de nocturnidad: 25% sobre la hora ordinaria para el trabajo entre las 22:00 y las 06:00 horas.
Jornada, teletrabajo y desconexión digital
La jornada anual queda en 1.782 horas durante 2026 y se reduce en doce horas desde el 1 de enero de 2027, hasta 1.770 horas. Las vacaciones se fijan en 22 días laborables para jornadas de lunes a viernes y 30 días naturales en el resto de casos, con preferencia por los meses de junio a septiembre.
En teletrabajo, la compensación de gastos se establece en 43,67 euros mensuales en 2025, 45,20 euros en 2026 y 46,78 euros en 2027, abonados en proporción al porcentaje de jornada acordado, además de la dotación de equipos. El convenio regula también el derecho a la desconexión digital: de lunes a jueves entre las 20:00 y las 08:00 horas, desde las 19:00 del viernes hasta las 08:00 del lunes y durante todo el día en festivos.
Comisión paritaria y conflictos
La Comisión Paritaria de Vigilancia e Interpretación queda compuesta por tres representantes de los trabajadores y tres de la representación empresarial, con domicilio en la sede de CEOE CEPYME Huesca, plaza Luis López Allué número 3, segundo piso. Sus acuerdos son vinculantes y ejecutivos, y dispone de un plazo máximo de veinte días hábiles para resolver las consultas, que constituyen trámite previo y preceptivo a cualquier actuación administrativa o judicial.
Las partes se adhieren al sistema de solución extrajudicial de conflictos del Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (SAMA). El texto regula además la inaplicación temporal de condiciones de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, con un periodo de consultas de quince días y resolución de la comisión en un plazo máximo de siete días.
El convenio afecta a todo el tejido de oficinas y despachos de la provincia y llega con efectos retroactivos: las empresas del sector deberán aplicar las tablas de 2025 y 2026 y abonar las diferencias en un plazo máximo de tres meses, además de ajustar pluses, dietas y compensaciones de teletrabajo a los nuevos importes.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 200, 19 de octubre de 2026, Administración Autonómica, pág. 59 (referencia oficial: BOPH-2026-200034).